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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (22/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de octubre de 2009 404925 intervenir para armonizar objetivos coincidentes pero que se distancian por aplicación métodos legalistas a veces no compatibles; Que, por las consideraciones señaladas, y siendo que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan decisiones regionales sobre ((a)) asuntos internos; ((b)) asuntos de interés público; ((c)) asuntos de interés ciudadano; y/o, ((d)) asuntos institucionales; y también, según sea el caso, declaran la voluntad para que ((e)) se practique un determinado acto; y/o, ((f)) se observe una conducta o norma institucional; entonces, al amparo de la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR- AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 055-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- Condiciones previas para la inversión privada En materia de inversión privada, antes de la aprobación de las actividades y/o los proyectos que tengan por objeto la explotación de recursos naturales, los inversionistas, la ciudadanía organizada y el Estado en sus diferentes niveles de gobierno, deben intercambiar de forma oportuna información relevante, tanto para los efectos de concertar, generar y/o mejorar los niveles de producción, conservación ambiental y bienestar existentes en el lugar, como para procurar la obtención de resultados favorables en los aspectos de integración, complementación y no exclusión económica, social, poblacional y cultural, ya que, las actividades agrícolas, pecuarias, industriales y mineras no tienen por qué ser incompatibles si cada una de ellas se desarrolla en respeto al medio ambiente y a la observancia de las licencias sociales que cada sector debe lograr como garantía de sus propias actividades. Segundo.- Respeto de modelos de gestión democrática El Gobierno Regional de Arequipa, declara como principios rectores para la sostenibilidad de las decisiones y coexistencia, la observancia y respeto de los modelos de gestión democrática públicos y privados; asimismo, la mediación oportuna entre los diferentes sectores, para superar y lograr un desarrollo armónico y sostenible. Tercero.- Mesa de Diálogo En aras de la paz social, y en atención a los resultados de la consulta vecinal sobre el Proyecto Minero “Tía María” realizada en la Provincia de Islay, el Gobierno Regional de Arequipa CONVOCA a la conformación de una Mesa de Diálogo en la que se integren: ((a)) Representantes del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Locales de la Provincia y Distritos de Islay, y, del Gobierno Regional; ((b)) Representantes de la Cámara de Comercio de Arequipa, Universidades, Colegios Profesionales, representantes de las Iglesias y (04) representantes de la sociedad civil organizada de la Provincia de Islay, esto último, en cumplimiento del Acuerdo Regional Nro. 034- 2008-GRA/CR-AREQUIPA; y, ((c)) Representantes de la Empresa Southern Perú; quienes serán convocados por señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa. Cuarto.- Suspensión EXHORTAR al Gobierno Nacional y a la empresa Southern Perú la suspensión de los actos y procedimientos administrativos iniciados por el Ministerio de Energía y Minas, sobre el Proyecto Minero denominado “Tía María”; para posibilitar el éxito de los intereses de los sectores y de la Región Arequipa. Disponiéndose en este acto su registro y notifi cación. Arequipa, 2009 septiembre 29. JEISTER D. CHAVEZ CARNERO Presidente del Consejo Regional de Arequipa 411692-1 Aprueban términos y condiciones del proyecto de “Convenio Integrador del Gobierno Regional de Arequipa, Gobierno Nacional y PROINVERSIÓN en el marco del Proyecto Siguas II Etapa” ACUERDO REGIONAL Nº 100-2009-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha tomado el siguiente Acuerdo: CONSIDERANDO: Que, conforme se encuentra regulado en el Artículo 15 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son atribuciones del Consejo Regional aprobar las normas que regulen los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 014- AREQUIPA, se autorizó a la Presidencia Regional a utilizar e invertir los ingresos provenientes del canon, sobre canon, regalías y participaciones para completar el cofi nanciamiento y garantías de la Concesión de las obras de infraestructura del Proyecto Majes Siguas Segunda Etapa; y a su vez se autorizó a la Presidencia la ejecución de operaciones de endeudamiento externo, endeudamiento interno, fi deicomiso con los ingresos por la venta de tierras y servicios de agua del proyecto; Que, mediante Acuerdo Regional Nº 061-2009-GRA/ CR-AREQUIPA, se aprobaron las modifi caciones al Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto Majes Siguas Segunda Etapa; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 091-AREQUIPA, se precisó los alcances de la Ordenanza Regional Nº 014-AREQUIPA en relación a los términos, condiciones y montos detallados en el Instructivo Reglamentario Nº 1 que forma parte integrante de la Ordenanza Nº 091- AREQUIPA, conforme a los cuales el Gobierno Regional de Arequipa contribuirá en el marco del fi deicomiso a crearse para tal efecto con sus aportes regionales, a los siguientes compromisos: i) Cofi nanciamiento del Proyecto Majes-Siguas Segunda Etapa; ii) Constitución de un fondo de reserva que sirva como soporte fi nanciero al Ingreso Mínimo Anual Garantizado; y iii) Reembolso de los aportes que realice el Gobierno Nacional en materia de cofi nanciamiento y de ejecución de garantías; Que, asimismo, conforme al Artículo 2 de la Ordenanza Regional Nº 091-AREQUIPA, se autorizó a la Presidencia Regional a continuar el proceso de negociación y acuerdos con el Ministerio de Economía y Finanzas y PROINVERSIÓN para que en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 047-2008, se formalice en un Convenio Integrador, los términos y condiciones bajo las cuales se ejecutarán las participaciones económicas y fi nancieras del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional de Arequipa; con cargo a ser puesto previamente el proyecto de Convenio Integrador, a consideración del Consejo Regional para su correspondiente aprobación; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSION en su Sesión de fecha 15 de setiembre del 2009 aprobó el esquema fi nanciero para la concesión de obras mayores de afi anzamiento hídrico y de infraestructura para la irrigación de las Pampas de Siguas, conforme al esquema fi nanciero del Proyecto propuesto por el Asesor de Transacción, en el cual se considera el cofi nanciamiento de US$ 140 millones de dólares, de los cuales el aporte del Gobierno Nacional, con cargo a devolución, es de US$ 90 millones de dólares, y el aporte del Gobierno Regional de Arequipa es de US$ 50 millones de dólares. También se aprueba un ingreso mínimo anual garantizado de US$ 28.20 millones netos de IGV; Que el Ejecutivo Regional ha evaluado adecuadamente la propuesta de Convenio y en cumplimiento de lo dispuesto somete a consideración del Consejo Regional la aprobación del denominado “Convenio Integrador del Gobierno Regional de Arequipa, Gobierno Nacional y PROINVERSION, en el marco del Proyecto Majes Siguas