Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (16/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de abril de 2010 417200 Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, los viajes en comisión de servicio de la señora Betty Armida Sotelo Bazán, Directora General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y del señor Carlos Prieto Balbuena, Director General de la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 23 al 26 de abril de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Señora Betty Armida Sotelo Bazán Pasajes : US$ 884,20 Viáticos : US$ 660,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 31,00 Señor Carlos Prieto Balbuena Pasajes : US$ 884,20 Viáticos : US$ 660,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes los referidos funcionarios deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyos viajes se autorizan. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 481734-4 ENERGIA Y MINAS Aprueban modificación del Contrato de Concesión Nº 267-2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 161-2010-MEM/DM Lima, 7 de abril de 2010 VISTO: El Expediente Nº 18182809, organizado por Aguas y Energía Perú S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 03009259 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre modifi cación de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Piás 1; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 011-2006- EM publicada el 23 de febrero de 2006, se otorgó a favor de Aguas y Energía Perú S.A. la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Piás 1, con una potencia instalada de 11 MW, ubicada en el departamento de La Libertad, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente Nº 11133404, aprobándose asimismo el Contrato de Concesión Nº 267-2005; Que, el 24 de setiembre de 2009, mediante el documento con registro de ingreso Nº 1924844, Aguas y Energía Perú S.A. solicitó la modifi cación de su concesión defi nitiva, con la fi nalidad de incrementar la potencia instalada de la Central Hidroeléctrica Piás 1 de 11 MW a 12,6 MW; Que, el 02 de mayo de 2008, fue publicado el Decreto Legislativo Nº 1002, en cuyo artículo 3º se estableció que la generación hidráulica, es califi cada como Recurso Energético Renovable, siempre que la capacidad instalada no sobrepase los 20 MW, para cuyo efecto la Primera Disposición Modifi catoria del citado Decreto modifi có los artículos 3º, 4º y 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas en los siguientes aspectos: a) se incorporó el derecho eléctrico de concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables, con potencia instalada mayor de 500 kW, b) se eliminó del artículo 4º la autorización para centrales hidroeléctricas, y c) el trámite de aprobación de una concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables con capacidad de 500 kW a 20 MW, quedó sujeto al procedimiento correspondiente al de una autorización; Que, tomando en consideración los cambios sufridos en la normatividad eléctrica y la solicitud de Aguas y Energía Perú S.A. para modifi car su concesión defi nitiva, la Dirección General de Electricidad ha procedido a encauzar su solicitud de modifi cación de concesión dentro del procedimiento correspondiente al de una concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para la Central Hidroeléctrica Piás 1, con una potencia instalada de 12,6 MW, asignándole como nuevo código de Expediente el Nº 18182809; Que, la peticionaria ha presentado una Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservación del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en los artículos 3º y 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, concordado con el artículo 66º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 045-2010-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 66º de su Reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1002; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación del contrato de concesión Nº 267-2005, el mismo que queda sustituido por un contrato de concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Piás 1, a partir de su puesta en operación comercial el 24 de febrero de 2012, que consta de 19 Cláusulas y 5 Anexos. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, la Minuta de modifi cación al Contrato de Concesión Nº 267-2005, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3º.- Precisar que en razón que al 03 de mayo de 2008 la Central Hidroeléctrica Piás 1 no se encontraba en operación comercial, le es de aplicación las normas especiales contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1002. Artículo 4º.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá insertarse en la Escritura Pública que origine la modifi cación al Contrato de Concesión Nº 267- 2005, en cumplimiento del artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y