NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (15/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de setiembre de 2009 402591 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha se aprobó la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- Declarar de interes regional el saneamiento fi sico legal de los terrenos eriazos de propiedad del Gobierno Regional de Tacna, de libre disponibilidad, que se encuentren ocupados con anterioridad al 12 de abril del 2006. Artículo Segundo.- La Ofi cina Regional de Adminis- tración de Bienes Inmuebles del Gobierno Regional de Tacna, procederá a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, a identifi car los terrenos de propiedad del Gobierno Regional de Tacna que se encuentren en libre disponibilidad ubicados en zonas urbanas y extraurbanas, para los fi nes a que se refi ere el artículo anterior. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia General Regional y la Ofi cina Regional de Administración de Bienes Inmuebles, implementen la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veintiuno de agosto del año dos mil nueve. ROBERT JULIO PERALTA REYNOSO Consejero Delegado Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día veinticinco de agosto del año dos mil nueve. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 397182-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 292-C/MC Mediante Ofi cio Nº 103-2009-SG/MC la Municipalidad de Comas solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 292-C/MC, publicada en la edición del 11 de setiembre de 2009. DICE: VISTO: En sesión ordinaria del 04 de setiembre del 2009, el Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano, respecto a la modifi cación de la Ordenanza Nº 011-C/MC y DEBE DECIR: VISTO: En sesión ordinaria del 04 de setiembre del 2009, el Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano, respecto a la modifi cación de la Ordenanza Nº 011-2000-C/MC. DICE: En el Artículo 1º, en Disposiciones fi nales y transitorias, Sexta, en la segunda mitad, “... La Comisión Técnica Mixta estará integrada por Regidores de la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital, por representantes acreditados de las Comisarías de la Policía Nacional del Perú de la jurisdicción distrital y por un máximo de tres (03) representantes, debidamente acreditados por las organizaciones de Transportadores en Vehículos Menores debidamente inscritas en los Registros Públicos”. DEBE DECIR: “... La Comisión Técnica Mixta deberá estar integrada por Regidores de la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital, por representantes acreditados de las Comisarías de la Policía Nacional del Perú de la jurisdicción distrital y por un máximo de tres (03) Organizaciones de Transportistas de vehículos menores autorizados debidamente inscritos en los Registros Públicos y acreditados cada una de ellos por un representante.” 397010-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Reglamentan construcción temporal de edificaciones en retiro municipal ORDENANZA Nº 277-MDSMP San Martín de Porres, 31 de agosto de 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 31.AGOSTO.2009, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales y con el quórum reglamentario de los señores Regidores, se trató sobre el proyecto de Ordenanza que reglamenta la construcción y uso temporal en retiro municipal; y CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de la fecha, se trató sobre el Dictamen Nº 02-CAJPE-CPUT/MDSMP elaborado en conjunto por las Comisiones de Asuntos Jurídicos y Promoción Empresarial – y Planifi cación Urbana y Transporte que recomienda la aprobación del proyecto de Ordenanza sobre la construcción y uso temporal en áreas de retiro municipal, en la medida que en el distrito se viene construyendo y ocupando sin adecuación a las normas constructivas y de seguridad en dichas áreas y que son utilizadas como ampliación para ejercer una actividad, ya sea de comercio o servicio, contraviniendo la normatividad vigente y sin que exista una reglamentación adecuada para su uso; como también existe interés de la población que no ha ocupado tales áreas de retiro municipal para utilizarlas y aprovecharlas como ampliación de las áreas de comercio existentes, por lo que deviene necesario reglamentar su construcción y uso temporal para quienes requieran utilizar estos espacios para fi nes de generación de rentas, contándose para ello con los informes favorables de la Gerencia de Desarrollo Urbano (Informe Nº 493-2009-GDU- MDSMP), Gerencia de Asesoría Jurídica (Informes Nos. 820- 2009-GAJ/MDSMP y 862-2009-GAJ/MDSMP) y Subgerencia de Promoción Empresarial y Comercialización (Informe Nº 450- 2009/SGPEyC/GDEyC/MDSMP); De conformidad con los artículos 9, inciso 8); 40 y 79, numerales 3.6 y 3.6.2 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; con el Dictamen favorable de las Comisiones de Asuntos Jurídicos y Promoción Empresarial, así como de Planifi cación Urbana y Transporte; con el voto Mayoritario de los señores regidores ; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTARIA SOBRE CONSTRUCCION Y USO TEMPORAL EN RETIRO MUNICIPAL CAPÍTULO I DE LOS OBJETIVOS Y ALCANCES Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por fi nalidad reglamentar la construcción temporal de edifi caciones en