Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2009 (23/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de setiembre de 2009

por las unidades organicas de la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central, asi como de las Unidades Ejecutoras 002: Programa Nacional Wawa Wasi, 004: Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social ­ FONCODES, 005: Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA, 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF y 009: Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el "Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social" correspondiente al Ano Fiscal 2009, conforme a la propuesta presentada por la Oficina de Planificacion de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; Con la visacion de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 27793 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Plan Operativo Institucional Reformulado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social" correspondiente al Ano Fiscal 2009, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, a traves de su Oficina de Planificacion, el seguimiento y evaluacion del Plan Operativo Institucional Reformulado, aprobado por la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los Jefes y/o Directores de las unidades organicas de la Unidad Ejecutora Nº 001: Administracion Nivel Central y los Directores Ejecutivos de los Programas Nacionales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social deberan remitir a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto los informes trimestrales de ejecucion de sus metas, asi como senalar las principales limitaciones o facilidades presentadas para el cumplimiento de las mismas, dentro de los diez (10) dias de vencido el correspondiente periodo. Articulo 4º.- El Plan Operativo Institucional Reformulado, aprobado por la presente Resolucion, sera de conocimiento y cumplimiento obligatorio por parte de todas las unidades organicas de la Unidad Ejecutora Nº 001: Administracion Nivel Central y los Programas Nacionales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Articulo 5º.- Disponer que la presente Resolucion y su Anexo MORDAZA publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (www.mimdes. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 400913-1

economico, politico y cultural, contribuyendo de este modo al respeto de su dignidad; Que, el articulo 6 de la Ley Nº 28803 dispone que la Direccion de Personas Adultas Mayores de la Direccion General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social establecera los requisitos minimos para el funcionamiento de las MORDAZA de reposo u otros locales analogos destinados a brindar atencion a las personas adultas mayores; Que, en tal sentido, el citado organo de linea ha formulado un documento donde se establecen los requisitos minimos para el funcionamiento de las MORDAZA de reposo u otros locales analogos destinados a brindar atencion a las personas adultas mayores, a las que denomina Centros de Atencion Residencial para personas adultas mayores; Que, el articulo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, preve que, para el ejercicio de las competencias compartidas en las funciones que son materia de descentralizacion, corresponde a los Ministerios dictar normas y lineamientos tecnicos para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, a traves de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los requisitos minimos para el funcionamiento de los Centros de Atencion Residencial para personas adultas mayores, con la finalidad de asegurar la atencion integral de dicho segmento de la poblacion y, a su vez, garantizar el ejercicio de sus derechos y defensa de sus intereses; De conformidad con la Ley Nº 28803 ­ Ley de las Personas Adultas Mayores y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2006-MIMDES, la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27793 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los "Requisitos minimos para el funcionamiento de los Centros de Atencion Residencial para personas adultas mayores", el cual consta de dieciseis (16) articulos, agrupados en cinco (5) titulos, y seis (6) disposiciones complementarias finales, cuyo Anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de los "Requisitos minimos para el funcionamiento de los centros de atencion residencial para personas adultas mayores", en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (www.mimdes.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 400913-2

PRODUCE
Autorizan viaje de funcionario a Marruecos para participar en evento organizado por el Programa Conjunto FAO/OMS
RESOLUCION SUPREMA Nº 032-2009-PRODUCE MORDAZA, 22 de setiembre del 2009. VISTOS: el Memorando Nº 3715-2009-PRODUCE/ DVP del Despacho Viceministerial de Pesqueria, el Informe Tecnico Nº 001-2009-PRODUCE/DVP-Ases de la Asesora del Despacho Viceministerial de Pesqueria, el Informe Nº 674-2009-PRODUCE/OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, los Memorandos Nºs 1077 y 11232009-PRODUCE/OGA ambos de la Oficina General de Administracion y el Informe Nº 106-2009-PRODUCE-

Aprueban "Requisitos minimos para el funcionamiento de los Centros de Atencion Residencial para personas adultas mayores"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 376-2009-MIMDES MORDAZA, 21 de septiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28803, Ley de las Personas Adultas Mayores, establece el MORDAZA normativo que garantiza los mecanismos legales para el pleno ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, reconocidos en la Constitucion Politica del Estado y los tratados internacionales vigentes, con la finalidad de mejorar su calidad de MORDAZA y su integracion plena al desarrollo social,

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