Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (21/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de abril de 2010 417537 los servicios higiénicos que se encuentran al costado de la Escribanía de las Salas Civiles deberán ser clausurados para extender dicha ofi cina a fi n de que pueda tener un ambiente más amplio y ventilado. Décimo Sexto: Los cambios realizados permitirán que todas las Salas Superiores Permanentes de la Corte gocen de un ambiente aceptable, con servicio higiénico; que los auxiliares jurisdiccionales penales ganen un espacio más que les permita evitar en algo el estado de hacinamiento al que se les llevó y que además impedirá que la administración sea removida en su totalidad de la sede principal de la Corte o que los juzgados de familia sufran menoscabo en el área que ocupan. Décimo Séptimo: Por último, la Administración de la Corte, en estricto cumplimiento de sus funciones, deberá realizar otras modifi caciones menores que fueran necesarias, dando prioridad a la ejecución de los siguientes programas: (i) construcción de la Sala de Lectura de los Juzgados de San Martín de Porres y Comas; (ii) construcción de una sala de lectura y ofi cinas adecuada para Mesa de Partes y Especialistas Penales de el Módulo Básico de Justicia de Los Olivos; (iii) estudio técnico para la ampliación vertical del Módulo Básico de Justicia de Condevilla; (iv) seguimiento del estudio técnico para la construcción del Módulo de Justicia de Puente Piedra; (v) seguimiento de la licitación para la construcción del cuarto y quinto piso de la sede central; (vi) reubicación de las unidades jurisdiccionales ubicadas en el tercer piso del edifi cio nuevo de la Corte cuando se inicie la construcción de los pisos superiores; (vii) reducción de la Ofi cina de la Asesoría Legal de Presidencia para posibilitar la ampliación de la Mesa Única de Partes. Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90, incisos 3), 4) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; la Presidencia, RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR el contenido de la Resolución Nº 97-2010-CSJLN/PJ, de fecha 02 de marzo del presente año, que dispuso declarar entre otros, la imperiosa necesidad de mejora de la infraestructura de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. Artículo Segundo.- MODIFICAR las instalaciones de las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, conforme a los considerando precedentes. Artículo Tercero.- OTORGAR a la ofi cina de administración de la Corte el plazo de 15 días para que informe de las acciones realizadas que correspondan a lo señalado en el último considerando de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Póngase la presente resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, del Jefe de la Ofi cina de Administración de esta Corte Superior de Justicia, del Jefe de la Ofi cina de Personal, de la Ofi cina de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO CALDERÓN PUERTAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima Norte 483494-3 Dictan disposiciones relativas al personal de la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel y Tercer Juzgado Civil así como del Cuadro de Asignación de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 210-2010-CSJLN/PJ Independencia, nueve de abril de dos mil diez.- VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Es política de la presente gestión utilizar de manera efi ciente, racional y adecuada los recursos humanos y materiales existentes en la Corte Superior. Segundo: Al asumir la administración de la Corte se observó, en el caso de los auxiliares, diferentes distorsiones en la distribución del personal, situación que se ha tratado de enmendar de manera paulatina, atendiendo los requerimientos más urgentes dentro del marco de la plana de trabajadores existente y las posibilidades de contratación. Tercero: En efecto, se evidenció que en casos similares un juzgado poseía más trabajadores que otro. Tal hecho no sólo signifi caba desorden administrativo, sino que además otorgaba un trato desigual y perjudicaba el desarrollo óptimo de las labores. En esa perspectiva, bajo compromiso de respeto a patrones racionales y además a la carga procesal existente, los Juzgados de Paz de San Martín de Porres y Comas incrementaron su personal de manera uniforme a cuatro personas; a su vez, el criterio de equilibrio y homogeneidad prosperó en los juzgados penales y en el Módulo Básico de Justicia de Condevilla. Cuarto: Sin embargo, habiéndose remitido el Cuadro de Asignación de Personal a la Presidencia de la Corte se observa que la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel posee un personal menos que su similar jurisdiccional y que situación inversa ocurre en el Tercer Juzgado Civil de la sede. Quinto: Si bien es cierto, en algún caso esta situación se ha originado por el rechazo verbal del magistrado de la unidad jurisdiccional, no es menos verdad que el uso adecuado de los recursos humanos y el principio de autoridad deben mantenerse para que se ofrezcan servicios adecuados de administración de justicia a los ciudadanos, los que no pueden ser perjudicados por posiciones particulares. Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90, inciso 3), 4) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; la Presidencia, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Que en el día el Jefe de Personal subsane las omisiones aquí anotadas, envíe nuevo personal a la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel y rote al personal excedente del Tercer Juzgado Civil. Artículo Segundo.- Que el Jefe de Personal informe en el plazo de 5 días si existen otras unidades jurisdiccionales donde acontezcan las anomalías aquí anotadas. Artículo Tercero.- ORDENAR la reactualización quincenal del Cuadro de Asignación de Personal, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- Póngase la presente resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, del Jefe de la Ofi cina de Administración de esta Corte Superior de Justicia, del Jefe de la Ofi cina de Personal, de la Ofi cina de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO CALDERÓN PUERTAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima Norte 483494-4 Reconforman el “Comité Distrital de Implantación del Sistema Integrado Judicial - Nacional” de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 211 -2010-CSJLN/PJ Independencia, nueve de abril de dos mil diez.- VISTO: El Ofi cio Nº 150-2010-GG-PJ de fecha veintiséis de enero del dos mil diez y Ofi cio Nº 296-2010-GI-PJ, de fecha ocho de marzo del dos mil diez; y,