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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de abril de 2010 418190 y ejecución de obras públicas se realicen de manera efi ciente, transparente y ágil; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 078-2009, dispone que la relación de los bienes, servicios y obras, incluyendo la contratación de servicios de consultoría de obras para la elaboración de expedientes técnicos a ser contratados conforme a lo establecido por dicho Decreto de Urgencia, será aprobada mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, la Ofi cina de Logística ha elaborado los listados de bienes y servicios que se encuentran incluidos en el Plan Anual de Contrataciones del Ministerio de Salud para el año 2010, a los que se les aplicará los procesos de selección establecidos en el Decreto de Urgencia Nº 078-2009, conforme a los requisitos establecidos en el mencionado dispositivo legal; Que, estando a lo informado por el Director Ejecutivo de la Ofi cina de Logística mediante el documento del visto; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Administración, el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud y el Viceministro de Salud; y De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi catorias, el Decreto de Urgencia Nº 078-2009, así como el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el listado de bienes y servicios incluidos en el Plan Anual de Contrataciones del Ministerio de Salud para el 2010, a los que se les aplicará los procesos de selección regulados en el Decreto de Urgencia Nº 078-2009, conforme a lo señalado en el Anexo Nº 01, que forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 488035-1 Aprueban Documento Técnico “Plan Nacional de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos en establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo a nivel nacional 2010 - 2012” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2010/MINSA Lima, 27 de abril del 2010 Visto el Expediente Nº 10-016107-001, que contiene el Informe Nº 00648-2010/DEPA-APRNFF/DIGESA, de la Dirección General de Salud Ambiental, el Memorando Nº 693-2010-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas, e Informe Nº 200-2010-OGAJ/ MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO Que, el artículo 7º de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1065, establece que el Ministerio de Salud es competente para normar a través de la Dirección General de Salud Ambiental el manejo de los residuos sólidos de establecimientos de atención de salud, así como de los generados en campañas sanitarias; Que, el artículo 48º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece que la Dirección General de Salud Ambiental es el órgano técnico normativo en los aspectos relacionados al saneamiento básico y protección del ambiente; Que, en tal virtud, la Dirección General de Salud Ambiental ha elaborado el proyecto de Documento Técnico: “Plan Nacional de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos en establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo a nivel nacional 2010-2012”, con la fi nalidad de mejorar las condiciones de higiene y seguridad del personal de los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo públicos y privados a nivel nacional, así como de los usuarios y de la comunidad a través del control de los riesgos originados por el inadecuado manejo de los residuos sólidos; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud ambiental; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud Ambiental, del Director General de Salud de las Personas, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Documento Técnico: “Plan nacional de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos en establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo a nivel nacional 2010-2012”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud Ambiental es responsable de monitorear y evaluar el cumplimiento del citado Documento Técnico, así como su correspondiente difusión. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas. asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 488035-9 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a Perú LNG S.R.L. autorización definitiva de uso de área acuática y franja ribereña en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2010-MTC Lima, 29 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 042-2010- MTC publicada con fecha 07 de abril de 2010, se otorgó a favor de la empresa PERU LNG S.R.L., una autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña ubicada en playa Melchorita, distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, sobre un área de 139,090.87 m2., por un plazo de dos (02) años renovables; Que, a través de la Carta Nº PLNG-EPCPLANT-0032- 10 recibida con fecha 07 de abril de 2010, la empresa PERU LNG S.R.L., solicitó ante la Autoridad Portuaria Nacional - en adelante APN - una autorización defi nitiva de uso de área acuática y franja ribereña, sobre el área acuática delimitada en la Resolución Suprema Nº 042- 2010-MTC; Que, mediante Ofi cio Nº V.200-1821 ingresado con fecha 15 de abril de 2010, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa señaló que el área acuática solicitada por PERU LNG S.R.L., no se superpone con áreas acuáticas otorgadas por parte de la Autoridad Marítima Nacional, ni con áreas reservadas para fi nes de Defensa Nacional;