Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2009 (26/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de setiembre de 2009

traves del Sistema Pago Facil o del Formulario N° 1076 "Trabajadores del Hogar", para lo cual a su vez debera contar con el Codigo de Usuario y la Clave SOL; Que el articulo 3° de la Resolucion de Superintendencia N° 109-2000/SUNAT y normas modificatorias que regula la forma y condiciones en que los deudores tributarios pueden realizar diversas operaciones a traves de Internet mediante el Sistema SUNAT Operaciones en Linea establece que para obtener el Codigo de Usuario y la Clave SOL el empleador del trabajador del hogar con CIE debe presentar la solicitud de acceso debidamente llenada y firmada; Que mediante la Resolucion de la Superintendencia N° 147-2003/SUNAT y modificatoria se aprobo el formato "Solicitud de Acceso al Sistema SUNAT Operaciones en Linea"; Que atendiendo a lo senalado en los considerandos precedentes, resulta conveniente actualizar el formato MORDAZA citado; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello seria innecesario debido a que mediante esta solo se agrega un documento mas de identificacion para la realizacion de los tramites relacionados con el Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y Derechohabientes y se actualiza el formato "Solicitud de Acceso al Sistema SUNAT Operaciones en Linea" siguiendo lo previsto en las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 159-2007/SUNAT y 245-2008/ SUNAT; En uso de las facultades conferidas por el articulo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, el articulo 11° de la Ley General de la SUNAT aprobada por Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- INCORPORACION DE LA CEDULA DIPLOMATICA DE IDENTIDAD COMO DOCUMENTO QUE ACREDITA LA IDENTIDAD DEL EMPLEADOR DEL TRABAJADOR DEL HOGAR Incorporase como literal d) del primer parrafo del articulo 4° de la Resolucion de Superintendencia N° 1912005/SUNAT, el texto siguiente:

"Articulo 4°.- DE LOS DOCUMENTOS QUEACREDITAN LA IDENTIDAD DEL EMPLEADOR, EL TRABAJADOR DEL HOGAR Y SUS DERECHOHABIENTES (...) d) Cedula Diplomatica de Identidad (...)" Articulo 2°.- SUSTITUCION DEL FORMATO "SOLICITUD DE ACCESO A SUNAT OPERACIONES EN LINEA" Sustituyase el anexo de la Resolucion de Superintendencia N° 147-2003/SUNAT "Solicitud de Acceso a SUNAT Operaciones en Linea" y modificatoria por el anexo de la presente resolucion, el cual de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 9° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, sera publicado en el MORDAZA de la SUNAT en la Internet cuya direccion es http://www.sunat.gob.pe, en la misma fecha en que se publique la presente resolucion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Uso de los formatos impresos Los formatos "Solicitud de Acceso a SUNAT Operaciones en Linea" impresos con anterioridad a la vigencia de la presente resolucion podran ser utilizados hasta el 31 de diciembre de 2010. Para tal efecto, cuando corresponda, se consignara el Codigo de Inscripcion del Empleador en el espacio correspondiente al numero de Registro Unico de Contribuyentes. Segunda.- Vigencia La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DELLEPIANE Superintendente Nacional 402608-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

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