TEXTO PAGINA: 4
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de abril de 2010 418170 se pretenden alcanzar, así como los programas y políticas que la componen, a partir del enfoque del desarrollo humano; Que, el segundo párrafo del literal a) del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 824, antes citado, incorporado por el artículo 1º de la Ley Nº 28003, dispone que la formulación y actualización anual de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas corresponde al Consejo Directivo de DEVIDA, y es aprobada por el Consejo de Ministros”; Que, en la Sesión del Consejo de Ministros realizada el 20 de diciembre del año 2006, se aprobó la “Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2007-2011”; Que, el último párrafo del numeral 1) del artículo 4º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las políticas nacionales y sectoriales se aprueban por Decreto Supremo, con el voto del Consejo de Ministros; Que, de conformidad con los literales a) y r) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA, antes mencionado, el Consejo Directivo de DEVIDA adoptó, por unanimidad, el Acuerdo Nº 07-DV- CONSEJO DIRECTIVO-2009, de fecha 23 de setiembre del 2009, por el cual se dispone incluir en la propuesta de “Actualización de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2007 - 2011”, los aportes formulados por los miembros del Consejo Directivo de DEVIDA, para proponer su aprobación al Consejo de Ministros; Que, por tanto, es necesario aprobar la “Actualización de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2007-2011”, a fi n de contar con el documento rector que establezca la Política Nacional de Lucha contra las Drogas; De conformidad con el numeral 24) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29185 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 824 - Ley de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y sus modifi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1°.- Aprobación Aprobar la “Actualización de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2007-2011”, documento rector que contiene la Caracterización del Problema de las Drogas, el Marco Legal, el Marco Institucional, los aspectos referentes a la asignación de recursos económicos para la Lucha Contra el Tráfi co Ilícito de Drogas, la Visión, Misión, Políticas y Estrategias, Objetivos Estratégicos, Programas, Líneas de Acción y Resultados Esperados, que como Anexo adjunto, en cuarenta y nueve (49) folios visados, forma parte integrante del presente Decreto Supremo; con el propósito de orientar el diseño y la ejecución de los Programas de Prevención y Rehabilitación del Consumo de drogas, de Interdicción y de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible. Artículo 2°.- Presupuestos Institucionales La implementación de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2007-2011 se sujeta a los presupuestos institucionales de las entidades comprendidas en la citada Estrategia, en el marco de la Ley Anual de Presupuesto, incluidos los recursos que provengan de la cooperación internacional, y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3°.- Vigencia La “Actualización de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2007 - 2011”, aprobada mediante el artículo 1° del presente Decreto Supremo, sustituirá al texto de la Estrategia Nacional que fuera aprobada en Sesión del Consejo de Ministros de fecha 20 de diciembre del año 2006, y regirá hasta la aprobación de la siguiente actualización. Artículo 4°.- Publicación La publicación del documento Anexo a que se refi ere el artículo 1° del presente Decreto Supremo, que contiene la Actualización de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2007 - 2011, se realizará en la página web de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA: www.devida.gob.pe. Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 488055-1 Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Argentina y encargan su Despacho al Ministro de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 103-2010-PCM Lima, 29 de abril de 2010 CONSIDERANDO Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, tanto a nivel bilateral como multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional, fortaleciendo su proceso de inserción a nivel global; Que, el Perú concede particular importancia a la inserción estratégica en Sudamérica a partir de la pertenencia a la Comunidad Andina y a la convergencia de la Comunidad Andina con el MERCOSUR, con miras a la consolidación de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR); Que, el Perú es miembro de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), y que la Secretaría de la Presidencia Pro Tempore de esa organización, mediante comunicación electrónica CE-PPT UNASUR 152/2010-ECU, de 2 de marzo de 2010, convocó para el día 25 de marzo de 2010, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, a una Reunión Extraordinaria de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la UNASUR con el propósito de tratar asuntos relacionados con i) el apoyo a Chile y Haití por los terremotos ocurridos, ii) la situación de Honduras y, iii) la elección del Secretario General; Que, posteriormente mediante comunicación electrónica CE-PPT UNASUR 173/2010-ECU, de 15 de marzo de 2010 se informó sobre la postergación de la citada reunión para el 4 de mayo de 2010 y, mediante comunicación electrónica CE-PPT UNASUR 235/2010- ECU, de 23 de abril de 2010 se informó sobre la realización de una reunión del Consejo de Cancilleres de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) el 3 de mayo de 2010; Que, por representar actividades de la mayor importancia para la Política Exterior del Perú, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio García Belaunde a la República Argentina a fi n de asistir a las reuniones precitadas; Teniendo en cuenta el Memorándum (FIN) Nº FIN0213/2010, de la Dirección de Finanzas, de 23 de abril de 2010, que otorga disponibilidad presupuestaria al presente viaje; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010;