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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de abril de 2010 417536 instalaciones de una antigua fábrica ubicada en la avenida Carlos Izaguirre 176, Independencia, contando con una sala superior mixta, dos juzgados especializados en lo penal, un juzgado especializado en lo civil, un juzgado mixto de familia-laboral y juzgados de paz letrados. Cuarto: Habiéndose creado nuevas unidades jurisdiccionales, el referido Sub distrito judicial se convirtió en la Corte Superior del Cono Norte mediante resolución Nº 023-93-CEPJ, de fecha 26 de mayo de 1993, ubicándose en el primer piso del inmueble antes citado, el módulo civil; en el segundo piso, las Salas Superiores y en la parte posterior, en área que era usada como estacionamiento, de material prefabricado, los juzgados penales. Las otras dependencias se ubicaron fuera de la sede principal. Ante la carencia del mínimo de infraestructura básica para proporcionar un buen servicio judicial, en el año 2002, durante la gestión del doctor Manuel Miranda Canales, se amplió el inmueble de la Corte, edifi cándose una construcción de tres pisos que albergó a los juzgados de familia y a los juzgados penales, así como a otras entidades. Quinto: Sin embargo, dada la cantidad de habitantes que alberga esta parte de la ciudad, la mayor poblada de todos los distritos judiciales, luego de Lima, se crearon más unidades jurisdiccionales, ocasionando que nuevamente se padeciera problemas en las instalaciones de la Corte, lo que motivó que se realizaran desde el año 2005 estudios para la ampliación del inmueble. Sexto: Así, salvo las Salas Transitorias, las Salas Superiores han seguido ocupando el segundo piso del inmueble antiguo ubicado con frente a la avenida Carlos Izaguirre 176, Independencia, alojando a más de 70 personas en las siguientes dependencias: Primera Sala Civil, la Primera Sala Penal de Reos en Cárcel, la Segunda Sala Penal de Reos Libres, la Segunda Sala Civil, la Primera Sala Penal de Reos Libres y la Segunda Sala Penal de Reos Cárcel, además de la Presidencia de la Corte. Esta disposición es la que existió desde aproximadamente el año 2002, y no ha sido modifi cada hasta la fecha, salvo en algunos ambientes que redujeron aún más el inmueble. Séptimo: Tales modifi caciones se suscitaron en el año 2008, cuando, durante la gestión del doctor Rozas Escalante, se trasladaron las ofi cinas de Presidencia al primer piso del edifi cio nuevo, para ocupar un área, conjuntamente, con el Salón de Reuniones, de 116.40 metros cuadrados. De manera paralela, por disposición de la misma autoridad administrativa, la Segunda Sala Penal de Reos Libres que había ocupado un ambiente de 18.62 metros cuadrados, sin servicios higiénicos, pasó a ocupar la anterior ofi cina de Presidencia, en un área de 22 metros cuadrados, con servicios higiénicos; a su vez, el lugar que durante años ocupó la Sala Penal de Reos en Cárcel, en el extremo inferior derecho del edifi cio, de 15.30 metros cuadrados se trasladó a lo que fue la Segunda Sala Penal de Reos Libres. En el espacio deshabitado se ubicó a 3 auxiliares jurisdiccionales. Por último, al costado de la Segunda Sala Penal de Reos Libres, en un área de 39 metros cuadrados, se creó una nueva Sala de Audiencias. Octavo: Sin embargo, si bien las referidas variaciones permitieron que la Segunda Sala Penal de Reos Libres tuviera una ofi cina más apropiada para el ejercicio de sus funciones, difi rió y, en algunos casos, agudizó el problema de las disposiciones de las ofi cinas del segundo piso del edifi cio antiguo, de forma tal que la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel apenas aumentó su extensión de 15.30 a 18.62 metros cuadrados y los auxiliares jurisdiccionales de las Salas Penales de Reos en Cárcel siguieron ocupando un área de apenas de 37 metros cuadrados. A ello se agregó que las modifi caciones realizadas imposibilitaron el crecimiento longitudinal del segundo piso del edifi cio antiguo debido a la carencia de espacio y de crecimiento vertical por problemas en la estructura del inmueble. Noveno: En esa perspectiva, para dar solución radical al problema, se reactivó en el año 2009 el expediente técnico para la construcción del cuarto y quinto piso de edifi cio nuevo, lo que posibilitó que, aprovechando la dación del Decreto de Urgencia 077-2009 que modifi ca la Ley 29289 (Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009), se habilitara partida presupuestal para el distrito judicial de Lima Norte. Luego, se ha seguido efectuando el trabajo técnico administrativo respectivo, por