Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2010 (29/04/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

418072

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2010

del seguro de MORDAZA o compensacion extraordinaria para los casos a que se refiere la Ley N° 29420. Articulo 2°.- Ambito de aplicacion. Las normas y procedimientos considerados en el presente Reglamento, comprenden a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional del Peru y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru o a sus beneficiarios. Articulo 3°.- Limitaciones. Ademas de las limitaciones que contiene la Ley, la aplicacion del monto de seguro de MORDAZA o compensacion economica previsto en dicha MORDAZA, no tiene caracter retroactivo. CAPITULO II BENEFICIARIOS Articulo 4°.- De los beneficiarios. El seguro de MORDAZA o compensacion extraordinaria se otorga a los siguientes beneficiarios: - Al personal de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional del Peru o del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, que es pasado a la situacion de retiro o dado de baja por invalidez total y permanente. - En caso de fallecimiento, a las personas instituidas en la carta declaratoria del titular y, a falta de esta, a los legalmente reconocidos en el testamento o declaratoria de herederos. CAPITULO III ENTREGA DEL BENEFICIO Articulo 5°.- Procedimiento. Producida la baja o el pase a la situacion de retiro por invalidez o fallecimiento del personal de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru, y previo informe de la Junta Calificadora, las Direcciones Generales o Comandos de Personal de la Institucion respectiva, proceden a formular la resolucion que otorga el seguro de MORDAZA o compensacion extraordinaria. La Direccion de Economia o la que haga sus veces en cada Institucion, procede a efectuar el abono del total del beneficio en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias habiles, contados a partir de la fecha de recepcion de la resolucion. Para el caso del fallecimiento o invalidez del miembro del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, y previo informe de la Junta Calificadora, el Comando Nacional formula la resolucion que otorga el seguro de MORDAZA o compensacion extraordinaria, la misma que es elevada a la Presidencia del Consejo de Ministros, la cual procede con cargo a su presupuesto, a realizar el pago del monto total del beneficio en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias habiles, contados a partir de la fecha de recepcion de la resolucion. 487435-4

distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, las Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno si asi lo dispone el Presidente de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin. La Policia Nacional del Peru contribuira al logro de dicho objetivo en los departamentos, provincias y distritos indicados en el parrafo anterior. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 487435-11

Nombran representantes Titular y Alterno del Peru ante el Consejo Ejecutivo de la Comision Oceanografica Intergubernamental (COI) para el periodo 2010
RESOLUCION SUPREMA N° 174-2010-DE/MGP MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2010 Visto el Oficio V.1000-0457 del Director de Hidrografia y Navegacion de fecha 2 de marzo de 2010; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 090-2009 DE/MGP de fecha 4 de marzo de 2009, se nombro al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA PENARANDA Munoz y al Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Representantes Titular y Alterno del Peru ante el Consejo Ejecutivo de la Comision Oceanografica Intergubernamental (COI), para el periodo 2009; Que, por necesidad del servicio los mencionados Oficiales Superiores han sido cambiados de empleo, habiendose propuesto designar en su reemplazo, al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA PIN MORDAZA y al Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA Servat, como Representantes Titular y Alterno del Peru ante el Consejo Ejecutivo de la Comision Oceanografica Intergubernamental (COI), durante el ano 2010; Que, es conveniente para los intereses de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, continuar con la participacion ante el Consejo Ejecutivo de la Comision Oceanografica Intergubernamental (COI); Que, de conformidad con lo establecido en el Inciso 6. del Articulo 6º de la Ley Nº 29357 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno durante la prorroga del Estado de Emergencia en provincias y distritos de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 173-2010-DE/SG MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2010-PCM de fecha 28 de MORDAZA de 2010, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 9 de MORDAZA de 2010, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.