Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2010 (29/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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FE DE ERRATAS DECRETO DE URGENCIA Nº 027-2010

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2010

Mediante Oficio Nº 268-2010-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Urgencia Nº 027-2010, publicado en la edicion del 22 de MORDAZA de 2010. En el Art. 2º, al modificar el D.U. Nº 010-2004 (numeral 4.8 del Art. 4º) DICE: "4.8 (...) que publica el Ministerio de Energia y MInas en su pagina web." DEBE DECIR: 4.8 "(...) que publica el OSINERGMIN en su pagina web."" 487436-1

Articulo 2º.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales. Durante el termino del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, queda suspendido el ejercicio de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA TOMA Ministro de Justicia 487435-2

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Prorroga de Estado de Emergencia declarado en provincias y distritos de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 049-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2010-PCM de fecha 25 de febrero de 2010, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 10 de marzo de 2010, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido en el considerando precedente, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y distritos alli indicados; Que, el articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, establece en el numeral 1) que la prorroga del Estado de Emergencia requiere MORDAZA decreto; y, De conformidad con el articulo 118°, numerales 4) y 14) de la Constitucion Politica del Peru; con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia. Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 09 de MORDAZA de 2010, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin.

Autorizan viaje del Ministro de Defensa a Ecuador y encargan su Despacho al Ministro de Relaciones Exteriores
RESOLUCION SUPREMA Nº 102-2010-PCM MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO Que, la II Reunion Ordinaria del Consejo de Defensa Suramericano se realizara en la MORDAZA de Guayaquil; Que, el Consejo de Defensa Suramericano esta integrado por las Ministras y los Ministros de Defensa de los paises de la Union de Naciones Suramericanas UNASUR; Que, en consecuencia resulta conveniente autorizar el viaje del senor Ministro de Defensa y disponer la encargatura de la cartera, mientras dure su ausencia; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos modificada por la Ley Nº 28807; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del Ministro de Defensa, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la Republica de Ecuador del 6 al 9 de MORDAZA de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que genere el viaje seran cubiertos por el Ministro de Defensa - Administracion General, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 459.47 Viaticos US$ 200.00 x 4 dias Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US$ 31.00 Articulo 3º.- Encargar la cartera del Ministro de Defensa al Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador

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