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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (15/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de setiembre de 2009 402602 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972. Las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local. Gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 41º establece que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, la Municipalidad Provincial de Urubamba, viene ejecutando por administración directa la obra del nuevo Coliseo Cerrado municipal con capacidad de cinco mil personas, en benefi cio de la capital de Provincia y distritos para el desarrollo de diferentes actividades de carácter cultural, deportivo, recreacional y social, para cuya construcción la Municipalidad por acuerdo de Concejo ha tenido que afectar el terreno del Coliseo de Gallos que fue entregado en sesión de uso a la Asociación de Galleros de la Provincia de Urubamba. Que, en Sesión de Concejo de fecha 25 de agosto de 2009, por unanimidad ha sido aprobado adquirir un terreno para otorgar en Cesión de Uso a la Asociación de Galleros de Urubamba, y del mismo modo adquirir terreno para el taller de maestraza de mecánica de la Municipalidad Provincial de Urubamba, por lo que los socios vienen solicitando la reposición del terreno para el Coliseo de Gallos, Efraín Guevara, por consiguiente el Señor Alcalde Ing. Benicio Rios Ocsa, y Regidores tienen el propósito de adquirir terreno con características apropiadas para el Coliseo de Gallos y para el taller de maestranza de mecánica donde la Municipalidad se encargará de buscar el mencionado bien inmueble. Que, existiendo la voluntad unánime sobre el otorgamiento en Cesión de Uso de un terreno para el Coliseo de Gallos a favor de la Asociación de Galleros de Urubamba, al respecto se ha conformado la comisión para ejercer la propuesta de compra venta de terreno en el ámbito de la Jurisdicción con condiciones apropiadas. Que, el Concejo Municipal con las facultades conferidas por los Artículos 13º y 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Ley Nº 27972, aprueba por UNANIMIDAD el presente, con dispensa de aprobación de la lectura del acta. ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR, la adquisición de un terreno dentro del ámbito del Distrito y Provincia de Urubamba, para ser destinado en Cesión en Uso a favor de la Asociación de Galleros Urubamba “Efraín Guevara” de la misma forma se adquirirá para el taller de maestranza del equipo mecánico de la Municipalidad Provincial de Urubamba. Artículo Segundo.- ENCARGAR, la elaboración del Expediente para la adquisición del bien inmueble en mención, a la Gerencia Municipal. Artículo Tercero.- DISPONER al Gerente Municipal, viabilizar los trámites correspondientes para la compra del predio en coordinación con las Jefaturas responsables. Regístrese, comuníquese y cúmplase. BENICIO RIOS OCSA Alcalde 396953-1