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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de octubre de 2009 404929 Artículo Tercero.- El Jefe de la Ofi cina de Desarrollo Humano o funcionario público encargado, que omite comunicar la información respecto a un deudor alimentario moroso, incurre en falta administrativa grave sancionada con destitución, sin perjuicio de la responsabilidad civil que le corresponda. Artículo Cuarto.- La Ofi cina Regional de Administración y demás órganos y dependencias administrativas del Gobierno Regional de Lambayeque, deberán actualizar los legajos de todo el personal que presta servicios o que labora bajo cualquier régimen jurídico, adjuntando la declaración jurada de no ser deudor alimentario moroso. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. NERY SALDARRIAGA DE KROLL Presidenta Regional 411886-1 Aprueban Reglamento de Conformación y Elección de los Miembros del Consejo de Coordinación Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 028-2009-GR.LAMB./CR Chiclayo, 06 de octubre de 2009 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 05 de octubre del 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modifi catorias dispuestas por leyes Nos. 27902 y 29053, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque mediante Ordenanza Regional Nº 003-2003-GR.LAMB/ PR aprobó el Reglamento de Conformación y Elección de los Miembros del Consejo de Coordinación Regional, el mismo que fuera modifi cado por la Ordenanza Regional Nº 008-2003-GR.LAMB/PR. Que, asimismo, con la fi nalidad de implementar las disposiciones nacionales y regionales antes referidas, mediante Decreto Regional Nº 016-2003-GR.LAMB/PR la Presidencia del Gobierno Regional de Lambayeque procedió a aprobar el Reglamento de Elecciones para Alcaldes Distritales Invitados ante el Consejo de Coordinación Regional. Que, recogiendo las experiencias de los últimos años de gestión se ha procedido a revisar y analizar el contenido de las disposiciones normativas antes indicadas, determinándose la necesidad de una puesta al día de las normas reglamentarias anotadas, con la fi nalidad de hacer más ágil el proceso de selección de los representantes plenos e invitados de la sociedad civil y alcaldes invitados; así como para adecuar territorialmente la participación de las organizaciones de la sociedad civil en el nivel regional. Que, por lo expuesto, se verifi ca la necesidad de aprobar un nuevo Reglamento de Conformación y Elección de los Miembros del Consejo de Coordinación Regional, a fi n de posibilitar la convocatoria a elecciones para elegir a los miembros plenos e invitados que en representación de la sociedad civil regional integren el CCR para el período 2010-2011. Por lo que, estando a lo dispuesto por el Artículo 38 º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque, ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APRUÉBASE el Reglamento de Conformación y Elección de los Miembros del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, el mismo que cuenta con sesenta y ocho (68) artículos sistematizados en siete capítulos, el último de los cuales contiene cuatro disposiciones complementarias, transitorias y fi nales, cuyo texto corre adjunto a la presente disposición regional formando parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DERÓGANSE las ordenanzas regionales Nos. 003-2003-GR.LAMB./PR y 008-2003- GR.LAMB./PR, así como el Decreto Regional Nº 016- 2003-GR.LAMB./PR. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. NERY SALDARRIAGA DE KROLL Presidenta Regional 411889-1 Autorizan viaje de Gerente Regional de Desarrollo Económico a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 304-2009-GR.LAMB/PR Chiclayo, 16 de octubre de 2009 VISTO: El Memorándum Nº 744-2009-GR.LAMB/GGR-GRDE y el Ofi cio Nº 994-2009-GR.LAMB/GRDE, de fechas 12 y 15 de octubre de 2009 con Exps. Nºs.1013077 y 1019313, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Regional Nº 001-2009- GR.LAMB/PR de fecha 10 de febrero de 2009, se aprobó el “Plan Operativo Anual 2009” del Pliego 452 Gobierno Regional de Lambayeque, en el cual se encuentra el Plan Operativo de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, una de cuyas actividades es la organización de la Rueda de Negocios Lambayeque -Manaos – Brasil, que se realizará del 25 al 28 de noviembre de 2009; Que, mediante Memorándum Nº 744-2009- GR.LAMB/GGR-GRDE, del 12 de octubre de 2009, la Gerencia General Regional está autorizando la comisión de servicios a la ciudad de Manaos de Brasil, del 18 al 22 de octubre de 2009, a la Ing. Rosa Ivonne Meléndez Malatesta – Gerente Regional de Desarrollo Económico, con la fi nalidad de realizar gestiones en el Consulado General del Perú en Manaos y la Superintendencia de la Zona Franca de Manaos - SUFRAMA, para la participación del Gobieno Regional de Lambayeque como representante del Perú en la V FERIA INTERNACIONAL DE LA AMAZONIA (FIAM) EN MANAOS – BRASIL, la cual ha sido organizada por la Superintendencia de la Zona Franca de Manaos (SUFRAMA); Que, con Ofi cio Nº 994-2009-GR.LAMB/GRDE, del 15 de octubre de 2009 se remite copia del citado Memorándum, que autoriza la comisión de servicios a la ciudad de Manaos -Brasil, en las fechas indicadas, de la Sra. Ing. Rosa Meléndez Malatesta -Gerente Regional de Desarrollo Económico; Que, el Gobierno Regional de Lambayeque, participará en la V Feria Internacional de la Amazonía (FIAM), como representante del Perú, por lo que la Sra. Ing. Rosa Ivonne Meléndez Malatesta, está autorizada a viajar en comisión de servicios a la ciudad de Manaos – Brasil,