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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (06/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de octubre de 2009 404018 RELACIONES EXTERIORES Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Rumania para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de Croacia y en la República de Montenegro RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 324-2009-RE Lima, 5 de octubre de 2009 Vista, la Resolución Suprema Nº 091-2009-RE, de 09 de marzo de 2009, que nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ernesto Moisés Pinto-Bazurco Rittler, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Rumania; Vista, la Resolución Ministerial Nº 0664-2009-RE, de 23 de abril de 2009, que fi jó el 01 de julio de 2009, como la fecha en que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ernesto Moisés Pinto-Bazurco Rittler, deberá asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Rumania; CONSIDERANDO: Que, el numeral 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Teniendo en cuenta los Memoranda de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado Nº PRO0470/2009 y PRO0471/2009, de 07 de julio de 2009, mediante los cuales se informa que el Gobierno de la República de Croacia y de la República de Montenegro, respectivamente, han otorgado el beneplácito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ernesto Moisés Pinto-Bazurco Rittler, se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Croacia y en la República de Montenegro, como Embajador Concurrente, con residencia en la ciudad de Bucarest, Rumania; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, los artículos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Rumania, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ernesto Moisés Pinto- Bazurco Rittler, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de Croacia y en la República de Montenegro, respectivamente, con residencia en la ciudad de Bucarest, Rumania. Artículo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 406510-7 Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Confederación Suiza para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante el Principado de Liechtenstein RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 325-2009-RE Lima, 5 de octubre de 2009 VISTAS: La Resolución Suprema N° 200-2009-RE, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Confederación Suiza, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Gamarra Skeels; y, La Resolución Ministerial N° 1020-2009-RE, que fi jó el 01 de agosto de 2009, como la fecha en que el citado funcionario diplomático debió asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Confederación Suiza; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Que, con el Memorándum (PRO) Nº PRO0674/2009, de 24 de septiembre de 2009, la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, informa que las autoridades del Principado de Liechtenstein, han otorgado el beneplácito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Gamarra Skeels, se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Principado de Liechtenstein, con residencia en la ciudad de Berna, Confederación Suiza; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y los artículos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Confederación Suiza, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Gamarra Skeels, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante el Principado de Liechtenstein, con residencia en la ciudad de Berna, Confederación Suiza. Artículo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 406510-8 Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República Socialista Democrática de Sri Lanka RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 326-2009-RE Lima, 5 de octubre de 2009 VISTAS: La Resolución Suprema N° 251-2009-RE, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Manuel Paulinich Velarde; y, La Resolución Ministerial N° 1170-2009-RE, que fi jó el 15 de agosto de 2009, como la fecha en que el citado funcionario diplomático debió asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de la India; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente