Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2009 (21/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, lunes 21 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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de la Region. Asimismo, otorgar concesiones para minicentrales de generacion electrica"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0502006-MEM/DM, publicada el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de noviembre del 2006 se formalizo la transferencia de la funcion establecida inciso d) del articulo 59 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 5032007-PRES se aprobo el Manual de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, en la cual se establece que el Director Regional de Energia y Minas tiene dentro de sus funciones especificas "Impulsar proyectos y obras de generacion de energia y electrificacion MORDAZA rurales, asi como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Region. Asimismo, otorgar concesiones para minicentrales de generacion electrica"; Que, el procedimiento administrativo de otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables se encuentra regulado en las disposiciones contenidas en los articulos 3º y 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, concordado con el articulo 66º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, el 2 de MORDAZA de 2008, fue publicado el Decreto Legislativo Nº 1002, en cuyo articulo 3º se establecio que la generacion hidraulica es calificada como recursos energetico renovable siempre que la capacidad instalada no sobrepase los 20 MW, para cuyo efecto la primera disposicion modificatoria del citado decreto modifico los articulos 3º, 4º y 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; Que, las modificaciones MORDAZA referidas, giraron en torno a los siguientes aspectos: a) se incorporo el Derecho Electrico de Concesion Definitiva de Generacion de Recursos Energeticos Renovables, con capacidad instalada mayor de 500 Kw; b) Se elimino del articulo 4º la Autorizacion para Centrales Hidroelectricas, y c) El tramite de aprobacion de una Concesion Definitiva de Generacion de Recursos Energeticos Renovables con capacidad de 500 Mw, quedo sujeto al procedimiento correspondiente al de una Autorizacion; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0562009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor de 500 kw y menor de 10 MW, prevista en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, comprende tanto el otorgamiento de Autorizacion para la Generacion de Energia Electrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW., como el otorgamiento de Concesiones Definitivas para Generacion con Recursos Energeticos Renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW. Siempre que se encuentren en la respectiva Region; Que, mediante Oficio Nº 811-2009 EM/DGE, Expediente Nº 0042897-2009-GRL - recibido el 03/08/09, la Direccion General de Electricidad, del Ministerio de Energia y Minas remite el expediente de solicitud de concesion definitiva de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables en la futura Central Hidroelectrica Purmacana presentado por GCZ Ingenieros SAC a la Direccion Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de MORDAZA para que continue con el tramite del procedimiento administrativo; Que, en el expediente materia de la presente Resolucion obra la solicitud formulada por GCZ Ingenieros SAC mediante documento de fecha 17 de noviembre de 2008 presentado ante el Ministerio de Energia y Minas, solicitando concesion definitiva de generacion de energia electrica con Recursos

Energeticos Renovables en la futura Central Hidroelectrica Purmacana, con una potencia instalada de 1 800 kW, ubicada en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente, utilizando los recursos hidricos del rio Pativilca, circulante a traves de la irrigacion Pativilca, en el MORDAZA Lateral D; Que, la peticionaria ha presentado una Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en los articulos 3º y 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, concordado con el articulo 66º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion Regional de Energia y Minas luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el informe Nº 35-2009-GRL-DREM-CHLO; Estando a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas, articulo 66º de su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 056-2009-EM, Decreto Legislativo Nº 1002 y con la opinion favorable del Profesional de Area de Electricidad de la Direccion Regional de Energia y Minas y con la opinion favorable del area legal del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables a favor de GCZ INGENIEROS S.A.C., que se identificara con el codigo Nº CDGRER 001- 2009 para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica PURMACANA, a partir de su puesta en operacion comercial en MORDAZA del 2011, con una potencia instalada de 1800 kW, ubicada en el distrito de SUPE, provincia de BARRANCA, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones indicados en la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo siguiente. Articulo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 001-2009 a suscribirse con GCZ INGENIEROS S.A.C., que consta de 19 Clausulas y 4 Anexos. Articulo 3º.- Suscribir, a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente, con visto MORDAZA de area legal del Gobierno Regional de Lima. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Nº 001-2009, referido en el articulo 2 de la presente Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5º.- La presente Resolucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA GUIO Director Regional de Energia y Minas (e)
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