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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de octubre de 2009 405310 Que, con Ofi cio Nº 0152-2009-PCO/UPIG recibido con fecha 17 de agosto de 2009, el doctor Adriel Osorio Zamalloa, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Integración Global, solicita se le otorgue un plazo de 10 días hábiles para la presentación del levantamiento de las observaciones remitidas mediante Ofi cio 1215-2009-CONAFU-P; Que, por Resolución Nº 409-2009-CONAFU de fecha 19 de agosto de 2009, se resuelve otorgar a la Universidad Peruana de Integración Global, un plazo adicional de diez (10) días hábiles - contados a partir de la fecha del vencimiento inicial -; a efectos de que cumpla con presentar el levantamiento de observaciones requeridas mediante el Ofi cio Nº 1215-2009-CONAFU-P; Que, con Ofi cio Nº 168-2009/PCO7UPIG recibido con fecha 28 de agosto de 2009, el doctor Adriel Osorio Zamalloa, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Integración Global, remite las observaciones trasladadas mediante el Ofi cio Nº 1215-2009-CONAFU-P; Que, por Ofi cio Nº 855-2009-CONAFU-CDAA de fecha 16 de setiembre de 2009, el Consejero de Asuntos Académicos informa que el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana de Integración Global solicita autorización para la creación de nueva Carrera Profesional de Derecho y Ciencias Políticas de la mencionada Universidad, por lo que el Consejero opina que se debería admitirse a trámite el referido Proyecto; Que, en sesión de fecha 12 de mayo de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 201-2009-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: Admitir a trámite la solicitud de autorización de la nueva Carrera Profesional de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Peruana de Integración Global; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ADMITIR a trámite la solicitud de autorización de la nueva Carrera Profesional de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Peruana de Integración Global. Artículo Segundo.- PROSIGASE con el trámite correspondiente a la aprobación de la nueva Carrera Profesional de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Peruana de Integración Global. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 415445-1 CONTRALORIA GENERAL Crean la Oficina Regional de Control Moquegua, como unidad orgánica de línea dependiente de la Gerencia Zonal Sur RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 147-2009-CG Lima, 29 de octubre de 2009. Vistos, la Hoja Informativa Nº 041-2009-CG/PL de la Gerencia de Planeamiento y Control que propone la creación de la Ofi cina Regional de Control Moquegua y la modifi cación del ámbito geográfi co de control de la Ofi cina Regional de Control Tacna; así como el Memorando Nº 451-2009-CG/FI de la Gerencia de Finanzas informando sobre la disponibilidad presupuestal para la creación de la citada Ofi cina Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República señala que la Contraloría General de la República, en ejercicio de su autonomía administrativa, está facultada para establecer las Ofi cinas Regionales que requiera, de acuerdo al avance gradual del proceso de descentralización; Que, en tal sentido, la Contraloría General de la República ha venido creando Ofi cinas Regionales de Control en diversas ciudades del país, contando en la actualidad con diecisiete unidades desconcentradas a nivel nacional; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 309-2003- CG y sus modifi catorias las Resoluciones de Contraloría Nºs. 216-2004-CG, 485-2004-CG, 027-2006-CG, 263-2006-CG y 044-2008-CG, se estableció el ámbito geográfi co de control de las Ofi cinas Regionales de Control y de la Sede Central de la Contraloría General de la República; Que, mediante la Hoja Informativa de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Control señala que debido al incremento de la demanda de control a las entidades públicas ubicadas en la Región Moquegua, originado por el aumento de los recursos asignados a dicha Región por concepto de canon minero y regalías, resulta conveniente crear una Ofi cina Regional de Control en la ciudad de Moquegua a efecto de fi scalizar con mayor celeridad el uso de estos recursos; Que, adicionalmente, la Gerencia de Planeamiento y Control señala que como parte de las acciones para la implementación de la citada Ofi cina Regional es necesario determinar su ámbito geográfi co de control, para lo cual propone modifi car el ámbito geográfi co de control de la Ofi cina Regional de Control Tacna; Que, asimismo, mediante el Memorando de vistos, la Gerencia de Finanzas informa que existen los recursos necesarios para la instalación de una Ofi cina Regional de Control en la ciudad de Moquegua; De conformidad con las atribuciones conferidas por el literal a) del artículo 32º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear la Ofi cina Regional de Control Moquegua, incorporándola dentro de la estructura orgánica de la Contraloría General de la República, como unidad orgánica de línea dependiente de la Gerencia Zonal Sur. Artículo Segundo.- Modifi car el ámbito geográfi co de control de la Ofi cina Regional de Control Tacna aprobado por Resolución de Contraloría Nº 485-2004-CG, y asignar el correspondiente a la Ofi cina Regional de Control Moquegua, conforme al siguiente detalle: UNIDAD ORGÁNICA ÁMBITO GEOGRÁFICO DE CONTROL Ofi cina Regional de Control Tacna Todas las provincias del Departamento de Tacna Ofi cina Regional de Control Moquegua Todas las provincias del Departamento de Moquegua Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Central de Desarrollo proponer la modifi cación de los instrumentos de gestión que correspondan, conforme a lo resuelto en el Artículo Primero. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General adopte las acciones de su competencia, a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Quinto.- Establecer que el inicio del funcionamiento de la Ofi cina Regional de Control creada por el Artículo Primero de la presente Resolución, se determinará mediante Resolución de Contraloría, en función a la ejecución de los encargos encomendados en los artículos precedentes. Artículo Sexto.- Los ámbitos geográfi cos de control a que se refi ere el Artículo Segundo, entrarán en vigencia en la fecha en que la Ofi cina Regional de Control Moquegua inicie su funcionamiento. Artículo Sétimo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 415987-1