NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (23/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de setiembre de 2009 403040 Autorizan transferencia de partidas y transferencias financieras del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para financiar proyectos de inversión del Programa Agua para Todos DECRETO SUPREMO Nº 209-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, así como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009, establece que los recursos asignados en los presupuestos institucionales de los Pliegos del Gobierno Nacional, para la ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria a nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de Convenio. Excepcionalmente, en el caso que el proyecto de inversión sea ejecutado por Empresas Públicas los recursos son transferidos fi nancieramente, mediante Decreto Supremo en cualquier fuente de fi nanciamiento, previa suscripción de Convenio. Los recursos con cargo a Recursos Ordinarios que se transfi eren a dichas Empresas se mantienen y administran en las cuentas del Tesoro Público, conforme a lo que disponga la Dirección Nacional del Tesoro Público y no generan saldo de balance; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009, las transferencias de recursos a que hace referencia el literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se sujetan a lo establecido en la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009; Que, el Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en su Presupuesto Institucional 2009, cuenta con recursos para la ejecución de proyectos de inversión en saneamiento y urbanismo en diversos Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas de Saneamiento, en el marco del Programa Agua para Todos; Que, mediante el Memorándum Nº 1070-2009- VIVIENDA-VMCS-PAPT/DE, el Director Ejecutivo del Programa Agua para Todos, con los Informes Técnicos correspondientes, emite opinión favorable para la transferencia de partidas por un monto de TRECE MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 609 696,00) a favor de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la ejecución de los proyectos de inversión de saneamiento, viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, que se detallan en el Anexo I que forma parte del presente Decreto Supremo, así como, para la transferencia fi nanciera por un monto de UN MILLON DIECISEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 016 992,00) a favor de Empresas Públicas de Saneamiento para la ejecución de los proyectos de inversión de saneamiento, viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, que se señalan en el Anexo II que forma parte del presente Decreto Supremo, con quienes a su vez, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha suscrito los Convenios y/o Adendas correspondientes; Que, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el Memorándum Nº 1756-2009-VIVIENDA/OGPP, ha informado sobre la disponibilidad de recursos para la transferencia de partidas, hasta por la suma de TRECE MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 609 696,00) a favor de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para fi nanciar la ejecución de los proyectos de saneamiento señalados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto Supremo; así como, la disponibilidad de recursos para la transferencia fi nanciera, hasta por la suma de UN MILLON DIECISEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 016 992,00) a favor de Empresas Públicas de Saneamiento, para fi nanciar la ejecución de los proyectos de saneamiento señalados en el Anexo II que forma parte del presente Decreto Supremo; De conformidad con lo establecido por la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de TRECE MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 609 696,00), de acuerdo a lo siguiente: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Agua para Todos FUNCION 18 : Saneamiento PROGRAMA FUNCIONAL 040 : Saneamiento SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0088 : Saneamiento Urbano ACTIVIDAD 1.046721 : Transferencia para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 13 609 696,00 ------------------------- TOTAL S/. 13 609 696,00 ============== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 345 204,00 PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 13 264 492,00 ------------------------- TOTAL S/. 13 609 696,00 ============== La transferencia de partidas autorizada por el presente Decreto Supremo será destinada exclusivamente para el fi nanciamiento de los proyectos de saneamiento señalados en el Anexo I que forma parte de la presente norma, el cual detalla los Pliegos habilitados y el monto de transferencia para cada proyecto. Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a