NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (19/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de setiembre de 2009 402835 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de representantes de la Autoridad Portuaria Nacional a Colombia para participar en el III Foro y Feria Iberoamericana PBIP 2009 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 050-2009-MTC Lima, 18 de setiembre de 2009 VISTO: El Ofi cio No. 343-2009-APN/PD de la Autoridad Portuaria Nacional - APN, mediante el cual solicita autorizar el viaje de los señores Juan Edmundo Pozo Vivanco y Teodoro Agüero Fizcarral, a la ciudad de Cartagena, Colombia, para participar en el III Foro y Feria Iberoamericana PBIP 2009, que se desarrollará del 28 al 30 de setiembre de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, la Dirección General Marítima de Colombia, ha organizado el III Foro y Feria Iberoamericana PBIP 2009, a desarrollarse en la ciudad de Cartagena, Colombia, del 28 al 30 de setiembre de 2009; Que, el objetivo principal de dicha Reunión, es convocar a las autoridades marítimas y portuarias de los países iberoamericanos, y empresas navieras portuarias de seguridad privada, ofi ciales de protección y demás actores del sector, con el propósito de contribuir a la creación de cooperación técnica en protección marítima y portuaria, común a todos los países del área, a fi n de asegurar el transporte marítimo de acciones terroristas; Que, la participación de la Autoridad Portuaria Nacional - APN, en dicho evento traerá como beneficio acceder a los desarrollos tecnológicos aplicativos a los desafíos del terrorismo marítimo y portuario, conformando mesas de trabajo dirigidas por expertos, de las cuales fluirán las conclusiones, recomendaciones y acciones a seguir, asimismo, proporcionará la actualización y capacitación de las últimas disposiciones alrededor del tema en los diferentes ámbitos, desafíos y perspectivas mundiales en la protección marítima y portuaria, así como la dinámica iberoamericana sobre el tema; Que, los gastos por concepto de pasajes, inscripción, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto, serán asumidos por la Autoridad Portuaria Nacional - APN, con cargo a su presupuesto; Que, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos de la Autoridad Portuaria Nacional - APN emitió el Informe No.150-2009-APN/DIPLA mediante el cual otorgó la correspondiente Certifi cación Presupuestaria conforme lo dispone el artículo 77 de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley 29289, Ley No. 28411, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y lo informado por la Autoridad Portuaria Nacional - APN; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Juan Edmundo Pozo Vivanco, Jefe de la Unidad de Protección y Seguridad de la Autoridad Portuaria Nacional y Teodoro Agüero Fizcarral, de la Unidad de Protección y Seguridad de la Autoridad Portuaria Nacional, a la ciudad de Cartagena, Colombia, del 27 al 30 de setiembre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Autoridad Portuaria Nacional - APN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (2 personas) US$ 1,013.40 Viáticos (2 personas) US$ 1,600.00 Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (2 personas) US$ 62.00 Artículo 3º.- Dentro de los siete (07) días calendario de su retorno al país, los mencionados profesionales deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, los mencionados profesionales deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 399790-7 Autorizan viaje de representantes de la Dirección General de Aeronáutica Civil para participar en curso a realizarse en EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 051-2009-MTC Lima, 18 de setiembre de 2009. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la política aérea nacional; Que, con Informe Nº 049- 2009-MTC/12.CPO de fecha 23 de julio de 2009, el Coordinador del Proyecto OACI de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha indicado que del 28 de setiembre al 02 de octubre del 2009 se realizará el Curso de Actualización de Procedimientos de Radar en la Pan Am International Flight Academy, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, la asistencia al Curso de Actualización de Procedimientos de Radar, tiene por objeto, que los inspectores conserven y actualicen el nivel de competencia profesional, pericia y conocimientos sobre la provisión de los servicios de tránsito aéreo en la modalidad de vigilancia