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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (13/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de abril de 2010 417084 Que, la Municipalidad de Santiago de Surco se solidariza con los familiares del señor Ingeniero ENRIQUE EDUARDO MARTINELLI FREUNDT, por lo que considera oportuno decretar tres (03) días de duelo laborables en el Distrito de Santiago de Surco, así como disponer el izamiento de la Bandera Municipal a media asta, en la sede central y en los locales de la Municipalidad en señal de duelo; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DECLARAR tres (03) días de Duelo efectivizados del 11 al 13 de abril del 2010, en el Distrito de Santiago de Surco, por el fallecimiento del Regidor del Concejo Distrital de Santiago de Surco señor Ingeniero ENRIQUE EDUARDO MARTINELLI FREUNDT. Artículo Segundo.- IZAR la Bandera Municipal a media asta desde el 11 al 13 de abril del 2010, en la sede central y en los locales de la Municipalidad de Santiago de Surco, en señal de duelo, por el sensible fallecimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Tránsito y de Seguridad Ciudadana y a la Gerencia de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 479360-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Convocan a la realización de Matrimonios Civil Comunitarios durante el año 2010 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2010/MVMT Villa María del Triunfo, 25 de marzo de 2010 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTOS: el Informe N° 020-2010-SGRCC-GSCGA/ MVMT, de la Subgerencia de Registro Civil y Cementerio; Memorándum N° 0152-2010-GSCGA-MVMT, de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental; respecto a la programación de matrimonios civil comunitarios durante el año 2010; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 020-2010-SGRCC-GSCGA/ MVMT, la Subgerencia de Registro Civil y Cementerio ante la demanda de los pobladores para la realización de ceremonia de matrimonio civil comunitario, en vista de que no cuentan con recursos económicos necesarios para cumplir con la regularización de su estado civil, propone la programación de matrimonios civil comunitarios durante el año 2010; Que, estando a las consideraciones vertidas en el Informe de la referencia, es necesario emitir la aprobación respectiva; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a la realización del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, de acuerdo al siguiente cronograma: - 1er MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2010 Motivo : Día de la Madre Día : Sábado 15 de mayo de 2010 Lugar : Plaza Mayor de Villa María del Triunfo. - 2do MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2010 Motivo : Santa Rosa de Lima Día : Sábado 28 de agosto de 2010 Lugar : Plaza Principal de José Carlos Mariategui - 3er MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2010 Motivo : Aniversario de Villa María del Triunfo Día : Sábado 04 de diciembre de 2010 Lugar : Plaza Mayor de Villa María del Triunfo. Artículo Segundo.- DISPENSAR de la publicación de los Edictos Matrimoniales a los vecinos del Distrito que participen en la realización del matrimonio comunitario convocado mediante el presente Decreto, debiendo cumplir con la presentación de los siguientes requisitos: I. REQUISITOS: - Partida de Nacimiento de ambos contrayentes. - Certifi cado Médico de ambos contrayentes. - Declaración Jurada de soltería, sí residen en el distrito. - DNI actualizado de ambos contrayentes, en original y copia. - Dos testigos mayores de edad. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, a través de la Subgerencia de Registro Civil. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 479851-1 Prorrogan plazos para el pago al contado o de cuota del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2010-MVMT Villa María del Triunfo, 31 de marzo del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con autonomía para regular los asuntos de su competencia y poder tributario para crear, modifi car y extinguir sus tasas y contribuciones, de acuerdo a lo señalado en la Constitución Política vigente; Que, la Ordenanza N° 110/MVMT, que prorrogó el plazo de vencimiento de la Cancelación al contado y en forma fraccionada de la primera cuota del Impuesto Predial del Ejercicio 2010. Que, dicha Ordenanza en su Primera Disposición Transitoria y Final, faculta al Alcalde para dictar las disposiciones complementarias necesarias respecto al vencimiento de la cancelación al contado y en forma