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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de agosto de 2010 423277 VISTOS: La Nota Nº 302-2010-PRODUCE/DGA, de fecha 24 de junio de 2010, de la Dirección General de Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesquería; el Memorando Nº 511-2010-PRODUCE/OGA, de fecha 25 de marzo de 2010, de la Ofi cina General de Administración; el Memorándum Nº 364-2010-PRODUCE/OL, de fecha 23 de marzo de 2010, de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración; así como el Informe Nº 095- 2010-PRODUCE/OGAJ-imatias, de fecha 25 de junio de 2010, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 009-2010- PRODUCE, publicada el 11 de marzo de 2010, se autorizó el viaje del señor Carlos Alberto Valladares Velásquez, Director de Acuicultura Continental de la Dirección General de Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Doha, Estado de Qatar, del 11 al 26 de marzo de 2010, estableciéndose en el artículo 2º de la acotada Resolución que los gastos por concepto de pasajes aéreos ascendían a la suma de US$ 2 477,07 (Dos mil cuatrocientos setenta y siete y 07/100 Dólares Americanos); Que, es usual que para la adquisición de los pasajes aéreos se efectúe una reserva de éstos a un precio determinado, el cual tiene una fecha de caducidad, por lo que vencida la fecha de reserva el precio de los pasajes es susceptible de incrementarse. Asimismo, el precio señalado en la reserva se utiliza de referencia para la elaboración de las respectivas Resoluciones Supremas autoritativas de viaje; Que, en el presente caso, la Resolución Suprema Nº 009- 2010-PRODUCE ha sido suscrita con fecha 10 de marzo de 2010, y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 11 de marzo de 2010, fechas en las cuales la reserva había vencido, lo cual implicó la compra del respectivo boleto aéreo a un mayor valor al establecido en la reserva vencida; Que, siendo esto así, se ha generado un desfase entre el importe del valor de los pasajes consignado en la Resolución Suprema que se menciona en el considerando precedente (US$ 2 477,07 - Dos mil cuatrocientos setenta y siete y 07/100 Dólares Americanos) y el valor actual de éstos (US$ 2 563,85 - Dos mil quinientos sesenta y tres y 85/100 Dólares Americanos); Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería y de las Ofi cinas Generales de Administración, de Planifi cación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2010; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car con efi cacia anticipada el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 009-2010-PRODUCE, el mismo que quedará redactado del modo siguiente: “Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por el Pliego 038: Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 2 563,85 Viáticos (US$ 260 x 15 días) US$ 3 900,00 TUUA Internacional US$ 31,00” Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción 527297-11 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el “Acuerdo para el Estudio del Proyecto de la Escuela Primaria Nº 20602 - José María Arguedas - entre la República del Perú y la República Popular China” DECRETO SUPREMO Nº 101-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo para el Estudio del Proyecto de la Escuela Primaria Nº 20602 - José María Arguedas - entre la República del Perú y la República Popular China”, fue formalizado por Intercambio de Notas, de 23 de noviembre de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo para el Estudio del Proyecto de la Escuela Primaria Nº 20602 - José María Arguedas - entre la República del Perú y la República Popular China”, formalizado por Intercambio de Notas, de 23 de noviembre de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de agosto del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 527297-5 Elevan la categoría del Consulado del Perú en Auckland, Nueva Zelanda, a Consulado General, con circunscripción en todo el país, y nombran Cónsul General RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 314-2010-RE Lima, 5 de agosto de 2010 Vista la Resolución Suprema Nº 152-2010-RE, de fecha 20 de abril de 2010, mediante la cual se dispone cerrar temporalmente la Embajada del Perú en Nueva Zelanda; Vista la Resolución Ministerial Nº 0428/RE, de fecha 10 de mayo del 2010, a través de la cual se establece que el cierre temporal de la Embajada del Perú en Nueva Zelanda se hará efectivo a partir del 1 de julio del 2010; Considerando la necesidad de no afectar signifi cativamente la prestación de asistencia y servicios consulares a favor de ciudadanos peruanos y público en general en Nueva Zelanda así como atender las labores de promoción económica y cultural; Teniendo en cuenta el consentimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores y Comercio de Nueva Zelanda