Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2009 (19/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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en la direccion electronica http://www.minsa.gob.pe/portada/ transparencia/normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 398472-11

2. Un representante de la Direccion General de Salud de las Personas. 3. Un representante del Instituto Nacional de Salud. 4. Un representante del Instituto Nacional del Nino. 5. Un representante de Hospital Nacional "Dos de Mayo". 6. Un representante del Instituto Especializado MORDAZA Perinatal. 7. Un representante del Hospital Nacional "Arzobispo Loayza". Articulo 2°.- La citada Comision Sectorial tiene el encargo de realizar la evaluacion de todas las muertes notificadas en el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiologica del Ministerio de Salud y otras relacionadas a la Influenza A (H1N1), utilizando un protocolo de evaluacion unico, establecido y aprobado por los miembros de la Comision, con el objetivo de establecer la relacion causal con la Influenza A (H1N1). Articulo 3°.- La citada Comision Sectorial se instalara en un plazo no mayor de cinco (05) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente resolucion, debiendo presentar un informe al Despacho Ministerial en un plazo no mayor de ciento veinte (120) dias habiles, contados desde su instalacion, respecto al encargo senalado en el articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 4º.- La Comision Sectorial se reunira de acuerdo a un cronograma establecido por la misma Comision, una vez instalado y a solicitud de la Direccion General de Epidemiologia del Ministerio de Salud. Articulo 5°.- La Comision Sectorial podra solicitar a las entidades publicas y privadas, el asesoramiento, informacion y apoyo necesario para el cumplimiento de la labor encomendada. Articulo 6°.- Todas las dependencias del Sector Salud del Peru deberan dar las facilidades necesarias a los miembros de esta Comision para el cumplimiento de la labor encomendada. Articulo 7º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa. gob.pe/portada/transparencia/normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 398472-12

Conforman Comision Sectorial de evaluacion clinico - epidemiologica de las muertes relacionadas a la Influenza A(H1N1)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 626-2009/MINSA MORDAZA, 15 de setiembre del 2009 Visto: el Expediente N° 09-064623-001, que contiene el Memorando Nº 1486-2009-DGE-DVE/MINSA y el Informe Nº 04-2009-DGE-DVE-DSVSP/MINSA de la Direccion General de Epidemiologia y el Informe Nº 7512009-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su MORDAZA hasta su muerte natural; Que, el articulo 57º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece que la Direccion General de Epidemiologia es el organo responsable de conducir el Sistema de Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica y del analisis de situacion de salud del Peru; Que, conforme al documento del visto la Direccion General de Epidemiologia, ha informado que entre los eventos de Salud Publica de importancia nacional e internacional sujetos a vigilancia epidemiologica que han afectado a nuestro MORDAZA, se encuentra la Influenza A (H1N1), requiriendose establecer la relacion entre el diagnostico de dicho virus y la muerte de las personas que ha producido; Que, en tal sentido, resulta necesario conformar una comision tecnica de la mas alta calificacion y experticia para la evaluacion de las muertes relacionadas a la Influenza A (H1N1) en el Peru y notificadas en el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiologica a solicitud del Ministerio de Salud a traves de la Direccion General de Epidemiologia; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Epidemiologia; Con el visado del Director General de la Direccion General de Epidemiologia, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8° de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y el numeral 1 del articulo 36º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Conformar la Comision Sectorial de evaluacion clinico - epidemiologica de las muertes relacionadas a la Influenza A (H1N1) en el Peru, de naturaleza temporal, la cual estara integrada por los siguientes miembros: 1. Un representante de la Direccion General de Epidemiologia del Ministerio de Salud, quien lo preside.

Aprueban Reglamento Interno del Comite Tecnico Implementador Nacional, responsable del MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 627-2009/MINSA MORDAZA, 15 de setiembre del 2009 Visto el Expediente N° 09-070318-001, que contiene el Memorandum N° 347-2009-DVM/MINSA y el Informe N° 741-2009-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, se establecio como objeto establecer el MORDAZA normativo del aseguramiento universal en salud, a fin de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social en salud, asi como normar el acceso y las funciones de regulacion, financiamiento, prestacion y supervision del aseguramiento; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la precitada ley, dispone que el Ministerio de Salud mediante decreto supremo establecera el Comite Tecnico Implementador, como responsable de la conduccion del MORDAZA de aseguramiento universal en salud; Que, el literal l, del articulo 2° del Decreto Supremo N° 011-2009-SA que creo el Comite Tecnico Implementador

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