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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (22/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de setiembre de 2009 403028 Que, la Contraloría General de la República viene impulsando la modernización y el fortalecimiento del control gubernamental, a través del mejoramiento de la calidad de las acciones y actividades de control, con la fi nalidad de instituir un sistema moderno, funcional y efi ciente, a partir de la revisión, actualización e implementación de las normas y los procesos técnicos de control, tomando en consideración las experiencias y avances de las comunidad internacional, particularmente de las Entidades Fiscalizadoras Superiores de otros países; Que, la participación de la Contraloría General de la República en el referido evento coadyuvará al intercambio de experiencias con otras Entidades Fiscalizadores Superiores, agencias y organismos internacionales relacionados a la actividad contable, fi nanciera y de auditoría, permitiendo además el conocimiento de las innovaciones y tendencias en el ámbito de la contabilidad y la auditoría, con énfasis en el actividad pública, lo cual, redundará en el desarrollo institucional y en el mejoramiento del control gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control; Que, en consecuencia, resulta conveniente la participación en el indicado evento del señor CPC Mario Fernández Ardiles, Gerente de Sector Económico, en representación de este Organismo Superior de Control; Que, conforme a lo señalado en los documentos de vistos, el financiamiento de los gastos de viaje y alojamiento que se derivan de la presente comisión de servicios al exterior serán asumidos por el Banco Mundial; correspondiendo que el pago de la Tarifa Única Aeroportuaria CORPAC y la asignación de parte de los viáticos por concepto de alimentación, sean asumidos con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 019 Contraloría General, de acuerdo con el Memorando Nº 963-2009-CG/GG de la Gerencia General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y atribuciones conferidas por el artículo 32º de Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor CPC Mario Fernández Ardiles, Gerente de Sector Económico, a la ciudad de Sao Paulo, Brasil, del 22 al 26 de setiembre del presente año, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la comisión de servicios por concepto de: viáticos parciales US$ 200,00 y tarifa CORPAC US$ 31,00, serán asumidos con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General. Artículo Tercero.- El citado funcionario presentará a la Alta Dirección un informe sobre los resultados del evento y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, con copia a la Gerencia de Cooperación Técnica, así como un ejemplar de los materiales técnicos obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 400194-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Yahuas de Urco Miraño, departamento de Loreto RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 607-2009-JNAC/RENIEC Lima, 16 de setiembre de 2009 VISTO: el Informe Nº 000267-2009/SGIRC/ GRC/RENIEC de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles y el Informe Nº 000067-2009-GRC/ RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles. CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas, y acorde con ello el Artículo 11º de la misma norma, precisa que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procedimiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, el Artículo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Ofi cina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Artículo 262º del Código Civil señala que éste se tramita y celebra ante un Comité Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquía de la respectiva comunidad, el cual será presidido por el directivo de mayor jerarquía; Que, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, a través del Informe de la referencia señala que la Comunidad Nativa Yahuas de Urco Miraño no ha presentado Acta de Conformación de Comité Especial, a que se refi ere el considerando precedente; Que, la Ofi cina Registral que funciona en la Comunidad Nativa a que se refi ere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularización de Ofi cina Registral, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Yahuas de Urco Miraño, distrito de Mazán, provincia de Maynas, departamento de Loreto. Artículo 2º.- El Jefe de la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad