NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (11/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 6
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de setiembre de 2009 402352 SE RESUELVE: Artículo 1o.- Constitución de la Comisión Nacional Peruana. Constitúyase la Comisión Nacional Peruana de la Comisión Técnica Binacional Perú – Ecuador, que se encargará de fi jar y adoptar las estrategias y lineamientos del Proyecto Especial Puyango-Tumbes, contando para ello con el asesoramiento técnico que estime necesario. Artículo 2o.- Conformación. La Comisión Nacional Peruana de la Comisión Técnica Binacional Perú – Ecuador, estará conformada por los siguientes miembros: • El Vice Ministro Agricultura, quien la presidirá; • El Director Ejecutivo del Plan Binacional de Desarrollo de la Región de Integración Fronteriza; y, • El Jefe de la Autoridad Nacional del Agua. De ser el caso, y para el mejor cumplimiento de sus funciones, se podrá convocar la participación, como invitados, de representantes de entidades públicas o privadas para que participen o asistan a las sesiones de la Comisión Nacional Peruana. Artículo 3º.- Designación de representantes ante la Comisión Nacional Peruana. Cada miembro de la referida Comisión Nacional Peruana, podrá contar con un representante alterno, el cual deberá tener el rango de Director General o Director Ejecutivo. Cada entidad designará mediante Resolución de su Titular, a sus respectivos representantes alternos, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución. Artículo 4o.- Instalación de la Comisión Nacional Peruana. La instalación de la Comisión Nacional Peruana será dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al plazo señalado en el artículo anterior. Artículo 5º.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión Nacional Peruana de la Comisión Técnica Binacional Perú - Ecuador del Proyecto Especial Puyango-Tumbes será ejercida por el Proyecto Especial Puyango-Tumbes. Artículo 6º.- Funciones La Comisión Nacional Peruana, ejecutará sus funciones, dando cuenta de sus acciones y resultados al Ministerio de Agricultura y al Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 7o.- Gastos Los gastos individuales de los integrantes de la Comisión Nacional Peruana en cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, deberán ser cubiertos con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades a la que representan. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 396131-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionario del Banco de la Nación a Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 090-2009-EF Lima, 10 de setiembre de 2009 Vista, la Carta EF/92.2000 Nº 475-2009 del Banco de la Nación, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, el Directorio del Banco de la Nación, en Sesión Nº 1773 de fecha 3 de setiembre de 2009, autoriza el viaje del señor Rodrigo Teobaldo Zapata Seminario, Gerente - Jefe del Departamento de Asesoría Jurídica del citado Banco, del 11 al 22 de setiembre de 2009, para que asista a la Audiencia Judicial del procedimiento cautelar de secuestro de pagarés en posesión de la Banca Nazionale del Lavoro señalada para el 14 de setiembre de 2009 en la ciudad de Livorno y sostener reuniones de trabajo en la ciudad de Roma con los asesores legales externos del Banco de la Nación en los procesos judiciales iniciados por la empresa Whitehead Alenia Sistemi Subaquei S.P.A. (WASS); Que, en consecuencia es de interés nacional e institucional autorizar el viaje del mencionado funcionario, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Banco de la Nación; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29289, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, Decreto Supremo Nº 179-2008-EF y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Entidades bajo el ámbito de FONAFE modificada por Acuerdo de Directorio Nº 003-2006/011-FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Rodrigo Teobaldo Zapata Seminario, Gerente- Jefe del Departamento de Asesoría Jurídica del Banco de la Nación, a la ciudad de Roma, República de Italia, del 11 al 22 de setiembre de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos del presupuesto del Banco de la Nación de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 3 782,93 Viáticos : US$ 3 640,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 396142-4