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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (21/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de abril de 2010 417548 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionaria para participar en eventos sobre inclusión financiera que se llevarán a cabo en EE.UU. y Tailandia RESOLUCIÓN SBS Nº 3302-2010 20 de abril de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) por la Alianza para la Inclusión Financiera (AFI), con el fi n de participar en la Mesa Redonda de Alto Nivel sobre la Importancia de la Inclusión Financiera, que se llevará a cabo el día 22 de abril de 2010, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, así como para que participe en el “Taller sobre Inclusión Financiera”, el mismo que se llevará a cabo los días 26 y 27 de abril de 2010, en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia. CONSIDERANDO: Que, en la referida Mesa Redonda se discutirán temas vinculados a la situación del Grupo de Expertos de Inclusión Financiera del Grupo de los 20, siendo el propósito proveer una plataforma de intercambio de conocimientos relacionados con las iniciativas y soluciones planteadas en la política de inclusión fi nanciera; Que, el Taller está dirigido a reguladores que están liderando la iniciativa de la inclusión de información fi nanciera y que, asimismo, vienen tomando como referencia las experiencias de otros reguladores internacionales sobre la materia, a fi n de optimizar la calidad de ésta; Que, el Taller tiene como propósito que los reguladores participantes en este evento, integren un grupo de trabajo a fi n de continuar el intercambio de opiniones y la colaboración en el importante tópico de la información de la inclusión fi nanciera, temas que son de importancia para esta Superintendencia; Que, atendiendo la invitación cursada y por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente designar a la señora Giovanna Prialé Reyes, encargada de la Gerencia de Productos y Servicios al Usuario de la SBS, para que en representación de esta Superintendencia asista a la referida Mesa Redonda y al mencionado Taller, en este último en calidad de expositora, para tratar temas concernientes a la experiencia sobre inclusión fi nanciera desarrollada en el Perú; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciéndose en el Numeral 4.2.4., que excepcionalmente se autorizarán viajes al exterior de los funcionarios de la SBS invitados a eventos, conferencias u otros, cuyos pasajes, estadía u otros gastos sean cubiertos íntegramente por las entidades organizadoras; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en los indicados eventos, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, así como alojamiento y alimentación parcial, vía reembolso, serán fi nanciados por los organizadores, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de viáticos complementarios y Tarifa CORPAC con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, Nº SBS- DIR-ADM-085-13 y la Resolución SBS No. 3294-2010; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Giovanna Prialé Reyes, encargada de la Gerencia de Productos y Servicios al Usuario de la SBS, del 21 al 29 de abril de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes, así como alojamiento y alimentación parcial serán fi nanciados por AFI, vía reembolso, en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010, conforme a lo establecido por la Directiva SBS Nº SBS- DIR-ADM-031-07, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Complementarios US$ 596,00 Tarifa CORPAC US$ 31,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 483651-1 UNIVERSIDADES Autorizan viaje de autoridades de la Universidad Nacional de Ingeniería a España, Francia e Italia, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 434 Lima, 14 de abril de 2010 Vista la propuesta de agenda de misión académica programada por la Alianza Estratégica (UNMSM-UNI- UNALM); CONSIDERANDO: Que, la Alianza Estratégica (UNMSM-UNI-UNALM), informa que ha considerado aplicar su “Programa de Movilidad Académica y Crédito Educativo” con Italia y España, debido a que estos países tienen fortalezas en la formación complementaria de Post Grado que desean seguir sus estudiantes que han terminado su formación académica inicial en el Perú; con ese fi n la Alianza Estratégica ha realizado una Pre Misión en Universidades que, en principio han aceptado recibir a sus estudiantes bajo ciertas condiciones de calidad en formación