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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (22/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de setiembre de 2009 403032 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aceptan donación de bienes efectuada a favor del Gobierno Regional de Tacna RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 295-2009-P.R./GOB.REG.TACNA Fecha, 31 de agosto de 2009 VISTO: El Documento Nº 002-2009-ENAPUSA/PDTA.COM. TRANS de fecha 19 de Agosto 2009 y Copia Certifi cada del Acta de la Junta General de Accionistas de la Empresa Nacional de Puertos S.A. de fecha 13 de Diciembre 2006. El Acuerdo de Directorio Nº 90/06/2004 de la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A de fecha 24 de Junio 2004. El Acta de Transferencia y Recepción ENAPU S.A. – GOBIERNO REGIONAL DE TACNA de fecha 07 de Julio 2004. CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Gobierno Regional de Tacna, mediante Ofi cio Nº 1811-2003-P.R./GOB.REG.TACNA de fecha 18 de Diciembre 2003, solicita al Presidente del Directorio de ENAPU S.A. la transferencia de la administración del Ferrocarril Tacna – Arica, basado en que sus instalaciones llegan hasta el muelle que se tiene para su uso exclusivo del Perú en Arica, cuya mayor operatividad se viene impulsando ligada al funcionamiento de la ZOFRATACNA y el comercio en general de la Región. Asimismo, menciona que la recuperación y reinicio del servicio ferroviario entre Tacna y Arica es un valioso medio para el trabajo de cientos de compatriotas y además parte fundamental de la estrategia de desarrollo regional a corto y mediano plazo para dotar a la Región Tacna de una infraestructura de soporte vinculada a la logística del comercio internacional y el turismo. Que, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dichos Organismos tienen como funciones en materia de transportes, la de planifi car, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, así como promover la inversión privada, nacional y extranjera en proyectos de infraestructura de transporte. Asimismo, la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, establece que dichos Gobiernos pueden formular y promover proyectos en el ámbito regional para la participación de la inversión privada. Que, se acoge la transferencia de los bienes a título gratuito, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: Que, el Gobierno Regional de Tacna ha planteado la transferencia, que la explotación de la infraestructura ocasiona pérdidas a la empresa, que la promoción de la inversión privada requiere de subvenciones o de co- fi nanciamiento del Estado; y, que el ferrocarril no puede ser liquidado por ser un patrimonio histórico y por consiguiente no puede ser vendido. Que, en tal razón, la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A. en Sesión de Directorio del 24 de Junio 2004, suscribe el Acuerdo Nº 90/06/2004 sobre Revocatoria del Acuerdo de Directorio Nº 45/03/2003/D y Aprobación de la Transferencia Ad Referéndum bajo la modalidad de Donación de los Bienes de Activo Fijo y Suministros conformantes del Tramo Ferroviario Tacna – Arica al Gobierno Regional Tacna. Que, con Acta de Transferencia y Recepción ENAPU S.A. – GOBIERNO REGIONAL TACNA de fecha 07 de Julio 2004, la Comisión de Transferencia de la Empresa Nacional de Puertos – ENAPU S.A. y la Comisión de Recepción del Gobierno Regional Tacna y en atención al Acuerdo de Directorio Nº 90/06/2004/d ENAPU S.A. hace entrega AD REFERENDUM de los bienes muebles e inmuebles de activo fi jo que conforman el tramo ferroviario Tacna - Arica y aquello que por derecho le corresponda a ése a favor de la Región Tacna, la misma que asume la administración y operación del ferrocarril, con la fi nalidad de asegurar la continuidad de los servicios de Tacna a Arica, quedando