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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de agosto de 2010 423780 Obra de fecha 13 de septiembre de 2009 y en el Acta de Conformidad de Operación Experimental de fecha 23 de noviembre de 2009; Que, mediante Resolución Directoral Nº 077-2010- EM/DGER de fecha 15 de abril de 2010, se aprobó la Liquidación Final de Contrato Nº 013-2008-MEM/ DGER por la ejecución de la obra Pequeño Sistema Eléctrico Nuevo Seasme II Etapa, en las provincias de Condorcanqui y Datem del Marañón, ubicado en los departamentos de Amazonas y Loreto, la misma que estableció un monto fi nal de contrato de S/. 4 451 862,51 incluido IGV; Que, con Resolución Directoral Nº 164-2010-EM/ DGER del 19 de julio de 2010, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Nuevo Seasme II Etapa, en las provincias de Condorcanqui y Datem del Marañón, ubicado en los departamentos de Amazonas y Loreto, la misma que estableció un monto total de inversión ajustado a la fecha de transferencia de S/. 7 044 897,91; Que, la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Electrificación Rural, es competente en materia de electrificación rural; Que, el artículo 18º de la Ley General de Electrifi cación Rural y el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o, de ser el caso, a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, habiéndose aprobado la Liquidación Final del Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Nuevo Seasme II Etapa, en las provincias de Condorcanqui y Datem del Marañón, ubicado en los departamentos de Amazonas y Loreto, corresponde efectuar la transferencia de los bienes que conforma dicho proyecto a la Empresa Regional de Servicio Público Electricidad del Norte – ENSA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 007-2008-VIVIENDA; en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; en el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus normas modificatorias; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Nuevo Seasme II Etapa, financiados por la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, ubicado en las provincias de Condorcanqui y Datem del Marañón, departamentos de Amazonas y Loreto, a la Empresa Regional de Servicio Público Electricidad del Norte S.A. – ENSA. Artículo 2°.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público Electricidad del Norte S.A. - ENSA y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 530111-1 Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal a favor de Minera Gold Fields Perú S.A., durante la fase de exploración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2010-MEM/DM Lima, 10 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modifi cada por la Ley Nº 27662, que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, el inciso c) del artículo 6º del citado Reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobará mediante resolución ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal; Que, por escrito Nº 1943175 la empresa MINERA GOLD FIELDS PERU S.A. solicitó al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inversión en Exploración, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, durante la fase de exploración; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Ofi cio Nº 248-2010-EF/15.01, de fecha 06 de julio de 2010, emitió opinión favorable a la lista de bienes y servicios presentada por la empresa MINERA GOLD FIELDS PERÚ S.A. considerando que la lista presentada por la citada empresa coincide con los bienes y servicios aprobados por el Decreto Supremo Nº 150-2002-EF, adecuada al Arancel de Aduanas vigente; Con la opinión favorable de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2002-EF y el literal h) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de la empresa MINERA GOLD FIELDS PERÚ S.A. durante la fase de exploración, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas ANEXO: R.M. Nº 334-2010-MEM/DM ANEXO I. BIENES Nº SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCION 1 2508.10.00.00 BENTONITA 2 3824.90.60.00 PREPARACIONES PARA FLUIDOS DE PERFORACIÓN DE POZOS (“LODOS”) 3 3926.90.60.00 PROTECTORES ANTIRRUIDOS DE MATERIA PLÁSTICA