Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2010 (29/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

418069

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Belaunde, a partir del 6 de MORDAZA de 2010 y mientras dure la ausencia del titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 487435-10

A tal fin, el Ministerio de Agricultura y el COFOPRI estan facultados a alquilar los inmuebles que MORDAZA necesarios para la continuacion de las labores de las dependencias publicas que desalojaran el inmueble siniestrado, sin concurso publico. Articulo 3º.- Demolicion Autorizase al Ministerio de Agricultura a que, una vez desocupado el inmueble en mencion, proceda a la inmediata demolicion de sus pisos 8, 9 y 10 y a las acciones de refaccion del predio. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Agricultura y de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica

AGRICULTURA
Declaran en emergencia a inmueble en el que funcionan dependencias del Ministerio de Agricultura y de COFOPRI por peligro inminente
DECRETO SUPREMO Nº 004-2010-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, a traves del documento denominado "Diagnostico Fisico, Legal y Tributario del predio denominado "Edificio Cahuide", el Ministerio de Agricultura da cuenta que el edificio sito en el Jr. Cahuide Nº 805, del distrito de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, en el que funcionan dependencias del Ministerio de Agricultura y algunas dependencias del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, presenta danos estructurales que pone en riesgo la estabilidad del inmueble; Que, el precario estado de la mencionada edificacion, pone de manifiesto el inminente peligro al que se ven expuestas las personas que trabajan en el referido edificio y el alumnado del colindante Colegio Nacional MORDAZA MORDAZA de Fanning frente a eventuales movimientos sismicos; por lo que la entonces Superintendencia de Bienes Nacionales (hoy Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN), mediante Resolucion Nº 0382003-SBN-CO-JAD, ya habia autorizado la demolicion de los pisos 8, 9 y 10 del referido edificio; Que, por lo tanto, es necesario disponer las medidas preventivas indispensables para poner a salvo la seguridad de los ocupantes del inmueble en mencion y de terceros; De conformidad con el articulo 118º, inciso 8, de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion de emergencia de edificio Declarase en emergencia, por peligro inminente, el edificio sito en el Jr. Cahuide Nº 805, del distrito de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a garantizar la seguridad de las personas que trabajan en el referido inmueble y del alumnado del colegio colindante. Articulo 2º.- Desalojo y alquiler de nuevos inmuebles Las dependencias del Ministerio de Agricultura y las dependencias del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, desalojaran las instalaciones que ocupan en el edificio que se declara en emergencia, dentro del plazo de noventa (90) dias calendario desde la vigencia de este Decreto Supremo.

MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 487435-3

Aprueban la creacion y delimitacion de las Administraciones Locales de Agua Rio Seco, Bagua-Santiago y Utcubamba y actualizan la delimitacion de las Administraciones Locales de Agua Chaparra-Chincha y del Agua Maranon
RESOLUCION JEFATURAL Nº 265-2010-ANA MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2010 VISTO: Los Memorandums Nº 0581 y 0607-2010-ANA-DCPRH de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, que propone la creacion y delimitacion de los ambitos territoriales de las Administraciones Locales de Agua Rio Seco, Bagua-Santiago y Utcubamba; y, CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 17º de la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338, la Autoridad Nacional del Agua cuenta con Autoridades Administrativas del Agua como organos desconcentrados, que a su vez tienen Administraciones Locales de Agua, a traves de los cuales ejerce presencia a nivel nacional; Que, segun el articulo 23º del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01-2010-AG, los ambitos territoriales de las Administraciones Locales de Agua son aprobados mediante Resolucion Jefatural de la Autoridad Nacional del Agua; Que, con Resolucion Jefatural Nº 188-2010-ANA se crearon y delimitaron las Administraciones Locales de Agua de las Autoridades Administrativas del Agua Chaparra-Chincha y Maranon; Que, mediante Informe Nº 06-2010-ANA-DCPRHOCA, la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, propone subdividir la actual Administracion Local de Agua Ica, en dos Administraciones Locales de Agua: Ica y Rio Seco; indicando que esta MORDAZA esta conformada por un acuifero que MORDAZA hasta el sector de Pampas de Ocas-Lanchas en MORDAZA y alimenta la MORDAZA de Paracas, donde confluyen con los flujos subterraneos menores provenientes de los excedentes de las irrigaciones del sector medio del MORDAZA de Pisco; justificandose la creacion del mismo, por ser un ambito singular, debido a que la fuente principal de los recursos hidricos son exclusivamente de aguas subterraneas;

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