NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (15/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 36
TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de setiembre de 2009 402586 Que, en atribución conferida por el Artículo 25º del Estatuto de la Universidad, el Rector como autoridad responsable de dirigir la actividad académica y la gestión económica, administrativa y fi nanciera de la Universidad por mandato de la Ley, autoriza a través del Decreto Nº 4178-II-2008-R-UNJFSC, de fecha 17 de diciembre de 2008, la expedición de la norma administrativa en concordancia al artículo 67º del Prospecto de Admisión 2008-II; y En uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Admisión 2008-II, la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad José Faustino Sánchez Carrión; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ANULAR LAS VACANTES E INGRESO de los Postulantes, que no recogieron su Constancia de Ingreso, durante el Proceso de Admisión 2008-II, en Escuelas Académicos Profesionales siguientes: Nº APELLIDOS Y NOMBRES ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL 1 BALLICO MONTOYA, ELIAAN MIGUELINA E.B.C.H.D. EDUCACIÓN INICIAL Y ARTE 2 ESPINOZA VEGA, MARICARMEN MILAGROS CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS 3 SIFUENTES VIZÁRRAGA, SEVERO EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES 4 CASTRO SOTELO, LUCERO JHOCABETH BROMATOLOGÍA Y NUTRICIÓN 5 LEÓN ESPINOZA, LUIGI EULER INGENIERÍA DE SISTEMAS 6 RÍOS CAHUAS, SONY STEW INGENIERÍA DE SISTEMAS 7 ORTIZ INOCENTE DIEGO ERNESTO INGENIERÍA INDUSTRIAL 8 MENA BERNAL, ZAIRA INGENIERÍA INDUSTRIAL 9 MELGAREJO RAMIREZ, MILAGROS FERNANDA INGENIERÍA INDUSTRIAL 10 DIAZ CELESTINO, ROY LIEV E.B.C.H.D. CIENCIAS SOCIALES Y TURISMO 11 AQUINO BLAS, GERALDINE ELSA CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN 12 ROSARIO ROJAS, RICHARD MICKY INGENIERÍA EN INDUSTRIAS ALIMENTARIAS 13 SANDOVAL VARGAS, GUICELA SOFIA SOCIOLOGÍA 14 PAREDES APOLINARIO, JOEL ALEXANDER E.B.C.T. CONSTRUCCIONES METÁLICAS 15 FRANCO VIDAL, MARIO GIOVANNI ZOOTECNIA 16 LUYO CHUQUISPUMA, KELLY ROCIO ZOOTECNIA Artículo 2º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a los interesados y a las Instancias respectivas de la Universidad para su conocimiento y demás fi nes. Regístrese, comuníquese y archívese. ELSA CARMEN OSCUVILCA TAPIA Rectora JAIME ALBERTO CALVA MOREIRA Secretario General 397124-2 Aprueban separación definitiva de alumnos de diversas Escuelas Académico Profesionales UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 0108-2009-CU-UH Huacho, 19 de febrero de 2009 VISTO: El Expediente N° 057236-08, de fecha 06 de octubre de 2008, contenido en el Ofi cio N° 764-2008-D-FI, promovido por el Decano De la Facultad de Ingeniería, y el Acuerdo de la Continuación de la sesión Ordinaria de Consejo Universitario del 11 de febrero del 2009, llevado a cabo el día 18 de febrero del 2009; sobre la aprobación de Separación Defi nitiva de alumnos; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 32° del Reglamento Académico, aprobado por Resolución de Consejo Universitario N° 099- 2008-CU-UH de fecha 18 de febrero de 2008, establece que el estudiante que desaprueba más del 50% de créditos matriculados en el semestre académico será amonestado mediante resolución emitida por el Decano, y si al siguiente semestre no supera dicha situación, se le suspenderá automáticamente por un semestre; si al reincorporarse persiste en desaprobar los cursos que acumulan el número de créditos antes indicado será separado defi nitivamente de la universidad mediante Resolución de Consejo Universitario de conformidad al Decreto Ley Nº 739 Artículo 2, e inciso f), Ley Nº 23733 Artículo 58º inciso h), Estatuto General de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión artículo 281º; y su rectifi cada con Resolución Rectoral Nº 0540-2008-UH de fecha 12 de mayo del 2008; Que, mediante Resolución de Decanato Nº 0292-08-FI, de fecha 23 de mayo del 2008, la Ex - Facultad de Ingeniería Industrial, Sistemas e Informática, aprueba SANCIONAR con la condición de Separación defi nitiva de la Universidad, a los alumnos de las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas, e Ingeniería Informática, que rescindieron en desaprobar más del 50% de sus créditos matriculados de conformidad al artículo 32º del Reglamento Académico vigente; ratifi cado mediante Resolución Rectoral Nº 0884-2008-UH, de fecha 09 de julio del 2008; Que, mediante Memorando Múltiple Nº 0180-2008- VRAC, de fecha 02 de octubre del 2008, del Vicerrectorado Académico, solicito informe sobre alumnos separados en aplicación al Reglamento Académico vigente; Que, mediante documento del visto, el Decano de la Facultad de Ingeniería, remite al Vicerrectorado Académico, la Resolución de Decanato Nº 0292-08-FI, de fecha 23 de mayo del 2008, que autoriza sancionar con la condición de Separación Defi nitiva, a los alumnos de las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas, e Ingeniería Informática de la Facultad de Ingeniería, para el Semestre Académico 2008-I; Que, asimismo, el Decano de la Facultad de Ingeniería, mediante Proveído Nº 1716-II-2008-D-FI de fecha 28 de noviembre del 2008, remite la Resolución de Decanato Nº 0494-08-FI, de fecha 09 de octubre del 2008, que Sanciona con la condición de Separación Defi nitiva de la Universidad, a los alumnos de las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas, e Ingeniería Informática, que rescindieron en desaprobar más del 50% de sus créditos matriculados de conformidad al artículo 32º del Reglamento Académico vigente, para el Semestre Académico 2008-II; Que, el Jefe de la Ofi cina de Registros Académicos, mediante Proveído Nº 0144-2009-ORA, de fecha 07 de enero del 2009, informa que se verifi có y es conforme la relación de alumnos separados; Que, en este contexto, el Rectorado según Decreto Nº 0560-2009-R-UNJFSC, de fecha 16 de enero de 2009, autoriza para ser visto en Consejo Universitario, en atención al Artículo 32° del Reglamento Académico; Que, en la Continuación de Sesión Ordinaria del Consejo Universitario de fecha 11 de febrero de 2009, llevado a cabo el 18 de febrero del 2009, se acordó: “Aprobar la Separación defi nitiva de la Universidad de los alumnos de las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas, e Ingeniería Informática, presentado por el Decano de la Facultad de Ingeniería, mediante Ofi cio Nº 0764-2008-D-FI (Expediente Nº 057236).”; Estando a lo anteriormente expuesto, y a lo acordado por el Consejo Universitario, según consta en las Actas de su propósito, y En uso de las atribuciones que le confi ere el Estatuto de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión y la Ley Universitaria Nº 23733; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución Rectoral Nº 0884-2008-UH, de fecha 09 de julio del 2008, que RATIFICA en todos sus extremos la Resolución de Decanato N° 0292-2008-FIISI, de fecha 23 de mayo de 2008, de la Facultad de Ingeniería Industrial, Sistemas e Informática, que SANCIONA, con la condición de SEPARACIÓN DEFINITIVA de la Universidad, a los alumnos de las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas, e Ingeniería Informática.