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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (30/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de abril de 2010 418202 Designan representante de los Titulares de Autorizaciones de Servicios de Radiodifusión Sonora y Televisión Comercial ante el Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2010-MTC/03 Lima, 26 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, se señala que el Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, es un órgano adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y está conformado, entre otros, por un representante de los Titulares de Autorizaciones de Servicios de Radiodifusión Sonora y Televisión Comercial; Que, con Resolución Ministerial Nº 716-2007-MTC/03, se designa al señor Miguel Grau Quinteros, como representante de los Titulares de Autorizaciones de Servicios de Radiodifusión Sonora y Televisión Comercial ante el Consejo Consultivo de Radio y Televisión- CONCORTV; Que, el artículo 106º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2005- MTC señala, entre otros, que la designación de los miembros del CONCORTV, se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 54º de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, que el cargo de miembro del Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV se ejerce ad honórem, por un período único de dos (2) años improrrogables; Que, la Sociedad Nacional de Radio y Televisión, propone al señor Mario Fernando Pinatte Cabrera, como representante de los Titulares de Autorizaciones de Servicios de Radiodifusión Sonora y por Televisión Comercial ante el Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, adjuntando la información requerida conforme a lo determinado en el artículo 107º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, a fi n de que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita la Resolución correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, 28278 y el Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida a designación del señor Miguel Grau Quinteros, como representante de los Titulares de Autorizaciones de Servicios de Radiodifusión Sonora y Televisión Comercial ante el Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Mario Fernando Pinatte Cabrera, como representante de los Titulares de Autorizaciones de Servicios de Radiodifusión Sonora y Televisión Comercial ante el Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 487281-1 Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales “E. Cabrera” Class S.R.L. la ampliación de su plana docente e incremento de flota vehicular RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 800-2010-MTC/15 Lima, 24 de marzo de 2010 VISTOS: Los Expedientes Nº 2009-024180, 2009- 024404, 2009-025144 y 2009-026661 presentados por la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES “E. CABRERA” CLASS S.R.L. en adelante La Escuela, mediante los que solicita autorización para ampliar su Plana Docente y su Flota Vehicular previamente autorizada por esta administración; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 27.02.09 se emitió la Resolución Directoral Nº 965-2009-MTC/15 mediante la que se otorgó a la empresa E. CABRERA TOURING CLASS SRL autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; Que, mediante Resolución Directoral Nº 239-2010- MTC/15 de fecha 27 de enero de 2010 se autorizó a La Escuela la variación de domicilio de su local Institucional y del Circuito de Manejo, así como la modifi cación de su denominación social; pasando de ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES “E. CABRERA” TOURING CLASS S.R.L. a ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES “E. CABRERA” CLASS S.R.L. Que, según expedientes 2009-024180, 2009-024404, y 2009-025144, La Escuela solicita se autorice el incremento de su Plana Docente, proponiendo seis nuevos Instructores, precisando que la documentación correspondiente a tres de ellos, obra en esta dependencia según Expedientes Nº 2009-020281 y 2009-19345, por consiguiente, se dispuso el desglose de dichos actuados y su refoliación. Asimismo, solicita la ampliación de su Flota Vehicular y propone cuatro nuevos vehículos; sin embargo, dicha solicitud fue observada por esta administración mediante Ofi cio Nº 13726-2009-MTC/15.03, ante el incumplimiento de los requisitos previstos en los literales b) y c) del numeral 43.2 del artículo 43º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, y en cuanto a los vehículos propuestos, incumplían con el requisito establecido en el literal j) del artículo 51º de El Reglamento; en consecuencia, La Escuela según Expediente Nº 2009- 026661, subsana adecuadamente los defectos advertidos previamente; Que, el artículo 43º de El Reglamento, establece las condiciones de acceso que deben presentar las Escuelas de Conductores, precisándose en los literales 43.2 y 43.4, concordados con los literales d) y j) del artículo 51º de El Reglamento, las condiciones en Recursos Humanos y en la Flota Vehicular que deben presentar las Escuelas para ser autorizadas como tal, verifi cándose que el personal y los vehículos propuestos por La Escuela cumplen con dichas condiciones de idoneidad; Que, es preciso indicar que el artículo 117º de El Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008- MTC, dispone que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de las Escuelas de Conductores, establecidas en los artículos 47º, 48º, 49º y 50º, se aplicarán las sanciones administrativas correspondientes, señaladas en el Cuadro de Tipifi cación y Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder, y por ende la ejecución de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del artículo 43º de El Reglamento antes citado. Que, según Informe Nº 337-2010-MTC/15.03 de fecha 22 de marzo del 2010, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que La Escuela ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en El Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; en consecuencia, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES “E. CABRERA” CLASS S.R.L. la ampliación de su plana docente, incluyéndose a los docentes que a continuación se indican: CURSO A CARGO DOCENTES PROPUESTOS Instructor Teórico de Tránsito Vigdis Elis Vásquez Sánchez Fisel Berenstein Sánchez Instructor Práctico de Manejo José Grimaldo Tejada Bustamante Instructor Teórico-Práctico de Mecánica Marcos Segundo Cabrera Boy Psicólogo Leidy Cesivel Cueva Malca