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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de agosto de 2010 423770 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Ordenanza Nº 294-MDSMP.- Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres 423852 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO D.A. Nº 19-2010-MSS.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 336-MSS de regularización tributaria y administrativa por regularización catastral 423853 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES R.A. Nº 234-2010-MPT-ALC.- Encargan el despacho de la Alcaldía de la Municipalidad al Teniente Alcalde 423854 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POZUZO Acuerdo Nº 039-2010-MDP.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de terreno para la construcción de institución educativa 423855 PROYECTOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. Nº 208-2010-OS/CD.- Proyecto de resolución que aprueba la modifi cación del “Procedimiento para Compensación de los Costos Variables Adicionales y de los Retiros Sin Contrato” aprobado por Res. N° 001-2009- OS/CD 423857 Res. Nº 210-2010-OS/CD.- Proyecto de resolución que aprueba la Norma “Procedimiento de Aplicación de la Tarifa Única de Transporte de Gas Natural (TUTGN)” 423858 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Fijan monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el Año 2011 DECRETO SUPREMO Nº 082-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28212, modifi cada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, se regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y se crea la Unidad de Ingreso del Sector Público como valor de referencia para fi jar los ingresos de dichos funcionarios y autoridades; Que, en este contexto, resulta necesario fi jar el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2011, manteniendo la suma de S/. 2 600,00 aplicable para el año 2010, el cual servirá de referencia para el pago de ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 24 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y dicta otras medidas, y modifi catoria; DECRETA: Artículo 1º.- Del monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público correspondiente al año 2011 Fíjase en S/. 2 600,00, el monto correspondiente a la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2011. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de agosto del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 530928-1 Autorizan viaje del Ministro de Salud a Ecuador y encargan su Despacho a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN SUPREMA N° 187-2010-PCM Lima, 13 de agosto de 2010 Visto, el Ofi cio Núm. 1864-2010-SG/MINSA de la Secretaría General del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Quito, República de Ecuador, se llevará a cabo la III Reunión Ordinaria del Consejo de Salud Suramericano, del 21 al 22 de agosto de 2010; Que, mediante documento CE-PPT UNASUR 357/2010-ECU del 2 de agosto de 2010, la Presidencia Pro Tempore de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR, comunica la realización de la III Reunión Ordinaria del Consejo de Salud Suramericano; Que, siendo el Perú miembro de UNASUR, y con el objeto de dar cumplimiento a los compromisos adquiridos en el Acta de Ministros y a la Resolución 02/2010 del Consejo de Salud Suramericano, adoptados en la II Reunión del mencionado Consejo, resulta relevante la participación del Ministro de Salud en esta reunión; Que, los gastos de participación en el citado evento, serán asumidos por la Organización Panamericana de la Salud; Que, en tal sentido, es necesario encargar la Cartera del Ministro de Salud en tanto dure su ausencia;