lo que se ha hecho estudios de suelo y se han aprobado dos de las tres fases necesarias para la licitación respectiva, la misma que debería iniciarse al fi nalizar el mes del abril del presente año. La ampliación del inmueble supondría la construcción de nuevas Salas Superiores y la mejor distribución de los juzgados penales y de familia, lo que solucionaría los problemas antes acotados. Décimo: Por otra parte, en un afán racional de utilizar los escasos recursos de la Corte, al inicio del año judicial, en el discurso de orden de fecha 04 de enero del 2010, se indicó que en este período se daría prioridad, sin favorecimiento ni desmerecimiento a persona alguna, a la satisfacción de los problemas de infraestructura, a fi n de lograr que los magistrados y el personal jurisdiccional tengan ambientes laborales de satisfacción mínima para el buen desarrollo de su labor. Ello fue expuesto en la resolución Nº 97-2010-CSJLN/Pj, de fecha 02 de marzo del 2010. Décimo Primero: En ese camino, ODECMA, que a enero del 2009 contaba, unido a CODICMA, con un área inoperante para el servicio que debía ofrecer aumentó en dimensiones otorgándosele más ofi cinas para el desarrollo de su gestión incrementado el área a 81 metros cuadrados; asimismo, se trasladó al Sétimo Juzgado de Familia, que estaba ocupando una zona de 26 metros cuadrados para que se situara en un espacio de 54 metros cuadrados; de la misma forma, en convenio con el Banco de la Nación, se modifi caron y extendieron las instalaciones de dicha entidad para implementar una agencia que en la actualidad brinda todos los servicios propios de una entidad bancaria se amplió el área de Psicología y el Sexto Juzgado de Familia se ha reforzado y extendido la Mesa Única de Partes y rediseñado el Juzgado de Comisaría para diferenciar nuestra actividad de la policial; se ha dotado de nuevos servicios al juzgado penal de turno para la permanencia más adecuada de los magistrados y trabajadores, incluyendo el establecimiento de servicios higiénicos y se ha trasladado al Primer y Segundo Juzgado Paz de Independencia a nueva edifi cación. A ese avance deben agregarse los estudios que se vienen efectuando para modifi car y/o ampliar los juzgados de paz de San Martín de Porres y Comas, el Módulo Básico de Justicia de Los Olivos, así como el análisis para el crecimiento vertical del Módulo Básico de Justicia de Condevilla y la creación del Módulo Básico de Justicia de Puente Piedra, vía CISAJ. Décimo Segundo: No obstante, pese a los esfuerzos antes anotados, aún subsisten problemas de infraestructura, lo que ha sido corroborado por la Ofi cina de Control de la Magistratura en la visita de 23 y 24 de marzo del 2010, entidad que confi rmó lo expresado por la resolución de Presidencia antes acotada. Décimo Tercero: En esas circunstancias, se hace necesario atenuar en algo las difi cultades de los magistrados y auxiliares jurisdiccionales de las Salas Superiores, por lo que corresponde realizar las acciones necesarias que, con el menor costo y el máximo benefi cio posible, sin sacrifi cio de personal jurisdiccional o administrativo alguno, permita que todas las unidades jurisdiccionales superiores reciban un trato acorde a su función. Décimo Cuarto: Siendo ello así debe disponerse, conforme al plano adjunto que forma parte de la presente resolución, que la Sala de Audiencias de la Sala Penal de Reos Libres construida en el año 2008, pase a ser la Secretaría de las Salas Penales de Reos en Cárcel; que el lugar ocupado actualmente por secretaría y relatoría de dichas unidades jurisdiccionales sea habilitado para el uso de los magistrados que conforman la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel, con un anexo que los integrará a la relatoría de la referida dependencia. A su vez, el ambiente de la referida Sala será ocupado por la Relatoría de la Primera Sala Penal de Reos en Cárcel. En tanto esta situación subsista, las audiencias de las Salas Penales deberán efectuarse en la Sala de Audiencias ubicada en el extremo derecho (teniendo como frente la avenida Carlos Izaguirre) de la unidad inmobiliaria o, en su defecto, en el tercer piso del edifi cio, en el Centro de Capacitación; o en la Sala de Reuniones de Lima Norte, que, para tal efecto, estará a disposición de las Salas Penales desde las ocho de la mañana hasta la una y treinta de la tarde, debiendo, en todo caso, coordinar los Presidentes de Sala y sus Relatores las fechas y horarios de las audiencias y vistas de causa. Décimo Quinto: Del mismo modo, a fi n de proseguir con la mejora de servicios para el personal jurisdiccional,