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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (16/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de abril de 2010 417214 y Comunicaciones la ejecución de la expropiación de tres (3) y un (1) inmuebles adicionales, respectivamente, adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 027-2009-MTC, se autorizó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la ejecución de la expropiación de (01) un inmueble adicional adyacente al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez; Que, mediante Informe Técnico Nº 044-2009-MTC/ CANETAAIJCH, la Comisión de Alto Nivel ha señalado la identifi cación precisa de los bienes objeto de expropiación, el sujeto activo y el sujeto pasivo de la expropiación, las cargas y gravámenes de los inmuebles, el valor de tasación de los inmuebles y la existencia de disponibilidad presupuestal; De conformidad con el artículo 70 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27117 - Ley General de Expropiaciones, la Ley Nº 29171 – Ley que establece medidas excepcionales para agilizar el procedimiento de expropiación, respecto de los inmuebles afectados por la ejecución de obras públicas de infraestructura hidráulica, energética, de transportes y saneamiento de gran envergadura y la Ley Nº 27329 - Ley que declara de necesidad pública la expropiación de los bienes inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional ”Jorge Chávez”; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros: SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la ejecución de la expropiación Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la ejecución de la expropiación de dos (02) inmuebles adicionales adyacentes al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, a que se refi ere el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo señalado en la Ley Nº 27117 - Ley General de Expropiaciones. Artículo 2.- Sujeto Activo y Pasivo de la expropiación El sujeto activo de la expropiación a que se refi ere la presente resolución, es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo señalado en el artículo 4 de la Ley Nº 27329, Ley que declara de necesidad pública la expropiación de los inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”. Asimismo el sujeto pasivo de la expropiación se encuentra señalado en el Anexo referido en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado en el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 29171 - Ley que establece medidas excepcionales para agilizar el procedimiento de expropiación, respecto de los inmuebles afectados por la ejecución de obras públicas de infraestructura hidráulica, energética, de transportes y saneamiento de gran envergadura. Artículo 3.- Pago de indemnización justipreciada El cálculo de la indemnización justipreciada y el pago correspondiente, será efectuado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a los recursos del fi deicomiso constituido para tal fi n, por el Decreto Supremo Nº 137-2006-EF. Artículo 4.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO A LA R.S. Nº 044-2010-MTC 1.0 Predio: UNIVERSIDAD AGRARIA LA MOLINA SUJETO PASIVO: Datos del Predio: 1.1 Propietario UNIVERSIDAD AGRARIA LA MOLINA 1.2 Tomo-Foja-Asiento/Ficha /Partida Electrónica Dominio: Consta registrado en el Tomo 205, Fojas 491-492 Asto. 1, asientos electrónicos Pág. 1-2 (Partida Electrónica Nº 70205205) del Registro de Predios del Callao. Cargas y gravámenes: Conforme al Certifi cado Registral Inmobiliario Nº 15554 de fecha 08 de marzo del 2010, dentro de 30 años a la fecha de expedición del certifi cado consta: Servidumbre y cambio de denominación, registrados, respectivamente, en los asientos D00001 y D00002 de la Partida Electrónica Nº 70205205 del Registro de Predios del Callao a favor de Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A - EDELNOR S.A.. y Empresa de Distribución Eléctrica de Lima Norte S.A.A - EDELNOR S.A.A Títulos pendientes: Ninguno 1.3 Ubicación, linderos y Áreas: Ubicación Calle Los Ferroles. Fundo Bocanegra Bajo Distrito Callao Provincia Constitucional Callao Departamento Lima Descripción de linderos y colindantes: Por el norte Tramo (AB), con una línea recta de un tramo, colindante con Av. Los Ferroles. Partiendo del vértice “A” coordenadas UTM N= 8’672,315.1924, E= 267,675.5747 se continúa en dirección este con una distancia de 154.67 m hasta encontrar el vértice “B”. Por el Este Tramo (BC), con una línea recta de un tramo, colindante con terrenos de propiedad del MTC ( Ex Banco de Comercio). Del vértice “B” coordenadas UTM N= 8’672,284.4465, E= 267,827.1625 se continúa en dirección sur con una distancia de 99.22 m hasta encontrar el vértice “C”. Por el Sur Tramos (CD), con una línea recta de un tramo colindante con terrenos de terceros. Del vértice “C” coordenadas UTM N= 8’672,187.3829, E= 267,806.5912 se continúa en dirección oeste con una distancia de 146.32 m hasta encontrar el vértice “D”. Por el Oeste Tramos (DE, EF, FG, GH, HA), con una línea quebrada de 5 tramos, colindante con la Calle Prolongación Centenario y la U.N.A. Partiendo del vértice “D” coordenadas UTM N= 8’672,217.8682, E= 267,663.4813 se continúa en dirección norte con una distancia de 23.14 m hasta encontrar el vértice “E”. Del vértice “E” coordenadas UTM N= 8’672,240.8343 E= 267,666.3350 se continúa en dirección noreste con una distancia de 74.00 m hasta encontrar el vértice “F”. Del vértice “F” coordenadas UTM N= 8’672,232.0660 E= 267,739.8141 se continúa en dirección norte con una distancia de 52.20 m hasta encontrar el vértice “G”. Del vértice “G” coordenadas UTM N= 8’672,282.9689 E= 267,751.3797 se continúa en dirección oeste con una distancia de 79.20 m hasta encontrar el vértice “H”. Del vértice “H” coordenadas UTM N= 8’672,292.7351, E= 267,672.7842 se continúa en dirección noroeste con una distancia de 22.63 m hasta encontrar el vértice “A”, cerrándose en este punto el polígono. Área inscrita 11,001.48 m2 Área replanteada a expropiar 10,829.5096 m2 Perímetro 651.38 ml 1.4 Valor del predio a expropiar: TRESCIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 83/100 (US$ 314,727.83) Dólares Americanos, según tasación