NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (21/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de setiembre de 2009 402988 Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 399314-2 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de Pesquera Yoly S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 702-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 10 de septiembre del 2009 Visto los Escritos de Registros Nºs 00022693-2009, 00022693-2009-1 y 00022693-2009-2, del 26 de marzo, 8 de mayo y 5 de agosto de 2009, respectivamente, presentados por la empresa PESQUERA YOLY S.A.C. CONSIDERANDO: Que el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, el mismo que señala que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo establece que no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que asimismo el precitado Artículo establece que en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la vía administrativa o judicial, procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca encontrándose condicionada la vigencia a su resultado. En el caso que concluya el procedimiento administrativo sancionador mediante acto administrativo fi rme o de confi rmarse las sanciones de multa mediante sentencias que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero suspenderá el permiso de pesca si en el plazo concedido por la Administración no se acredita el cumplimiento de las sanciones de multa impuestas, excluyéndose a la embarcación pesquera de los listados a que se refi ere el Artículo 14º del Reglamento de la Ley General de Pesca, hasta que se solicite su reincorporación; Que mediante Resolución Directoral Nº 089-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 10 de abril de 2003, se otorgó permiso de pesca a los señores MANUEL FERNANDO SANCHEZ ULLOA y YOLANDA TERESA LOPEZ DE SANCHEZ, para operar la embarcación pesquera de madera denominada “SEBASTIAN” de matrícula N° CE-19914-CM, de Arqueo Neto 21.51 y de 89.97 m3 de capacidad de bodega, en la extracción del recurso hidrobiológico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando para ello cajas con hielo como medio de preservación y redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm y 38 mm) según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA YOLY S.A.C., en virtud al procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, solicita el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “SEBASTIAN” de matrícula CE-19914-CM otorgado por Resolución Directoral N° 089-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 10 de abril de 2003; en los mismos términos y condiciones en los que fueron otorgados, sustentando la posesión actual de la citada embarcación según el Certifi cado Compendioso de Dominio, expedido por la Zona Registral N° VII-Sede Huaraz del 17 de marzo de 2009, a nombre de la FIDUCIARIA S.A. (dominio fi duciario), constando que PESQUERA YOLY S.A.C. aparece en calidad de Fideicomitente y con Carta de autorización; asimismo, el artículo 19° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 – Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobado por Decreto Supremo N° 021- 2008-PRODUCE, modifi cado por Decreto Supremo N° 010-2009-PRODUCE, señala que en caso de que estas embarcaciones sean parte de un patrimonio fi deicometido, el armador deberá presentar el documento que acredite la constitución del fi deicomiso y una carta de autorización de la entidad fi duciaria. Estos documentos bastarán para que el cambio de titular proceda en los casos en donde el Certifi cado de Matrícula o el Certifi cado Compendioso de Dominio se encuentren a nombre de la fi duciaria; Que, de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo de cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “SEBASTIAN” de matrícula N° CE-19914- CM presentado por PESQUERA YOLY S.A.C., se ha determinado, que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, razón por la cual resulta procedente aprobar a su favor el cambio de titularidad del permiso de pesca de la citada embarcación; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 357-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas a través del artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA YOLY S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación “SEBASTIAN” de matrícula CE-19914-CM, otorgado mediante