Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2010 (16/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2010

Que, mediante el Informe Nº 011-2010/COE-TC del 15 de febrero de 2010, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrito en MORDAZA el 25 de MORDAZA de 2001 y lo dispuesto en el literal "b" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA CAFFELLI CROCCO, quien es requerido por el MORDAZA Octavo Tribunal de Distrito del Condado de Oakland - Michigan de los Estados Unidos de MORDAZA, declarado procedente por la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito de Violacion Sexual de Menor de Edad y disponer su entrega al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TOMA Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Consejero del Consejo de Defensa Juridica del Estado, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Aceptar la renuncia formulada por la senora abogada Magly MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Consejera del Consejo de Defensa Juridica del Estado, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3º.- Designar a la senora abogada MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al senor abogado MORDAZA MORDAZA Calisaya MORDAZA como Consejeros del Consejo de Defensa Juridica del Estado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TOMA Ministro de Justicia

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Designan Procurador Publico Especializado en asuntos de la Fuerza Aerea del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 074-2010-JUS
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2010 VISTO, el Oficio Nº 310-2010-JUS/CDJE-ST-M, de la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, los numerales 15.1 y 15.2 del articulo 15º del Decreto Legislativo Nº 1068 establecen que el Procurador Publico Especializado ejerce la defensa juridica del Estado en los procesos o procedimientos que por necesidad y/o gravedad de la situacion asi lo requiera, siendo estos, entre otros, los que mediante Resolucion Suprema se designen; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 022-2006JUS se designo al senor abogado MORDAZA FAP Weider Del MORDAZA MORDAZA como Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Defensa relativos a la Fuerza Aerea del Peru; Que, conforme al oficio de visto, el Secretario Tecnico del Consejo de Defensa Juridica informa que dicho Consejo ha propuesto dar por concluida la designacion del profesional MORDAZA mencionado y se designe al senor abogado MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA Geng Chau como Procurador Publico Especializado en asuntos de la Fuerza Aerea del Peru, teniendo en consideracion la solicitud efectuada por el Secretario General del Ministerio de Defensa, mediante Oficio Nº 054-2010-SG-A-VCS, por lo que resulta pertinente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 25993 Ley Organica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor abogado MORDAZA FAP Weider Del MORDAZA MORDAZA como

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Designan Consejeros del Consejo de Defensa Juridica del Estado
RESOLUCION SUPREMA N° 073-2010-JUS
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Supremas Nº 001-2009JUS y Nº 034-2009-JUS se designo a los senores abogados Magly MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, como Consejeros del Consejo de Defensa Juridica del Estado; Que, el inciso 9 del articulo 16º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1068, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, senala que es atribucion del Presidente del Consejo de Defensa Juridica del Estado proponer al Presidente de la Republica, mediante la MORDAZA de una terna, la designacion de los Consejeros; Que, el Presidente del Consejo de Defensa Juridica del Estado ha informado que la senora abogada Magly MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA han formulado renuncia al cargo que fueron designados, las cuales resulta pertinente aceptar; Que, habiendo presentado una terna para designar a las personas que los reemplazaran, resulta pertinente designar a los profesionales que asumiran el cargo de Consejero del Consejo de Defensa Juridica del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº 1068 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; y, Estando a lo acordado;

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