Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2010 (21/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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que corresponden a un total de 33 distritos (7 son distritos de zonas MORDAZA marginales y 26 son distritos de zonas rurales) de las 4 provincias en situacion de pobreza, muy pobres y pobreza extrema; Que, la propuesta Plan MORDAZA cuenta con la opinion favorable de la Sub Jefatura Nacional, asi como con la opinion de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto en el sentido que, es factible atenderlo con cargo a los Recursos Directamente Recaudados del Pliego 033: RENIEC, y su afectacion sera en la medida que se realicen los tramites del DNI correspondientes; Que, siendo el RENIEC la Entidad encargada de planear, dirigir y controlar las actividades de identificacion de las personas; en cuya virtud, a fin de salvaguardar el derecho constitucional a la identidad de las personas, resulta viable atender aprobar lo propuesto por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 0852010-JNAC/RENIEC (10FEB2010) y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan MORDAZA propuesto por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Establecer la tramitacion y expedicion gratuita del DNI en la modalidad de inscripcion por primera vez realizadas en desplazamiento para personas menores y mayores de edad, en el ambito rural y MORDAZA marginal en las 4 provincias correspondientes a la Jefatura Regional Iquitos: Maynas, Mariscal MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, en concordancia con el Plan MORDAZA, en el MORDAZA de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Disponer de manera excepcional, para la atencion de menores de 17 anos la admision de MORDAZA autenticada por el Registrador del RENIEC del Acta de Nacimiento del respectivo titular, asi como del DNI del declarante que se encuentre caduco o que no cuente con el holograma de sufragio o la dispensa correspondiente. Articulo Cuarto.- Encargar a las Gerencias de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, de Operaciones Registrales, Informatica, Administracion y Planificacion y Presupuesto la ejecucion y la implementacion de las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, informar periodicamente a la Jefatura Nacional el avance y resultado de la presente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 483247-1

encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497, senala que la Jefatura Nacional queda autorizada para establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integracion de las Oficinas de Registros Civiles, pudiendo como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme lo refiere la Octava Disposicion Final del Reglamento de Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; Que, en cumplimiento de dicho mandato legal, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC ha venido emitiendo diversas resoluciones jefaturales por las cuales se han incorporado progresivamente las oficinas registrales de diversas municipalidades distritales, para lo cual resulta necesario adoptar las acciones administrativas pertinentes a efectos que la gestion administrativa de los procedimientos registrales se efectue conforme a ley; Que, el Articulo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que, los Articulos 11º, 13º y 81º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, establecen que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion, supresion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion o localidades donde no exista oficina registral y se constituyen como un organo de linea y como una primera instancia administrativa ante la interposicion de recursos impugnativos; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 061-2010/ JNAC/RENIEC (02FEB2010) se autorizo la apertura de la Agencia de Comas III, ubicada en la Av. San MORDAZA Nº 830 ­ Urbanizacion San MORDAZA del Distrito de Comas, la cual inicio sus actividades a partir del 03FEB2010; Que, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante los documentos de vistos manifiesta que a efectos de ampliar los servicios de registro de hechos vitales y del estado civil, asi como brindar una mejor atencion a los ciudadanos, propone que la Agencia Comas III se eleve a la categoria de Oficina Registral a partir del 16 de MORDAZA del 2010; Que, se hace necesario difundir la presente, a traves de la correspondiente publicacion; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Organica del RENIEC, Ley N° 26497, al Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 085-2010-JNAC/RENIEC (10FEB2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Cambiese la denominacion de Agencia Comas III, ubicada en la Av. San MORDAZA Nº 830 ­ Urbanizacion San MORDAZA del Distrito de Comas por Oficina Registral Comas III, a partir del 16ABR2010, en la cual se iniciaran los procedimientos registrales tanto para la inscripcion de hechos vitales (nacimientos, matrimonios, defunciones), como para la inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y los demas actos registrales senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente resolucion y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion del contenido de la misma para la publicidad a la poblacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 483247-2

Disponen cambio de denominacion de agencia por la de Oficina Registral Comas III en el distrito de Comas
RESOLUCION JEFATURAL Nº 330-2010/JNAC/RENIEC MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 001393-2010/GOR/RENIEC (14ABR2010) e Informe Nº 000093-2010/GOR/RENIEC (12ABR2010), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 000691-2010/GAJ/RENIEC (15ABR2010), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA

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