Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2009 (11/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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disponga una resolucion administrativa o judicial firme que implique (i) la modificacion de los PMCE asignados por el Ministerio; (ii) el otorgamiento de un permiso de pesca que se encontraba en tramite por sustitucion de igual capacidad de bodega; (iii) el reconocimiento de un derecho de incremento de flota por sustitucion de igual capacidad de bodega, saldos o cualquier otro derecho otorgado con posterioridad a la aprobacion del Listado de PMCE; o , (iv) la modificacion de un permiso de pesca."; Que, mediante el numeral 2 del articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, senala que, se asignara un Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion a las embarcaciones pesqueras que cuentan con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA, en la fecha de entrada en vigencia de la Ley y a aquellas reconocidas por el Ministerio en virtud de resolucion administrativa o judicial firme; Que, el articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 6192009-PRODUCE/DGEPP del 17 de agosto de 2009, resolvio aprobar la incorporacion definitiva del PMCE asignado al saldo de bodega, reconocido por la Resolucion Directoral Nº 435-2009-PRODUCE/DGEPP, modificado por Resolucion Directoral Nº 476-2009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CE4524-CM, con permiso de pesca vigente otorgado por Resolucion Directoral Nº 435-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de junio de 2009; Que, habiendose aprobado la incorporacion definitiva del saldo de bodega a la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CE-4524-CM, corresponde incorporar a los listados el PMCE y LMCE de la referida embarcacion; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 9742009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Oficio Nº 869-2009PRODUCE/OGTIE-Oe y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, sus modificatorias y ampliatorias; el Decreto Legislativo Nº 1084 ­ Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento y modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA sur ­ PMCE-Sur, aprobado por Resolucion Directoral Nº 3762009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 25 de MORDAZA de 2009, a la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CE4524-CM, con un PMCE de 0,759890%. Articulo 2º.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA sur ­ LMCE-Sur, aprobado por Resolucion Directoral Nº 4512009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 19 de junio de 2009, a la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CE4524-CM, con un LMCE de 3799,450. Articulo 3º.- La incorporacion de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CE-4524-CM, en los Listados referidos en el articulo 1º y 2º, no modifica los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesquera en la Resolucion Directoral Nº 376-2009-PRODUCE/DGEPP y Resolucion Directoral Nº 451-2009-PRODUCE/DGEPP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 395308-3

Declaran fundado recurso de reconsideracion interpuesto contra la R.D. Nº 552-2008-PRODUCE/DGEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 652-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 27 de agosto de 2009 Vistos el Escrito con Registro Nº 26943 Adjuntos 06 y 07 de fechas 02 de octubre del 2008 y 14 de agosto del 2009, respectivamente, presentadas por la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 046-2001PE/DNEPP de fecha 30 de MORDAZA de 2001, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO20183-PM, con 493.93 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 279-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de MORDAZA de 2009, se resolvio aprobar a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MATTY de matricula CO-20286-PM, con 495.05 m³ de capacidad de bodega otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 0032001-PE/DNEPP, modificado a traves de la Resolucion Directoral Nº 046-2001-DNEPP, en las mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 406-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 04 de junio de 2009, se resolvio aprobar a favor de CORPORACION PEQUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-20285-PM con 409.71 m³ de capacidad de bodega otorgado por Resolucion Directoral Nº 002-2001-PE/ DNEPP modificado en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 046-2001-PE/DNEPP, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE publicado el 13 de MORDAZA de 2007, que aprueba el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, establece que se exceptuara de la autorizacion de incremento de flota y se otorgara permiso de pesca de jurel y caballa para el consumo humano directo a las embarcaciones de cerco con permiso de pesca para el consumo humano indirecto que contando con sistema de preservacion a bordo con agua refrigerada MORDAZA R.S.W. y que acogiendose a los convenios celebrados al MORDAZA de la R.M. Nº 150-2001-PE demuestren haber realizado esfuerzo pesquero de jurel y caballa para el consumo humano directo, de acuerdo a los terminos del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, la Resolucion Directoral Nº 552-2008-PRODUCE/ DGEPP de fecha 22 de setiembre de 2008, resolvio declarar improcedente la solicitud de acogimiento a la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE presentada por la empresa PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A. para que sus embarcaciones bajo su propiedad o posesion denominadas MORDAZA con matricula CO-20183-PM, MORDAZA con matricula CO-20285-PM y MATTY con matricula CO-20286-PM, obtengan el permiso de pesca de jurel y caballa para el consumo humano directo; Que, a traves de los escritos del visto, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., en calidad de empresa absorbente de la empresa PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A., interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 5522008-PRODUCE/DGEPP, manifestando que, la autoridad ha resuelto sin haber verificado la informacion sobre las capturas de jurel y caballa ni tomado en cuenta las declaraciones juradas mensuales y anuales presentadas ante la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, asimismo, manifiesta que se ha resuelto

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