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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (15/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de setiembre de 2009 402574 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario a Panamá para participar en el Taller y Consulta sobre Asuntos Legislativos Relativos a la Gestión de Desastres Naturales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1297/RE Lima, 10 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante la Decisión 529, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores creó el Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres (CAPRADE), como un organismo coordinador y promotor de políticas, estrategias y planes, y promotor de actividades de prevención, mitigación, preparación, atención de desastres, rehabilitación y reconstrucción, así como para la cooperación y asistencia mutuas, y el intercambio de experiencias en la materia dentro de la subregión andina; Que, la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, ha convocado al “Taller y Consulta sobre Asuntos Legislativos Relativos a la Gestión de Desastres Naturales”, a realizarse del 28 al 29 de setiembre de 2009, en la ciudad de Panamá, República de Panamá; Que, es necesario autorizar el viaje del Representante Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores ante el CAPRADE, doctor Antonio Rojas Crisóstomo, para que participe en la referida reunión, a fi n de contribuir y mejorar los esfuerzos e iniciativas del Perú en esta materia; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Dirección General de Coordinación Nº DGO0339/2009, de 28 de agosto de 2009, y el Memorándum de la Dirección General de Administración Nº DGA2303/2009, de 02 de setiembre de 2009, que certifi ca la disponibilidad presupuestal del presente viaje; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, y Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del doctor Antonio Rojas Crisóstomo, funcionario contratado, quien presta funciones como Asesor de la Dirección General de Coordinación y Representante Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores ante el Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres (CAPRADE) de la Comunidad Andina, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 28 al 29 de setiembre de 2009, a fi n que participe en el “Taller y Consulta sobre Asuntos Legislativos Relativos a la Gestión de Desastres Naturales”. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes y alojamiento que irrogue la participación del citado funcionario contratado en la indicada reunión serán asumidos por la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja; los gastos por concepto de alimentación serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 – Conducción de Líneas de Política Institucional, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáticos por día US$ (*) Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Antonio Rojas Crisóstomo 100.00 02 200.00 31.00 (*) El gasto por viáticos es sólo del 50% de la escala por cuanto comprende únicamente alimentación y movilidad local. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante su participación en el referido evento. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 396982-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban Directiva “Acciones, Condiciones y Términos para coadyuvar en la implementación del componente de Intermediación laboral” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2009-TR Lima, 14 de setiembre de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 406-2009-MTPE/3/14.150 de fecha 26 de agosto de 2009, del Coordinador Ejecutivo del Programa REVALORA PERU; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la crisis económica internacional, el Poder Ejecutivo estableció como objetivo de interés nacional, asegurar y consolidar el crecimiento económico y el empleo, protegiendo a los grupos más vulnerables de la población, a través de medidas de carácter fi nanciero, económico, fi scal, laboral, de acceso al mercado de capitales y de líneas de crédito externo contingentes, así como de apoyo a la iniciativa privada; Que, en ese sentido, mediante el Decreto de Urgencia Nº 021-2009 se autorizó al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a crear el Programa Especial de Reconversión Laboral - PERLAB, con el objeto de promover el empleo y proteger la empleabilidad de los trabajadores afectados directamente por la crisis económica internacional, el mismo que deberá contar con los siguientes componentes: a) Intermediación laboral: información sobre las oportunidades laborales y promoción empresarial, b) Asistencia técnica: acompañamiento a emprendedores, y c) Capacitación: recalifi cación y reentrenamiento de trabajadores y certifi cación de competencias laborales; Que, el Gobierno mediante Decreto Supremo Nº 001- 2009-TR, creó el Programa Especial de Reconversión Laboral – PERLAB denominado también Programa REVALORA PERU, en la Unidad Ejecutora 002, del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, señalando como uno de sus objetivos específi cos: “b)Brindar servicios de capacitación (recalifi cación y entrenamiento) intermediación, asistencia técnica y reinserción laboral a trabajadores afectados directamente por el impacto de la crisis internacional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 083-2009-EF, se autoriza el crédito suplementario a favor del pliego correspondiente al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, destinado a la atención del Programa REVALORA PERÚ por un monto total ascendente a la suma de S/. 30 000 000.00 nuevos soles; Que, atendiendo a que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, podrá dictar mediante Resoluciones Ministeriales, las disposiciones complementarias para la adecuada implementación y operatividad del Programa, según lo establecido en el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 001-2009-TR, y a fi n de delimitar el marco