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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (21/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de abril de 2010 417545 enero de 2010 y del acuerdo de Pleno de Rectores en su sesión extraordinaria llevada a cabo el día viernes 26 de marzo del año en curso; y, De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Privada Señor de Sipán con sede en la ciudad de Chiclayo, con el Programa de Maestría en la Gestión del Talento Humano. Artículo 2º.- Precisar que para la creación y funcionamiento de nuevos programas de maestría y doctorado en la citada Escuela de Posgrado, la Universidad, deberá coordinar previamente con la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de Asamblea Nacional de Rectores 482566-2 Designan Comisión encargada de pronunciarse en última instancia sobre casos especiales de tacha de los representantes de las universidades privadas COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0350-2010-ANR Lima, 12 de abril de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Memorando Nº 318-2010-SE, de fecha 05 de abril de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 90º de la Ley Universitaria Nº 23733 prescribe que los Rectores de las Universidades públicas y privadas constituyen la Asamblea Nacional de Rectores, cuyos fi nes son el estudio, la coordinación y la orientación general de las actividades universitarias en el país, así como buscar el fortalecimiento económico y académico de las universidades y el cumplimiento de las mismas en su responsabilidad para con la comunidad nacional; Que, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU es un órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, tal como lo establece el artículo 1º de la Ley Nº 26439, Ley de Creación; está integrado por cinco ex Rectores de reconocida trayectoria institucional, elegidos entre los candidatos propuestos por las universidades institucionalizadas. Tres de ellos son elegidos por las universidades públicas y los dos restantes por las universidades privadas. La Asamblea Nacional de Rectores convoca y organiza el proceso electoral respectivo y emite la resolución de nombramiento; Que, con Resolución Nº 0316-2010-ANR, se aprobó el Reglamento para la Elección de los Consejeros del Consejo Nacional para la Autorización del Funcionamiento de Universidades – CONAFU, que en el Numeral 5.6 del Capítulo V de la Publicidad y de las Tachas determina que “en última instancia podrá pronunciarse sobre casos especiales de tacha, la Comisión de tres ex Rectores de Universidades Públicas y de tres ex Rectores de las Universidades Privadas, designados por el Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores”; Que, con memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone elaborar una resolución designando una comisión de tres ex rectores de las universidades privadas, encargada de pronunciarse en última instancia sobre los casos especiales de tacha, de conformidad a lo previsto en la norma señalada en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la Comisión encargada de pronunciarse en última instancia sobre casos especiales de tacha de los representantes de las universidades privadas, según lo establecido en el Numeral 5.6 del Capítulo V del Reglamento para la Elección de los Consejeros del Consejo Nacional para la Autorización del Funcionamiento de Universidades – CONAFU, la cual estará conformada por tres ex rectores de las universidades privadas del país: - Dr. Javier Pérez Rodríguez Ex Rector de la Universidad del Pacífi co - Dr. Oswaldo Delfín Zegarra Rojas Ex Rector de la Universidad Peruana Cayetano Heredia - Dra. Leonor Bustinza Cabala Ex Rectora de la Universidad Peruana Unión Artículo 2º.- Comuníquese la presente resolución a los integrantes designados de la Comisión señalada en el artículo precedente. Artículo 3º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 483248-1 Designan Comisión encargada de pronunciarse en última instancia sobre casos especiales de tacha de los representantes de las universidades públicas COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0351-2010-ANR Lima, 12 de abril de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Memorando Nº 336-2010-SE; y,