Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2009 (31/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de octubre de 2009

Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el articulo 281º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que el OSCE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan sido sancionados por el Tribunal en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Direccion del SEACE respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Direccion por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de setiembre de 2009; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 9º de la Ley y el Art. 53º numeral 13 del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de OSCE, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2009-EF. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de setiembre de 2009: 1. SERVICIOS DE VIGILANCIA CENTINELA S.C.R.L., Mediante Resolucion Nº 1951-2009-TC-S4 de 07.09.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1769-2009-TC-S4 de 06.08.2009, que la sanciona con doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 2. CSG MORDAZA & CAMI S.R.L., Mediante Resolucion Nº 1962-2009-TC-S1 de 09.09.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1776-2009-TCS1 de 10.08.2009, que la sanciona con seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o informacion inexacta durante su tramite de renovacion de inscripcion como Ejecutor de Obras ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 3. ECOLIMPIA S.R.L., Mediante Resolucion Nº 19832009-TC-S4 de 14.09.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1800-2009-TC-S4 de 17.08.2009, que la sanciona con once (11) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 4. COMUNAL DE SERVICIOS AGROPECUARIOS LA MORDAZA R.LTDA., Mediante Resolucion Nº 2005-2009TC-S3 de 16.09.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1813-2009-TC-S3 de 19.08.2009 que la sanciona con diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 5. ICE INGENIEROS CONSULTORES Y EJECUTORES S.A., Mediante Resolucion Nº 1984-2009TC-S3 de 14.09.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1816-2009-TC-S3 de 20.08.2009, que la sanciona con catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por participar en el MORDAZA de seleccion, sin

contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infraccion tipificada en el numeral 5) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 6. AIRCO TEMP S.R.L., Mediante Resolucion Nº 1990-2009-TC-S4 de 14.09.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1834-2009-TC-S4 de 24.08.2009, que la sanciona con ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 7. EQUI DEL PERU S.A.C., Mediante Resolucion Nº 2008-2009-TC-S3 de 16.09.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1838-2009-TC-S3 de 25.08.2009, que la sanciona con nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 8. JL BUSINESS AND SERVICE S.A.C., Mediante Resolucion Nº 2060-2009-TC-S4 de 28.09.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 18442009-TC-S4 de 25.08.2009, que la sanciona con diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 9. PT & J SOLUCIONES EMPRESARIALES S.A.C., Mediante Resolucion Nº 2039-2009-TC-S1 de 22.09.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1848-2009-TC-S1 de 26.08.2009, que la sanciona con seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 10. MORDAZA Y MORDAZA CONTADORES PUBLICOS S.C., Mediante Resolucion Nº 2039-2009-TC-S1 de 22.09.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1848-2009-TC-S1 de 26.08.2009, que la sanciona con seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 11. CYS CONSULT GESTION EMPRESARIAL S.A.C., Mediante Resolucion Nº 2039-2009-TC-S1 de 22.09.2009, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1848-2009-TC-S1 de 26.08.2009, que la sanciona con ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 12. KONRAD LINDER S.A.C. REPRESENTACIONES, Mediante Resolucion Nº 2096-2009-TC-S4 de 30.09.2009, se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 1851-2009-TC-S4 de 26.08.2009, reformando el periodo de sancion de diez (10) a cuatro (04) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el

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