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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (08/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de abril de 2010 416840 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aprueban la modificación de los Cuadros para Asignación de Personal de las Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional Piura ORDENANZA REGIONAL Nº 184-2010/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modifi catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforma a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, de fecha 18 de junio del 2004, se han aprobado los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP – de las entidades de la Administración Pública, que en el artículo 14º, numeral 14.5, establece que en el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales y demás entidades que mantienen dependencia funcional y técnica con los Ministerios, el proyecto de CAP se elabora de conformidad con las disposiciones complementarias que establece el respectivo Ministerio; el artículo 15º establece que en el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal se efectuará por Ordenanza Regional; y el artículo 17º señala que las Entidades deberán cumplir con publicar su CAP en el Portal Electrónico del Ministerio y en el del Gobierno Regional correspondiente dentro de los tres (03) días calendario siguientes a la fecha de publicación de la Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad de los funcionarios conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, mediante la Ley Nº 28498 del 14 de abril de 2005, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los profesionales de la salud no médicos cirujanos a nivel nacional que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, se encuentren prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad; asimismo con Ley Nº 28560 del 27 de junio del 2005, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, se encuentren prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad; Que, con Decreto Supremo Nº 005-2010-SA, del 16 de marzo de 2010, se aprueban los “Lineamientos para el proceso de nombramiento del año 2010 en el marco de las Leyes Nº 28498 y 28560, y Decreto de Urgencia Nº 094- 2009, en las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales”; estableciéndose en su numeral 5. que Las unidades ejecutoras de salud deberán efectuar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP en caso no se cuente con cargos previstos para efectuar el nombramiento del personal señalado en los numerales 4.2 y 4.4. Para ello, dichas unidades deberán solicitar a sus pliegos respectivos la aprobación de las modifi caciones correspondientes a fi n de considerar los cargos necesarios para los nombramientos, en un plazo que no deberá exceder los diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del decreto supremo que aprueba los presentes lineamientos en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Informe Nº 2246-2010/GRP-460000, de fecha 17 de diciembre del 2009, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre la procedencia de actualización del Cuadro para Asignación de Personal de las diversas Unidades Ejecutoras que pertenecen a la Dirección Regional de Salud Piura, señalando que en ejercicio de la autonomía administrativa, los Gobiernos Regionales están en la potestad de organizar su estructura interna, sin intervención de otros niveles de gobierno, siendo su único límite lo establecido en la Constitución Política y las leyes de desarrollo; Que, con Ofi cio Nº 1001-10/GOB.REG.PIURA-DRSP- OEPE del 19 de marzo de 2010, la Dirección Regional de Salud de Piura remite la propuesta de modifi cación de CAP 2010 correspondiente a la Sede de la Dirección Regional de Salud Piura, Dirección de Red Piura Castilla, Dirección de Red de Salud Bajo Piura, Dirección de Red de Salud Huancabamba y Dirección de Red de Huarmaca; con Ofi cio Nº 019-2010-GOB.REG.PIURA-DRSP-DRS “LCC” OPPTO del 22 de marzo, la Dirección de Planeamiento Estratégico de la Dirección Sub Regional de Salud “Luciano Castillo Colonna” remite los CAP de Dirección Sub Regional de Salud de Sullana, Red de Salud Sullana, y Red de Salud Ayabaca; con Ofi cio Nº 211-2010-GOB. REG.PIURA-DRSP-E.S II-1HLMP-D del 23 de marzo de 2010, se presenta el CAP de la Dirección del Hospital “Nuestra Señora de Las Mercedes” de Paita; con Ofi cio Nº 293-2010-GOB.REG.PIURA-DRSP-E.S.II-1 HCHUL-D del 22 de marzo de 2010, se presenta el CAP la Dirección del Hospital de Chulucanas; con Ofi cio Nº 361-2010-GOB. REG.PIURA-DRSP-D.RedS.MCH.DE del 22 de marzo de 2010, se remite el CAP de la Red de Salud de Chulucanas; y asimismo se presenta el CAP de la Dirección del Hospital de Apoyo de Sullana II-2; Que, con Informe Nº 035-2010/GRP-4100-410300 del 24 de marzo de 2010, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional señala que el numeral 5 del Decreto Supremo Nº 005-2010-SA dispone como aspecto general la modifi catoria del Cuadro para Asignación de Personal para la acción y trámite de aprobación para nombramiento en el marco de las Leyes Nros. 28498 y 28560, las cuales disponen que cada unidad ejecutora del sector procederá a elaborar la modifi catoria del CAP de acuerdo a los criterios técnicos que establece el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, estableciéndose también que para la creación de cargos previstos se tiene en cuenta la necesidad institucional, la naturaleza de cargos previstos, el nivel de responsabilidad que amerita el cumplimiento de requisitos y califi caciones para su cobertura, así como la jerarquía de la norma; y habiendo cumplido las diversas Unidades Ejecutoras del sector Salud con el cumplimiento del numeral 5.3 del Decreto Supremo Nº 005-2010-SA, presentando sus proyectos de CAP en la fecha 23 de marzo de 2010 a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial adjuntando los Informes Técnico y legales, ascendiendo el monto total de aprobación según las estructuras de costos