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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (29/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de abril de 2010 418071 Representantes titulares Representantes alternos Lic. Ana María González del Valle Begazo, Viceministra de Gestión Ambiental; presidenta. Eco. César Villacorta Arévalo, Secretario General. Ing. María Alicia De La Rosa Brachowicz, Directora General de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental. Ing. Raúl Roca Pinto, Director General de la Dirección General de Calidad Ambiental. Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General que efectúe la gestión que corresponda a fi n que la presente Resolución sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 487391-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan representante del Ministro ante el Consejo Directivo del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 075-2010-MINCETUR/DM Lima, 27 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, creado por la Ley N° 28939, tiene por fi nalidad promover la investigación y el desarrollo mediante el cofi nanciamiento de proyectos de innovación productiva, con participación empresarial, que sean de utilización práctica para el incremento de la competitividad; Que, conforme a la Ley N° 29152, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del FIDECOM, este Fondo cuenta con un Consejo Directivo el cual está integrado, entre otros miembros, por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo o su representante; Que, por Resolución Ministerial N° 106-2009- MINCETUR/DM, de fecha 5 de agosto de 2009, se designó al representante del Ministro de Comercio Exterior y Turismo ante el Consejo Directivo de FIDECOM, designación que corresponde actualizar; De conformidad con la Ley N° 29152, la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar, a partir de la fecha, a doña Jessica Patricia Sánchez Seminario, como representante del Ministro de Comercio Exterior y Turismo ante el Consejo Directivo del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 106-2009-MINCETUR/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 486429-1 DEFENSA Aprueban Reglamento de la Ley N° 29420, que fija el monto para el beneficio de seguro de vida o compensación extraordinaria para el personal de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú o a sus beneficiarios DECRETO SUPREMO Nº 004-2010-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29420, se fi ja el monto para el benefi cio de seguro de vida o compensación extraordinaria para el personal de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú o a sus benefi ciarios; estableciendo en su Única Disposición Final, que el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior, reglamentará la citada Ley; Que, con el fi n de dar cumplimiento a lo indicado en el considerando precedente, se ha elaborado el Reglamento de la Ley N° 29420, el mismo que requiere ser aprobado; Que, el artículo 118°, inciso 8) de la Constitución Política del Perú, establece que es atribución del Presidente de la República ejercer la potestad de reglamentar las leyes, sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° inciso 2.e) de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, concordante con el artículo 11° inciso 3 del mismo cuerpo normativo; DECRETA: Artículo 1°.- Aprobación del Reglamento Aprobar el Reglamento de la Ley N° 29420, que fi ja el monto para el benefi cio de seguro de vida o compensación extraordinaria para el personal de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú o a sus benefi ciarios; el mismo que consta de un (01) Título, tres (03) Capítulos y cinco (05) Artículos. Artículo 2°.- Vigencia El referido Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministros de Defensa y del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República RAFAEL REY REY Ministro de Defensa OCTAVIO SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior REGLAMENTO DE LA LEY N° 29420, QUE FIJA EL MONTO PARA EL BENEFICIO DE SEGURO DE VIDA O COMPENSACIÓN EXTRAORDINARIA PARA EL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Y EL CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ O A SUS BENEFICIARIOS TÍTULO ÚNICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar las normas y procedimientos que regulan el otorgamiento