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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (16/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de abril de 2010 417198 COLOMBIA 1. MAYOR CARLOS JAVIER MONSALVE DUARTE 2. CORONEL HUMBERTO DE JESUS GUATIBONZA CARREÑO PARAGUAY 1. CORONEL CELSO JAVIER SARUBBI DAVALOS 2. TENIENTE 1º RICARDO MANUEL MONTIEL URUGUAY 1. CORONEL GONZALO ELISEO MILA IRAZABAL 2. TENIENTE CORONEL MARCELO DANIEL ALMADA MOLINA Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 481614-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 a favor del Gobierno Regional del departamento de Cajamarca y Municipalidades Provinciales y Distritales DECRETO SUPREMO Nº 103-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se aprueba, entre otros, el presupuesto del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en el Presupuesto Institucional de dicho Pliego Presupuestario, Unidad Ejecutora Provías Descentralizado, se han asignado recursos para la ejecución de proyectos de inversión relacionados a construcción, mejoramiento y rehabilitación de carreteras en los gobiernos regionales y los gobiernos locales; Que, el artículo 14º de la Ley Nº 29465, establece que excepcionalmente, en el Año Fiscal 2010, los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, en cumplimiento a lo establecido en la norma legal mencionada en el considerando precedente, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de Provías Descentralizado, ha suscrito los correspondientes convenios de transferencia de recursos bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria con el Gobierno Regional del departamento de Cajamarca, Municipalidades Provinciales de Cajamarca, Cajabamba y Satipo y Municipalidades Distritales de Pimpingos, Limabamba, Uticyacu, San Luis de Lucma, Catilluc, Huabal, La Esperanza, Santa Cruz de Toledo, Oxamarca, Codo del Pozuzo y Frías, hasta por un monto de Cuarenta y Cuatro Millones Cuatrocientos Veinte Mil Setecientos Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 44.420.706,00) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para la ejecución de diecinueve (19) proyectos de inversión, los cuales cuentan con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); De conformidad con la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el artículo 14º de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de CUARENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/..44.420.706,00), para el fi nanciamiento de proyectos de inversión relacionados a construcción, mejoramiento y rehabilitación de carreteras, de acuerdo al siguiente detalle: En nuevos soles DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 036 : MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES UNIDAD EJECUTORA 010 : PROVÍAS DESCENTRALIZADO FUNCIÓN 15 : TRANSPORTE PROGRAMA FUNCIONAL 033 : TRANSPORTE TERRESTRE SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0065 : VÍAS DEPARTAMENTALES FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 5 995 000,00 SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0066 : VÍAS VECINALES FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 38 425 706,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 44 420 706,00 =========== A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : GOBIERNOS REGIONALES FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0066 : VÍAS VECINALES GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 117 384,00 ---------------- SUBTOTAL 117 384,00 ---------------- SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : GOBIERNOS LOCALES FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0065 : VÍAS DEPARTAMENTALES GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 5 995 000,00 SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0066 : VÍAS VECINALES FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 38 308 322,00 --------------------- SUBTOTAL 44 303 322,00 ============ TOTAL EGRESOS 44 420 706,00 ============ La transferencia de partidas autorizada por el presente Decreto Supremo será destinada exclusivamente para el fi nanciamiento de los proyectos de inversión señalados en el Anexo que forma parte de la presente norma, el cual detalla los Pliegos habilitados y el monto de transferencia para cada proyecto.