Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (23/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de setiembre de 2009 403038 Item 11 del Plan Anual de Viajes al Extranjero y sus modifi catorias del Sector Defensa año 2009, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009-DE del 19 de enero de 2009; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 -Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 junio 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 enero 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización Autorizar el viaje en Comisión de Servicio al Exterior, de una Comisión del Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN) a República Dominicana, del 05 al 09 de Octubre de 2009, para que participe en la “X Conferencia de Directores de Colegios de Defensa de Iberoamérica”. Dicha Comisión estará conformada por: Calm William SCHMITT LUNA Director Ejecutivo del CAEN Dr. Carlos CASTILLA BENDAYAN Director del Instituto de Investigaciones Estratégicas del CAEN Artículo 2º.- Gastos El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima-República Dominicana-Lima) US$ 600.00 x 2 Personas US$ 1,200.00 Viáticos US$ 200.00 x 05 días x 2 personas US $ 2,000.00 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 31 x 2 personas US $ 62.00 Artículo 3º.- Presentación de Informe El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de Junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG del 26 de Enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008- 2004 DE/SG del 30 de Junio de 2004. Artículo 4º.- Derecho de Exoneración La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase ni denominación. Artículo 5º.- Facultad para variación de fechas El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 6º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 401001-6 Autorizan viaje de personal militar FAP a Chile para participar en el “Ejercicio Virtual Cooperación I” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 394-2009-DE/FAP Lima, 22 de setiembre de 2009 Vista la Papeleta de Trámite NC-55-SGFA-Nº 3472 de fecha 16 de julio de 2009, y el mensaje SGFA-OEN- 241600 del mes de julio de 2009, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Chile, al Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en el “EJERCICIO VIRTUAL COOPERACION I”, programado por el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), a realizarse en Puerto Mont, del 04 al 09 de octubre de 2009; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la citada comisión se encuentra incluida en el Rubro 4.- Actividades Operacionales, Item 36, del Anexo 1 del Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Año Fiscal 2009, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009 DE/ SG de 19 de enero de 2009 y sus modifi catorias; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29075 – Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y por el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG del 03 de febrero de 2009, Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Chile, al Personal Militar FAP que se indica a continuación, para que participe en el “EJERCICIO VIRTUAL COOPERACION I”, programado por el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), a realizarse en Puerto Mont, del 04 al 09 de octubre de 2009: Coronel FAP JORGE LUIS CHAPARRO PINTO Coronel FAP JAVIER MARTIN TUESTA MARQUEZ Comandante FAP EDMUNDO FERNANDO ADRIANZEN RONCEROS Comandante FAP HANS ERICK GOTTFRIED YAÑEZ Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima- Puerto Mont-Lima US $ 699,25 x 04 Ofi ciales Viáticos: US $ 200 x 06 Días x 04 Ofi ciales Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US $ 31 x 04 Ofi ciales Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG del 30 de junio de 2004.