Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2009 (22/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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- No ser propietario ni conductor de un comercio establecido ni de un modulo de comercio ambulatorio en la provincia de Lima. - No cuenta con antecedentes policiales, penales o judiciales (sujeto a acreditar lo expuesto en el momento que lo requiera la autoridad municipal). - Carece de vinculo laboral con su o sus proveedores. - La direccion del predio (indicando el nombre del propietario o inquilino), donde se le facilitara el servicio higienico (para realizar sus necesidades fisiologicas). - Que en su domicilio no vive otra persona que desarrolle la actividad de comercio ambulatorio dentro del distrito de San Isidro. De detectarse que dos administrados han solicitado una autorizacion para realizar comercio en via publica, declarando un mismo domicilio dentro del distrito, podra ser causal de denegatoria o revocatoria, segun sea el caso. - En el caso del giro de "servicio de cuidado y limpieza de vehiculos", se debera indicar la direccion del predio (indicando el nombre del propietario o inquilino), donde se proveera de agua limpia y el permiso o consentimiento expreso para tirar el agua sucia utilizada en la limpieza de los autos. h) Contar con licencia de funcionamiento del establecimiento que produce el pan, en caso de panaderias fuera del distrito se debera adjuntar MORDAZA de la licencia de funcionamiento y del ultimo informe de inspeccion sanitaria. (Solo para el caso del giro de venta de pan y productos de panaderia y pasteleria). I) Aprobacion vecinal cuando la MORDAZA donde se pretenda vender colinde con uno o mas predios con zonificacion residencial. II) Carta de MORDAZA del distribuidor o fabricante de helados. Articulo 19º.- Procedimiento: a) La solicitud para ejercer el comercio en via publica sera ingresada por la mesa de partes de Gestion Documentaria, asignandole un numero de expediente. b) El expediente sera derivado a la Subgerencia de Acceso al MORDAZA para la evaluacion correspondiente. El personal tecnico de este organo evaluara si la solicitud resulta procedente o no, teniendo en cuenta las cuestiones tecnicas senaladas en la presente MORDAZA, principalmente el giro solicitado, la ubicacion propuesta, la capacidad sostenible aprobada en el distrito, etc.. c) El personal tecnico realizara una visita In Situ, al lugar donde el administrado pretende desarrollar su actividad, para comprobar si lo declarado por el se ajusta a la verdad de los hechos. De estimarse improcedente por este motivo, se denegara de plano la solicitud presentada. d) La Subgerencia de Acceso al MORDAZA, verificara en la base de datos de multas administrativas, y/o podra solicitar a la Subgerencia de Inspecciones y/o a la Gerencia de Seguridad Ciudadana de ser el caso), el reporte respectivo de los antecedentes municipales del administrado. Dicho informe debera ser emitido en el plazo de 05 dias y debera incluir una recomendacion sobre si resulta propicio o no darle una nueva autorizacion al administrado (en caso MORDAZA contado con una autorizacion anterior). e) En el caso de solicitudes para realizar comercio ambulatorio que requieran aprobacion vecinal, la Subgerencia de Inspecciones debera realizar una consulta inopinada a por lo menos dos (02) de los predios colindantes o de ubicacion inmediatamente cercana. El informe debera ser emitido en el plazo de 05 dias y remitido a la Subgerencia de Acceso al MORDAZA, para la respuesta oportuna al administrado. f) La Subgerencia de Acceso al MORDAZA MORDAZA respuesta al administrado en el plazo de 30 dias habiles. En caso de excederse de ese plazo se debera entender que opero el silencio administrativo negativo, toda vez que el comercio en via publica es una actividad que siempre tiene el caracter de excepcional, toda vez que esta (la via publica) no esta disenada para que en MORDAZA se desarrolle actividad comercial.

Sin perjuicio de lo senalado, durante la vigencia de la autorizacion, el area operativa pertinente se encargara de verificar que las condiciones que dieron merito al otorgamiento de la autorizacion se mantienen vigentes. Articulo 21º.- Solicitud de autorizacion municipal para vendedores de helados mediante triciclo: El interesado debera presentar lo siguiente: a) Solicitud declaracion jurada, la misma que por lo menos debera indicar el nombre completo del solicitante, numero de DNI, su domicilio real, la MORDAZA donde desea desarrollar su actividad, el nombre de la empresa que le vende los productos (la cual debe de contar con licencia de funcionamiento), el nombre del fabricante de los productos que comercializa (los mismos que deberan contar con el Registro Sanitario), su capital de trabajo no excede de 2 (dos) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) anuales, No es propietario ni conductor de un comercio establecido ni de un modulo de comercio ambulatorio en la provincia de MORDAZA, No cuenta con antecedentes policiales, penales y judiciales (sujeto a acreditar lo expuesto en el momento que lo requiera la autoridad municipal). b) Carta de MORDAZA del fabricante o distribuidor de helados. c) MORDAZA legible de documento de identidad del solicitante. d) Dos fotografias iguales, recientes, tamano carne, de frente y a colores. e) Recibo de pago por concepto de autorizacion municipal temporal para comercio en la via publica segun MORDAZA vigente. f) MORDAZA de Carne Sanitario vigente. Es condicion determinante el procedimiento de evaluacion previa establecido en el Articulo 19º de la presente Ordenanza. Se debe de procurar que las autorizaciones que se otorguen, se distribuyan de manera equitativa entre todas las empresas que hayan cumplido con presentar formalmente a sus trabajadores (segun lo senalado en el ultimo parrafo del articulo 6º de la presente ordenanza). Al respecto se debe de tener en cuenta que los heladeros venden productos producidos por una sola empresa. Este criterio tiene por finalidad, que las autorizaciones que se otorguen no se concentren en una sola empresa de helados. Articulo 23º.- Causales de no otorgamiento o revocatoria de autorizacion municipal para el Comercio en la via publica (...) p) La utilizacion de la licencia por persona que no sea el titular. q) El traspaso, venta o alquiler del carne o puesto de trabajo. Articulo Segundo.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente adecuando los procedimientos y requisitos establecidos en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Ordenar que en el plazo MORDAZA de 02 meses se modifique la capacidad sostenible del distrito, establecida mediante Resolucion de Alcaldia Nº 292MSI, que aprueba la Capacidad Sostenible en el distrito, incorporando las ubicaciones donde se podra desarrollar los giros de "Servicio de cuidado de vehiculos" y "Servicio de limpieza de vehiculos". En tal sentido la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, en coordinacion con la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA y Gerencia de Fiscalizacion, debera establecer una comision mixta que determine las posibles ubicaciones donde se podria desarrollar este MORDAZA giro. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA elabore la propuesta de reglamentacion de la presente Ordenanza a traves de Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA y a la Gerencia

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