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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de abril de 2010 418186 Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio Público de los recursos recibidos del FEDADOI RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0090-2010-JUS Lima, 28 de abril de 2010 Visto el Ofi cio N° 44-2010-JUS/FEDADOI-ST, del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio del Estado –FEDADOI y el Informe Nº 030 -2010-JUS/OGED-OPRE, de la Ofi cina General de Economía y Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, artículo 1º de la Ley Nº 28476, Ley del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuicio del Estado –FEDADOI, modifi cado por el artículo 6º de la Ley Nº 28635, dispone que el FEDADOI queda adscrito al Ministerio de Justicia y es el encargado de recibir y disponer del dinero proveniente de actividades ilícitas en agravio del Estado, vinculadas con los supuestos de las Leyes N°s. 27378 y 27379; dinero incautado por las autoridades competentes; el mismo que se encuentra sujeto al régimen especial establecido en la indicada Ley; Que, el literal i. del Artículo 8° de la Ley N° 28476, establece que el destino del dinero incautado, según lo acordado por la administración del FEDADOI, instituye un sistema de recompensas, entre otras, para las personas que hubieran colaborado o estén colaborando para facilitar la captura de líderes subversivos; Que, en Sesión del día 16 de abril de 2010, la Administración del FEDADOI mediante el Primer y Segundo acuerdo del Acta suscrita, aprueba la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio Público hasta por el importe de DIECISIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 000,00) para atender el pago para dos (02) colaboradores efi caces; Que, la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modifi có el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, previendo entre otras que, las transferencias fi nancieras del Ministerio de Justicia con cargo al Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuicio del Estado - FEDADOI, serán aprobadas por Resolución del Titular del Pliego, y en el marco de lo establecido por el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Que, los recursos a ser transferidos al Ministerio Público, en el marco de lo señalado en el numeral i. del Artículo 8° de la Ley N° 28476, se encuentra previsto en el Presupuesto Institucional Modifi cado del Pliego 006 Ministerio de Justicia en la Unidad Ejecutora 001 Ofi cina General de Administración, Función 06 Justicia, Programa Funcional 006 Gestión, Subprograma Funcional 0008 Asesoramiento y Apoyo, Actividad 1.092047 Gestión Estratégica del Programa, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 28635, que modifi ca el texto del artículo 1° de la Ley Nº 28476, Ley del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuicio del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Unidad Ejecutora 001 Ofi cina General de Administración del Pliego 006 Ministerio de Justicia, a realizar una transferencia fi nanciera de los recursos recibidos del Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en Perjuicio del Estado - FEDADOI, hasta por la suma de DIECISIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.17 000,00) al Ministerio Público. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional Modifi cado del Pliego 006 Ministerio de Justicia, Unidad Ejecutora 001 Ofi cina General de Administración, Función 06 Justicia, Programa Funcional 006 Gestión, Subprograma Funcional 0008 Asesoramiento y Apoyo, Actividad 1.092047 Gestión Estratégica del Programa, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia 487934-1 Oficializan XI Congreso Nacional del Notariado Peruano que se realizará en la ciudad de Tarapoto RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 17/2010/JUS Lima, 27 de abril de 2010 Vista, la solicitud de ofi cialización presentada por el Colegio de Notarios de San Martín; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vista, se solicita se confi era carácter ofi cial al evento “XI CONGRESO NACIONAL DEL NOTARIADO PERUANO”, que se realizará del 24 al 27 de julio del año en curso, en la sala Tarapoto del Hotel Puerto Palmeras – “Tarapoto Resort”, en la ciudad de Tarapoto, con el objetivo de analizar las nuevas tendencias del Derecho Notarial Moderno; Que, mediante Informe N° 019-2010/DNAJ-DDL de fecha 26 de abril de 2010, la Dirección de Difusión Legislativa de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos opinó favorablemente para dar carácter ofi cial al citado evento; Que, el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones promover el estudio y difusión de la legislación nacional; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del artículo 6° de la Ley Orgánica del Sector Justicia – Decreto Ley N° 25993, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley N° 26612; inciso j) del artículo 84° e inciso f) del artículo 93° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019- 2001-JUS; y la Directiva N° 001-2001-JUS/VM aprobada por Resolución Viceministerial N° 232-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar carácter ofi cial al evento “XI CONGRESO NACIONAL DEL NOTARIADO PERUANO”, organizado por el Colegio de Notarios de San Martín, a realizarse del 24 al 27 de julio del año en curso, en la ciudad de Tarapoto. Artículo 2°.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Justicia. Artículo 3°.- Dentro del plazo de (15) días hábiles de culminado el evento ofi cializado, el organizador remitirá a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos un informe de las actividades desarrolladas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS A. MARILL DEL AGUILA Viceministro de Justicia 487934-2 PRODUCE Dan por finalizada veda reproductiva del recurso merluza establecida en la R.M. N° 067-2010-PRODUCE y disponen reiniciar actividades extractivas en área del dominio marítimo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 106-2010-PRODUCE Lima, 28 de abril de 2010