Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2009 (30/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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el Departamento de Supervision de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones, el Departamento de Supervision de Servicios al Usuario y el Departamento de Analisis del Sistema Financiero; y a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Asesoria Juridica, de Riesgos y de Estudios Economicos y la Gerencia de Productos y Servicios al Usuario; Contando con la opinion favorable del Banco Central de Reserva del Peru, remitida mediante Carta Nº 00092009-FIN120 de fecha 29 de setiembre del 2009; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; por el Procedimiento Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la organizacion de una empresa de arrendamiento financiero bajo la denominacion social de "Leasing Peru S.A.", para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por el Organizador Responsable, que se devuelve debidamente autenticado con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevacion a escritura publica, debiendo insertarse el Certificado de Autorizacion al que se refiere el tercer articulo de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Para la autorizacion de funcionamiento de la empresa de arrendamiento financiero "Leasing Peru S.A." en organizacion, deberan realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orientadas a formalizar su constitucion; asimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia, que se han cumplido con las exigencias establecidas en el articulo 13º de la Resolucion SBS Nº 10440-2008, para el funcionamiento de la sociedad, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar el Testimonio de la Escritura Publica de Constitucion Social inscrita en los Registros Publicos; b) Acreditar la constitucion de su capital social; c) Acreditar que debida y oportunamente se ha efectuado la publicacion de que trata el numeral 1° del articulo 23° de la Ley General; d) Implementar su estructura organica y remitir un ejemplar del Manual de Organizacion y Funciones de sus diversas areas; e) Remitir la relacion y curriculum vitae de los gerentes y funcionarios principales; f) Remitir MORDAZA certificada de los poderes que se les hubiera otorgado a sus directores, gerentes y funcionarios principales; g) Remitir informacion referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus oficinas; asi como la cobertura contra los riesgos principales de la actividad a realizar; h) Establecer las politicas adecuadas y procedimientos generales de administracion de riesgos, control interno y auditoria interna; i) Aprobar las politicas y procedimientos generales respecto a las operaciones y servicios que la empresa considera brindar, las cuales deberan adecuarse a la naturaleza de la empresa, senalada en el numeral 7° del articulo 282° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; j) Describir los sistemas de informacion, incluyendo un detalle de los equipos y sistemas informaticos que la empresa considera implementar; k) Cualquier otra informacion complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que tienda a demostrar la capacidad de funcionamiento de la empresa. Articulo Tercero.- Disponer que por Secretaria General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorizacion de Organizacion, el que debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

UNIVERSIDADES
Aprueban separacion de alumnos de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
(Se publica la presente resolucion a solicitud de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Oficio Nº 0857-2009-SG, recibido el 28 de octubre de 2009)

UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA RESOLUCION DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 0728-2008-CU-UH
MORDAZA, 17 de noviembre de 2008 VISTO: El Expediente N° 059942-08, de fecha 17 de octubre de 2008, contenido en el Oficio N° 980-2008-D-FCAIA, promovido por el Decano De la Facultad de Ciencias Agrarias e Industrias Alimentarias, y el Acuerdo del Consejo Universitario del 11 de noviembre 2008; sobre la aprobacion de Separacion de alumnos; y CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 32° del Reglamento Academico, aprobado por Resolucion de Consejo Universitario N° 099-2008-CU-UH de fecha 18 de febrero de 2008, establece que el estudiante que desaprueba mas del 50% de creditos matriculados en el semestre academico sera amonestado mediante resolucion emitida por el Decano, y si al siguiente semestre no supera dicha situacion, se le suspendera automaticamente por un semestre: si al reincorporarse persiste en desaprobar los cursos que acumulan el numero de creditos MORDAZA indicado sera separado definitivamente de la universidad mediante Resolucion de Consejo Universitario de conformidad al Decreto Ley Nº 739 Articulo 2, e inciso f), Ley Nº 23733 Articulo 58º inciso h), Estatuto General de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA articulo 281º; y su rectificada con Resolucion Rectoral Nº 0540-2008-UH de fecha 12 de MORDAZA del 2008; Que, mediante Memorando Multiple Nº 0180-2008VRAC, de fecha 02 de octubre del 2008, del Vicerrectorado Academico, solicito informe sobre alumnos separados en aplicacion al Reglamento Academico; Que, la Oficina de Registros Academicos, remite la relacion de los alumnos amonestados, sancionados y separados de la Escuela Academico Profesional de: Agronomia, Ingenieria en Industrias Alimentarias y Zootecnia de la Facultad de Ciencias Agrarias e Industrias Alimentarias, correspondiente al semestre academico 2008-I; Que, mediante documento del visto, la Facultad de Ciencias Agrarias e Industrias Alimentarias, solicita la ratificacion de la Resolucion de Decanato Nº 415-2008-FCAIA, de fecha 13 de octubre del 2008, aprueba la separacion de los alumnos de la Escuela Academica Profesional de Agronomia, Ingenieria en Industrias Alimentarias y Zootecnia de la Facultad de Ciencias Agrarias e Industrias Alimentarias, correspondiente al Semestre Academico 2008-I; Que, en este contexto, el Rectorado segun Decreto Nº 2061-II-2008-R-UNJFSC, de fecha 29 de octubre de 2008, autoriza para ser visto en Consejo Universitario; Que, en la Sesion Ordinaria del Consejo Universitario de fecha 11 de noviembre de 2008, se acordo: "Aprobar la Separacion de los alumnos de la Escuela Academico Profesional de Agronomia, Ingenieria en Industrias Alimentarias, y Zootecnia de la Facultad de Ciencias Agrarias e Industrias Alimentarias, correspondiente al Semestre Academico 2008-I, promovido por el Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias e Industrias Alimentarias, Oficio Nº 980-2008-D-FCAIA."; Estando a lo anteriormente expuesto, y a lo acordado por el Consejo Universitario, segun consta en las Actas de su proposito, y En uso de las atribuciones que le confiere el Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Ley Universitaria Nº 23733;

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