TEXTO PAGINA: 32
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de agosto de 2010 423294 Artículo 17.- La Unidad de Administración tiene las siguientes funciones: (...) i) Conducir los procesos de selección correspondientes a los Contratos de Préstamo y Convenios suscritos entre el Gobierno de la República del Perú y entidades bancarias internacionales. Artículo 18.- La Unidad Operativa de Saneamiento Urbano, es el órgano responsable de la ejecución de los Programas y Proyectos que incluyan localidades del ámbito urbano (consideradas aquellas poblaciones mayores de 15,000 habitantes). Asimismo, es el responsable de las transferencias fi nancieras del Programa Agua Para Todos que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a favor de las entidades ejecutoras, para la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento en mérito de los convenios suscritos con los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas prestadoras de servicios de saneamiento. Está a cargo de un Jefe que depende funcional y orgánicamente de la Dirección Ejecutiva. Artículo 19.- La Unidad Operativa de Saneamiento Urbano, tiene las siguientes funciones: (...) b) Defi nir las estrategias de actuación, en el ámbito de su competencia, para la ejecución de los Programas y Proyectos, bajo su responsabilidad, en el marco de las políticas sectoriales y las estrategias defi nidas en la etapa de formulación de cada Programa y Proyecto. c) Organizar los equipos de trabajo que asumirán la responsabilidad de ejecución de los Programas y Proyectos. d) Evaluar y hacer el seguimiento del desarrollo y avances de los Programas y Proyectos bajo su ámbito, y hacer los reportes correspondientes a la Unidad de Planeamiento, Presupuesto e Informática del PAPT. (...) g) Proponer la suscripción de Convenios con Entidades u Organizaciones Nacionales e Internacionales, necesarios para la ejecución de Programas y Proyectos, bajo su competencia. h) Formular la programación de desembolsos necesarios para la ejecución de Programas y Proyectos, de acuerdo a los Convenios y Contratos de Préstamos. i) Coordinar con los órganos competentes la programación de desembolsos de recursos por operaciones ofi ciales de crédito, donaciones y transferencias, y de recursos ordinarios, necesarios para la ejecución de Programas y Proyectos. (...) m) Defi nir las estrategias de actuación, a fi n de garantizar que las diferentes entidades ejecutoras cumplan con las metas de ejecución de cada proyecto priorizado, en el marco de las políticas y estrategias sectoriales defi nidas para la ejecución de los proyectos. n) Verifi car que los proyectos incluyan el componente para el mejoramiento institucional y operativo de la infraestructura proyectada y la educación sanitaria de la población benefi ciaria, así como hacer el seguimiento e inspección correspondiente para que las entidades ejecutoras implementen estos componentes. o) Coordinar, gestionar y efectuar las acciones necesarias para la suscripción, ejecución y cumplimiento de los convenios de transferencias fi nancieras suscritos con los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas prestadoras de servicios de saneamiento, en los aspectos que le corresponden. p) Monitorear y efectuar el seguimiento de metas de las actividades y el desarrollo de capacidades técnicos institucionales para la gestión sostenible y puesta en marcha de la infraestructura ejecutada. q) Brindar asistencia técnica – administrativa a las entidades ejecutoras de los proyectos de saneamiento, para el cumplimiento de los convenios suscritos. r) Efectuar el seguimiento y evaluación del uso de los recursos públicos transferidos para el fi nanciamiento de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales o empresas prestadoras de servicios de saneamiento; a fi n de verifi car que dichos recursos sean utilizados para el fi n que fueron transferidos. s) Proponer a la Dirección Ejecutiva normas, directivas y/o instructivos, que permitan una gestión efi ciente. t) Las demás que le sean asignadas o encargadas por el Director Ejecutivo. Artículo 20.- La Unidad de Saneamiento Urbano contará, entre otros, con los siguientes Equipos: 20.1 Equipo de Shock de Inversiones. 20.2 Equipo de Proyectos Especiales PE-P25 y PE- P35. 20.3 Equipo de Proyectos Especiales PE-P29 y PE- P32. 20.4 Equipo de Proyecto Integral KFW y Programa de Medidas de Rápido Impacto PMRI 1 y PMRI 2. 20.5 Equipo de Ejecución de Obras y Estudios. 20.6 Equipo UTE FONAVI. Artículo 21.- Las funciones de los Equipos de Saneamiento Urbano, quienes dependen jerárquicamente del Jefe de la citada Unidad Operativa, son las siguientes: 21.1 El Equipo de Shock de Inversiones, es el responsable de las transferencias fi nancieras del Programa Agua Para Todos que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de las entidades ejecutoras, para la ejecución de proyectos de inversión de saneamiento en mérito de los convenios suscritos con los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento. 21.2 El Equipo de Proyectos Especiales PE-P25 y PE-P35, es el encargado de ejecutar los proyectos en las condiciones establecidas en el Convenio de Préstamo JBIC PE-P25, en las localidades de Piura-Castilla y Chimbote. Asimismo, es responsable de realizar labores de monitoreo y seguimiento a los proyectos que se ejecutan en las principales ciudades de Cajamarca, en las condiciones establecidas en el Convenio de Préstamo JBIC PE-P35 21.3 El Equipo de Proyectos Especiales PE-P29 y PE-P32, es el encargado de ejecutar los proyectos en las condiciones establecidas en el Convenio de Préstamo JBIC PE-P29, en las localidades de Iquitos, Cusco y Sicuani. Asimismo, es responsable de realizar labores de monitoreo y seguimiento a los proyectos que se ejecutan en las principales ciudades de Iquitos, en las condiciones establecidas en el Convenios de Préstamo JBIC PE-P32. 21.4 El Equipo de Proyecto Integral KFW y Programa de Medidas de Rápido Impacto PMRI 1 y PMRI 2, es el responsable de la ejecución del Programa de Proyectos Integrales de Saneamiento en las ciudades de Ayacucho, Cajamarca, Puno y Huancavelica, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Contrato de Préstamo suscrito con la KFW. También es responsable del monitoreo y seguimiento de las actividades que se ejecutan en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento de Moyabamba, Moquegua, Huaraz, Selva Central, Sierra Central Huanuco, Chavín y Cañete, a través del Programa de Medidas de Rápido Impacto I, de acuerdo a las condiciones establecidas en el contrato de préstamo suscrito con la KFW. Asimismo, le corresponde desarrollar labores de monitoreo y seguimiento a los proyectos que se ejecutan en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento de Nazca, Barranca, Juliaca y Chincha, a través del Programa de Medidas de Rápido Impacto II, de acuerdo a las condiciones establecidas en el contrato de préstamo suscrito con la KFW. 21.5 El Equipo de Ejecución de Obras y Estudios, es el responsable de administrar los contratos para la elaboración de proyectos de pre-inversión y estudios defi nitivos, así como administrar los contratos de ejecución de obra en el ámbito urbano. 21.6 El Equipo UTE FONAVI, es el encargado de gestionar la ejecución, culminación y liquidación técnica – fi nanciera de las obras y proyectos inconclusos de la Unidad Técnica FONAVI ex UTE FONAVI, materia del encargo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 28452.