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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de abril de 2010 418172 Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL a participar en el Seminario sobre “El Ecosistema del Acceso a Internet y Neutralidad de Red” y a la XVI Reunión del Comité Consultivo Permanente I (CCP.I), eventos que se realizarán del 10 al 14 de mayo de 2010, en la ciudad de Ushuaia, República de Argentina; Que, la CITEL, es el foro principal de telecomunicaciones de la región y tiene por objeto facilitar y promover el continuo desarrollo de las telecomunicaciones en el hemisferio, contando con un Comité Ejecutivo Permanente, llamado COM/CITEL y Comités Consultivos Permanentes (CCP), uno relativo a Telecomunicaciones (CCP.I) y otro relativo a Radiocomunicaciones (CCP.II); Que, las reuniones del CCP.I procuran identifi car los asuntos de carácter regional que deben impulsar el avance de las telecomunicaciones y de las tecnologías de la información, teniendo en cuenta las necesidades urgentes que afrontan los Estados Miembros y los Miembros del Sector de la Región de las Américas; Que, en la XVI Reunión del CCP.I, el OSIPTEL asumirá las funciones de Vicepresidente de este Comité y se revisarán los informes de los Grupos de Trabajo y Grupos Relatores del período 2006-2010, sobre Tecnología, Política y Regulación, Operación de Redes y Prestación de Servicios, Desarrollo, Servicios de Roaming Internacional en la Región Américas, entre otros; Que, la evaluación de las actividades de los Grupos de Trabajo y los Grupos Relatores permitirá que las administraciones miembro identifiquen los temas que se continuarán estudiando y los nuevos temas a incorporar en los grupos de trabajo del período de reuniones 2010-2014, dentro del marco del Plan Estratégico del CCP.I; Que, la participación del OSIPTEL en estos eventos es de suma importancia en atención a los compromisos asumidos en la V Reunión Ordinaria de la Asamblea de la CITEL realizada recientemente en los Estados Unidos Mexicanos, en la cual se eligió al Perú, a través del OSIPTEL en la Vicepresidencia del CCP.I y como miembro del Consejo Directivo COM/CITEL de la CITEL, para el período 2010-2014; Que, la intervención del OSIPTEL en la XVI Reunión del CCP.I es relevante debido a que en su calidad de Presidente del Grupo Relator de Servicios de Roaming Internacional requiere dar continuidad a las actividades de este grupo de trabajo para el período de reuniones 2010-2014 y, de esta manera, consolidar el liderazgo del Perú en el desarrollo del Roaming Internacional en las Américas; Que, el día 10 de mayo antes del comienzo de la XVI Reunión del CCP.I, se realizará el Seminario sobre “El Ecosistema del Acceso a Internet y Neutralidad de Red”, en el cual se evaluarán los benefi cios de contar con un acceso a internet que respete al principio de neutralidad y que esté orientado a la universalización del servicio; Que, asimismo, esta participación del OSIPTEL coadyuvará al cumplimiento de sus objetivos estratégicos para el período 2007-2011 y permitirá la consolidación del liderazgo del Perú en la CITEL y a nivel internacional; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Guillermo Santiago Thornberry Villarán, Presidente del Consejo Directivo, y del señor Alejandro Gustavo Jiménez Morales, Gerente General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Ushuaia, República de Argentina, del 9 al 15 de mayo de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Guillermo Santiago Thornberry Villarán Pasajes US$ 1 276,42 Viáticos US$ 1 200,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Señor Alejandro Gustavo Jiménez Morales Pasajes US$ 1 276,42 Viáticos US$ 1 200,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 488055-6 AGRICULTURA Designan Director Zonal Ayacucho del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 036-2010-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 29 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, crea el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, como Unidad Ejecutora adscrita al Viceministerio de Agricultura, con el objetivo de promover el desarrollo agrario rural, a través del fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en zonas rurales en el ámbito agrario; Que, mediante Resolución Ministerial Nº1120-2008- AG, se aprueba el Manual Operativo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura, el cual establece entre otros, su estructura orgánica y las funciones de los órganos que lo conforman; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 023-2009-AG-AGRO RURAL-DE, se designó al Ing. Edwin Fortunato Guevara Robles, como Director Zonal de Ayacucho del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura; Que, en la actualidad resulta necesario dar por concluida la designación efectuada, disponiendo al profesional que desempeñará a partir de la fecha dicha función; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las facultades otorgadas a través del Manual Operativo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº1120-2008-AG;