ENAPU S.A. automáticamente relevada de cualquier tipo de responsabilidad derivada de la operación y administración del sistema ferroviario que se entrega a la Región. Que, en Acta de Junta General de Accionistas de la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A. de fecha 13 de Diciembre 2006 se acuerda por unanimidad Aprobar la Donación de los bienes de Activo Fijo y Suministros correspondientes al Tramo Ferroviario Tacna – Arica a favor del Gobierno Regional de Tacna de conformidad con el Acuerdo de Directorio Nº 003-2006/029-FONAFE de fecha 21 de Noviembre 2006, comunicado al Gobierno Regional con Documento Nº 002-2009-ENAPUSA/PDTA. COM.TRANS de fecha 19 de Agosto 2009 por la Presidenta del Comité de Transferencia de la ENAPU S.A. Que, la “Toma de Inventario y Tasación de Muebles e Inmuebles de Activo Fijo y Suministros del Tramo Ferroviario Tacna – Arica”, se realizó en cumplimiento a lo dispuesto por la Junta General de Accionistas de ENAPU S.A. que en Sesión de fecha 13 de Diciembre 2006, aprobaron la donación de los bienes de activo fi jo y suministros correspondientes al Tramo Ferroviario Tacna Arica a favor del Gobierno Regional Tacna. Que, la “Toma de Inventario y Tasación de Muebles e Inmuebles de Activo Fijo y Suministros del Tramo Ferroviario Tacna – Arica”; consta de: 1) Listado Conciliado y Valorizado – Activos Fijos, el cual es desdoblado en cuatro (4) grupos: Terrenos, Edifi cios y Obras Complementarias, Vía Férrea y Periféricos; Unidades Rodantes, Maquinaria y Equipos; y Muebles y Enseres. 2) Listado de Suministros: Conciliados, Faltantes y Sobrantes. 3) Listado de Faltantes – Activos Fijos: Unidades Rodantes, Maquinaria y Equipos, Muebles y Enseres. 4) Listado de Sobrantes - Activos Fijos: Terrenos, Edifi cios y Obras Complementarias, Unidades Rodantes, Maquinaria y Equipos, Muebles y Enseres y Chatarra. Que, el Gobierno Regional Tacna, por intermedio del Área de Gestión Patrimonial (Informe Nº 056-2009-AGP/GOB.REG. TACNA) de la Ofi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Gestión Patrimonial (Informe Nº 054-2009-ORA-OEAyGP/GOB.REG. TACNA) de la Dirección Regional de Administración, realizó la verifi cación física de los bienes que detalla el “Inventario y Tasación de Muebles e Inmuebles de Activo Fijos y Suministros del Tramo Ferroviario Tacna – Arica”; informando que se ubicó físicamente todos los bienes que detalla el Inventario en mención, dando la conformidad respectiva; y, asimismo, respecto a los bienes inmuebles incluidos en el Inventario del Ferrocarril; el mismo es verifi cado por la Ofi cina Ejecutiva de Administración de Bienes Inmuebles (Informe Nº 0089-2009-3B-ORABI/GOB.REG.TACNA) dando la conformidad sobre la verifi cación de las tres propiedades: La Estación Ferroviaria de Tacna la cual está inscrita en la Ficha 20078 y las dos subestaciones ubicadas en el Sector de Magollo y Hospicio aproximadamente a 19 y 29 Km del recorrido del Tren Tacna Arica respectivamente. Que, con Acta de fecha 22 de Mayo 2009, la Comisión de Recepción del Gobierno Regional Tacna suscribe el Acta de Transferencia defi nitiva de los bienes de Activo Fijo y Suministros que conforman el Tramo Ferroviario Tacna – Arica de ENAPU S.A. al Gobierno Regional Tacna dando la conformidad respectiva al Inventario realizado; por lo que, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, modifi cada por las Leyes Nº 27950 y 28139, en uso de la atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias las Leyes 27902, 28013, 28161 y 28926; y, contando con el visto bueno de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Ofi cina Ejecutiva de Administración de Bienes Inmuebles, Ofi cina Regional de Administración y la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la DONACIÓN de Bienes Muebles e Inmuebles de Activo Fijo y Suministros