Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2010 (16/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Sistema Portuario Nacional aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y modificado por Decreto Supremo Nº 019-2010-MTC Modificar los parrafos MORDAZA y MORDAZA del articulo 57 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y modificado por Decreto Supremo Nº 019-2010-MTC, con el texto siguiente: "Articulo 57.(...) Cuando por razones de necesidad publica el Ministerio de Transportes y Comunicaciones determine que resulta conveniente promover la competencia en la administracion de la infraestructura portuaria publica comprendida en el MORDAZA de promocion de la inversion privada, la entrega en administracion al sector privado de la referida infraestructura se realizara con la participacion de ENAPU S. A., a traves de la modalidad de Asociacion en Participacion prevista en el numeral 10.3 de la Ley. El contrato de Asociacion en Participacion otorga al inversionista privado la facultad de actuar como Asociante para la explotacion del Puerto comprendido bajo dicho contrato, con todos los derechos y obligaciones previstos en la Ley. (...) Para la modalidad de Asociacion en Participacion, se llevara a cabo un MORDAZA de seleccion publico a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo los criterios de evaluacion a aplicar, entre otros, la capacidad economica y la experiencia tecnica del inversionista privado". Articulo 2º.- Modifiquese el articulo 3 del Decreto Supremo Nº 019-2010-MTC Modificar el articulo 3 del Decreto Supremo Nº 0192010-MTC con el texto siguiente: "Articulo 3º.- Procedimiento de seleccion para la celebracion de los contratos de Asociacion en Participacion en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones Facultar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que mediante Resolucion Ministerial, apruebe el procedimiento de seleccion publico, que conlleve a la determinacion del Asociante y a la celebracion de los contratos de Asociacion en Participacion que se realicen en el MORDAZA del articulo 10.3 de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional en concordancia con lo dispuesto en el articulo 57 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004MTC, que tengan por objeto promover la inversion privada en los terminales portuarios administrados por ENAPU S.A., el cual estara a cargo del Comite de Inversion en Materia Portuaria que se debera crear para dichos efectos. En los casos en que se opte por la participacion del Comite de Inversion en Materia Portuaria que se creara en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, este tendra competencia respecto de todos los proyectos de provision de infraestructura y servicios publicos portuarios, realizados a traves de la modalidad de asociacion en participacion de alcance nacional, sin las limitaciones senaladas en el inciso i), numeral 5.4 del articulo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico - Privadas para la generacion de empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada aprobado por Decreto Supremo Nº 146-2008-EF". Articulo 4º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

Autorizan al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la ejecucion de la expropiacion de dos inmuebles adicionales adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 044-2010-MTC
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Informe Tecnico Nº 044-2009-MTC/CANETAAIJCH, de fecha 28 de diciembre de 2009, remitido por la Comision de Alto Nivel, encargada de llevar a cabo los procesos de expropiacion de los bienes inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, en adelante CANETAAIJCH; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 6 de la Ley Nº 27117 - Ley General de Expropiaciones, en adelante la Ley, establece que la ejecucion de expropiacion para el caso del Poder Ejecutivo se efectua mediante Resolucion Suprema con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, el articulo 8 de la Ley, establece que la Resolucion Suprema mediante la cual se ejecuta la expropiacion, debera precisar: a) El sujeto activo de la expropiacion; b) El sujeto pasivo de acuerdo al informe expedido por el Registro que corresponda, conteniendo el nombre del propietario de los bienes a expropiar y las posibles duplicidades de inscripcion que puedan existir, asi como las cargas, gravamenes y demas anotaciones existentes; c) La identificacion precisa del bien a expropiar, de acuerdo a coordenadas UTM de validez universal y al informe expedido por la Oficina de Catastro del registro respectivo; y, d) El valor de tasacion comercial actualizado de acuerdo a lo establecido en el articulo 16 de la Ley; Que, mediante la Ley Nº 27329, Ley que declara de necesidad publica la expropiacion de los bienes inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", se establece que la expropiacion materia de la misma es para la realizacion de obras de gran envergadura, por lo que se aplica el procedimiento previsto en el articulo 7 de la Ley; Que, por Resolucion Suprema Nº 137-2000-MTC, se creo la Comision de Alto Nivel encargada de llevar a cabo el MORDAZA de expropiacion a que se refiere la Ley Nº 27329 - Ley que declara de necesidad publica la expropiacion de los bienes inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez"; Que, con Resolucion Ministerial Nº 425-2000-MTC-15.01, se delego a la Comision referida en el considerando anterior: a) Iniciar los tramites del MORDAZA de expropiacion de acuerdo a lo senalado en la Ley; b) Iniciar el MORDAZA de trato directo con los sujetos pasivos de la expropiacion; c) Efectuar las gestiones tendentes a la reubicacion de los asentamientos humanos senalados en la Ley Nº 27329, en terrenos proporcionados por la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial S.A. ­ CORPAC S.A.; y, d) Coordinar con el Ministerio de Economia y Finanzas a fin de que se efectuen las transferencias presupuestales necesarias; Que, a traves de la Ley Nº 29171, se establecieron medidas excepcionales para agilizar el procedimiento de expropiacion, respecto de los inmuebles afectados por la ejecucion de obras publicas de infraestructura hidraulica, energetica, de transporte y saneamiento de gran envergadura; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 316-2002-PCM, se autorizo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la ejecucion de la expropiacion de nueve (9) predios adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez; Que, por Resolucion Suprema Nº 053-2008-MTC, se autorizo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la ejecucion de la expropiacion de veinte (20) predios adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez; Que, con Resolucion Suprema Nº 093-2008-MTC, se autorizo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la ejecucion de la expropiacion de dieciseis (16) predios adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez; Que, por medio de las Resoluciones Supremas Nºs. 140 y 141-2008-MTC, se autorizo al Ministerio de Transportes

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