Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2009 (30/10/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

405322

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de octubre de 2009

de la obra: "Reconstruccion Represa MORDAZA de Kaskas y MORDAZA Principal a los Caserios de Cunco, Pumapucllanan, Huallan, Distrito de Cochabamba, MORDAZA ­ Ancash"; y mediante el Informe Legal Nº 002 -2009-MDC/AL de fecha 13 de Octubre del 2009 se expresa la procedencia de la medida, al encontrarse configurada dicha situacion que de no atenderse en forma inmediata compromete directamente la continuidad de la prestacion de un servicio basico esencial como es el agua potable; y que afecta directamente las operaciones y las actividades productivas. Si bien la MORDAZA lo limita a una medida temporal y por el tiempo y la cantidad necesaria para paliar la situacion, tambien contempla que de agotarse el requerimiento esta debe sustentarse en el Informe Tecnico correspondiente lo que se ha cumplido en el presente caso. Que, el Articulo 134 del Reglamento, salvo las previstas en los incisos b) y c) del Articulo 20° de la Ley, dispone la publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion de los respectivos acuerdos de exoneracion, segun correspondan y adicionalmente, debera publicarse a traves del SEACE. Que, el Articulo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, establece que "La situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el Articulo 22º de la Ley, no encontrandose comprendidas entre estas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la Entidad. La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos...." Que, el Articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 20° se realizan mediante acciones inmediatas y el Articulo 135° de su Reglamento establece que se requiere invitar a un solo postor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, las mismas que podran ser obtenidas por cualquier medio de comunicacion. Que, por tanto habiendose configurado el supuesto establecido en el Articulo 22º del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado, corresponde declarar la situacion de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Agua Potable y Agua para Riego para la jurisdiccion del Distrito de Cochabamba para los sectores Cunco, Pumapucllanan, Huallan, y consecuentemente la aprobacion de la Exoneracion de la contratacion de dicho servicio, con arreglo al procedimiento establecido en el Articulo 135º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado. Que, estando a lo expuesto, y conforme lo previsto por el inciso c) del Articulo 20° y los Articulos 21° y 22° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento y demas normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9° de la Ley Nº 27972, con las intervenciones de todos los miembros del Concejo Municipal, y contando con el MORDAZA APROBATORIO de los Senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con dispensa de la aprobacion del Acta conforme a ley. SE ACUERDA: Articulo 1°.- DECLARAR en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de AGUA POTABLE Y AGUA PARA RIEGO DE LOS CASERIOS DE CUNCO ­ PUMAPUCLLANAN - HUALLAN DEL DISTRITO DE COCHABAMBA, PROVINCIA DE MORDAZA, REGION ANCASH. Articulo 2°.- EXONERAR a la Municipalidad Distrital de Cochabamba del MORDAZA de Licitacion Publica para la ejecucion de la obra "Reconstruccion Represa MORDAZA de Kaskas y MORDAZA Principal a los Caserios de Cunco, Pumapucllanan, Huallan, Distrito de Cochabamba, MORDAZA ­ Ancash", con un presupuesto referencial de S/. 1863,343.09 (Un Millon Ochocientos Sesenta y Tres Mil Trescientos Cuarenta y Tres con 09/100 Nuevos soles).

Articulo 3°.- DETERMINAR que el MORDAZA de seleccion que se efectue en virtud del presente Acuerdo de Concejo, se realice a traves del Comite Especial y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, por el tiempo que dure los procesos de seleccion correspondientes a la ejecucion y la supervision de la obra "Reconstruccion Represa MORDAZA de Kaskas y MORDAZA Principal a los Caserios de Cunco, Pumapucllanan, Huallan, Distrito de Cochabamba, MORDAZA ­ Ancash". Articulo 4°.- DISPONER el inicio de las acciones que correspondan, en aplicacion del Articulo 46° de la Ley de Contrataciones del Estado y simultaneamente, el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas y/o penales a que hubiera lugar. Articulo 5°.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 6°.- REMITIR copias del presente Acuerdo de Concejo y sus antecedentes a la Contraloria General de la Republica y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y cumplase. VIDO S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

415809-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Documento de Proyecto GCP/INT/020/GER Bionergia y Seguridad Alimentaria"
Entrada en vigencia del "Documento de Proyecto GCP/INT/020/GER Bionergia y Seguridad Alimentaria", suscrito el 5 de enero de 2009, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificado por Decreto Supremo Nº 071-2009-RE de fecha 6 de octubre de 2009, publicado el 7 de octubre de 2009. Entro en vigencia el 5 de enero de 2009.

416020-1

Entrada en vigencia del "Memorandum de Entendimiento para la Creacion del Comite Permanente de Coordinacion y Cooperacion en Temas de Seguridad y Defensa entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Defensa de la Republica del Peru y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y el Ministerio de Defensa de la Republica Argentina"
Entrada en vigencia del "Memorandum de Entendimiento para la Creacion del Comite Permanente de Coordinacion y Cooperacion en Temas de Seguridad y Defensa entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Defensa de la Republica del Peru y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y el Ministerio de Defensa de la Republica Argentina", suscrito el 1 de setiembre de 2006, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificado por Decreto Supremo Nº 055-2009-RE de fecha 19 de agosto de 2009, publicado el 20 de agosto de 2009. Entro en vigencia el 27 de agosto de 2009.

416023-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.