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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de agosto de 2010 423778 contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo pueden ser modifi cados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modifi caciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo 11° de la mencionada Ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2009-EM, de fecha 16 de abril de 2009, se aprobó el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 156, ubicado en las provincias de Puno, El Collao y Chucuito del departamento de Puno, el cual fue suscrito entre PERUPETRO S.A. y GRUPO PETROLERO SURAMERICANO S.A.C.; Que, mediante Memorandos N° EXPL-0337-2009 y N° EXPL-0344-2009 de fechas 23 y 26 de noviembre de 2009, respectivamente, la Gerencia de Explotación de PERUPETRO S.A. alcanzó a su Gerencia General, los nuevos Anexos A y B del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 156, que han sido rediseñados en coordenadas UTM y Datum WGS-84, conforme a la información adquirida en el Instituto Geográfi co Nacional del Perú - IGN, entidad rectora de la información geográfi ca del país; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Directorio No. 041-2010, de fecha 31 de marzo de 2010, aprobó el Proyecto de Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 156, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM; DECRETA: Artículo 1°.- De la Aprobación de la Modifi cación Aprobar la Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 156, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2009-EM, con el objeto de sustituir los Anexos A y B de dicho Contrato de Licencia, los que han sido rediseñados en coordenadas UTM y Datum WGS-84, conforme a la información adquirida en el Instituto Geográfi co Nacional del Perú - IGN. Artículo 2°.- De la Autorización para suscribir la Modifi cación del Contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con la empresa GRUPO PETROLERO SURAMERICANO S.A.C., la Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 156, que se aprueba en el artículo 1°. Artículo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de agosto del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 530928-4 Aprueban modificación en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 106 DECRETO SUPREMO Nº 049-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fi n de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, a través del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2005-EM, publicado con fecha 30 de junio de 2005, se aprobó el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 106, ubicado en la provincia de Loreto del departamento de Loreto, suscrito entre PERUPETRO S.A. y PETROLÍFERA PETROLEUM DEL PERÚ S.A.C.; Que, el Artículo 12º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo pueden ser modifi cados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modifi caciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo 11º de la mencionada Ley; Que, mediante Carta, recibida por PERUPETRO S.A. con fecha 27 de noviembre de 2009, PETROLÍFERA PETROLEUM LIMITED, solicitó a PERUPETRO S.A., la modifi cación del referido Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 106, con el objeto que PETROLÍFERA PETROLEUM LIMITED sustituya a CONNACHER OIL AND GAS LIMITED, como Garante Corporativo; Que, por su parte, mediante Carta, recibida por PERUPETRO S.A. con fecha 27 de noviembre de 2009, CONNACHER OIL AND GAS LIMITED, solicitó a PERUPETRO S.A., realizar el correspondiente procedimiento de modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 106, con el objeto que PETROLÍFERA PETROLEUM LIMITED sustituya a CONNACHER OIL AND GAS LIMITED, como Garante Corporativo; Que, con fecha 12 de marzo de 2010, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 028- 2010, aprobó el Proyecto de Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 106, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Artículo 1º.- De la Aprobación de la Modifi cación del Contrato Aprobar la modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 106, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2005- EM, a fi n de refl ejar la sustitución del Garante Corporativo que será asumido por PETROLÍFERA PETROLEUM LIMITED en reemplazo de CONNACHER OIL AND GAS LIMITED. Artículo 2º.- De la Autorización para suscribir la Modifi cación Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con PETROLÍFERA PETROLEUM DEL PERÚ S.A.C., la modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 106, que se aprueba en el Artículo 1º del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas.